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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (28/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 264

TEXTO PAGINA: 225

225 NORMAS LEGALES Sábado 28 de junio de 2025 El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Segundo párrafo del numeral 4, parte considerativa de la Resolución N° 539-2013-JNE. 2 Aprobado mediante la Resolución N° 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 3 Información corroborada con la consulta virtual del DNI N° 42680572, correspondiente al señor regidor, realizada en el portal web del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. 2413732-1 Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Incahuasi, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque RESOLUCIÓN N° 0228-2025-JNE Expediente N° JNE.2025000187 INCAHUASI - FERREÑAFE - LAMBAYEQUE VACANCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 10 de junio de 2025 VISTO: el O fi cio N° 004-2025-MDI/S.G, presentado, el 7 de mayo de 2025, por doña Teó fi la Manayay Sánchez, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Incahuasi, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque (en adelante, señora secretaria), sobre la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado por la declaratoria de vacancia de don Enrique de la Cruz Gómez, regidor del citado concejo municipal (en adelante, señor regidor), por la causal de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, establecida en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTES1.1. Mediante la Resolución N° 0073-2025-JNE, del 11 de febrero de 2025, el Pleno de este órgano electoral declaró nulo lo actuado hasta la citación dirigida al señor regidor para que asista a la sesión extraordinaria, del 18 de diciembre de 2024. Asimismo, se requirió lo siguiente: a) Que don Jesús Alberto Vilcabana Manayay, alcalde de la Municipalidad Distrital de Incahuasi, convoque a una nueva sesión extraordinaria de concejo, respetando estrictamente las formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, TUO de la LPAG), aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, y las reglas contempladas en el artículo 23 de la LOM. b) Que el secretario general informe si en contra del acuerdo de concejo municipal a emitirse, respecto de la vacancia del señor regidor, se interpuso algún recurso impugnatorio o, en su defecto, remita los actuados conjuntamente con la constancia que declara consentido aquel acuerdo de concejo, observando el plazo establecido en el artículo 23 de la LOM. Todo ello bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a fi n de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno para que evalúe la conducta de las citadas autoridades, conforme a sus competencias. 1.2. Con el O fi cio N° 004-2025-MDI/S.G, presentado el 7 de mayo de 2025, la señora secretaria (en virtud de lo requerido mediante O fi cio N° 000567-2025-SG/JNE del 11 de marzo de 2025) remitió, entre otros, los siguientes actuados del procedimiento de vacancia seguido en contra del señor regidor: a) Citación a sesión de concejo extraordinario -recibido, el 10 de marzo de 2025, por el señor regidor, así como por todos los regidores del Concejo Distrital de Incahuasi-, mediante la cual se les cita a sesión extraordinaria llevada a cabo el 18 de marzo de 2025. b) Acta de Sesión de Concejo Municipal Extraordinaria del 18 de marzo de 2025, mediante la cual se aprobó la vacancia de la señora regidora por la causal establecida en el numeral 7 del artículo 22 de la LOM. c) Acuerdo de Concejo N° 008-2025-MDI, del 21 de marzo de 2025, con el que se rati fi có la decisión adoptada en la sesión extraordinaria referida previamente. d) Carta N° 011-2025-MDI/A, recibida por el señor regidor, el 26 de marzo de 2025 por medio de la cual se le notificó con el Acuerdo de Concejo N° 008-2025-MDI. e) Documento denominado “Constancia”, del 21 de abril de 2025, con el que se declaró consentido el Acuerdo de Concejo N° 008-2025-MDI. f) Comprobante de pago de tasa electoral. CONSIDERANDOS Primero.- SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. Los numerales 4 y 5 del artículo 178 prescriben como atribuciones del Jurado Nacional de Elecciones: 4. Administrar justicia en materia electoral. 5. Proclamar a los candidatos elegidos; el resultado del referéndum o el de otros tipos de consulta popular y expedir las credenciales correspondientes. En la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones 1.2. Los literales j y u del artículo 5 señalan como funciones de este organismo electoral: […] j. Expedir las credenciales a los candidatos elegidos en los respectivos procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares; […]u. Declarar la vacancia de los cargos y proclamar a los candidatos que por ley deben asumirlos; […] En la LOM1.3. El numeral 7 del artículo 22 dicta que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante en el siguiente caso: […] 7. Inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses. […]