TEXTO PAGINA: 34
34 NORMAS LEGALES Domingo 2 de marzo de 2025 El Peruano / La Gerencia General mediante Informe de Vistos, eleva a la Jefatura Nacional la referida propuesta para la conformación de CUATRO (4) ODPE, para llevar a cabo la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2025; Así, con la fi nalidad de asegurar las acciones necesarias para el desarrollo de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2025, resulta necesario aprobar la propuesta de conformación de las CUATRO (4) ODPE, mediante la resolución jefatural correspondiente; En uso de las facultades conferidas en los literales c) y g) del artículo 5 y en el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE; y en los literales f) y r) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000125-2024-JN/ONPE; Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia General; así como, de las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la conformación de CUATRO (4) O fi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales para la organización y ejecución de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2025 a realizarse el domingo 8 de junio de 2025; en la sedes, ubigeos, departamentos, provincias y distritos que a continuación se detallan: N° ODPE NOMBRE ODPE SEDE UBIGEO DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO 1 01 HUAYANA HUAYANA 030317 APURIMAC ANDAHUAYLAS HUAYANA 2 02 JULCAMARCA JULCAMARCA 080308 HUANCAVELICA ANGARAES JULCAMARCA 3 03 HUAMALI HUAMALI 110307 JUNIN JAUJA HUAMALI 4 04 BOQUERON BOQUERON 250206 UCAYALI PADRE ABAD BOQUERON Artículo Segundo.- PONER en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el contenido de la presente resolución. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la web ofi cial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/onpe) y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro de los tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO Jefe (e) 2376350-1 Aprueban el Reglamento de Elecciones Primarias de las Organizaciones Políticas RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000022-2025-JN/ ONPE Lima, 1 de marzo de 2025 VISTOS: El Informe Nº 000082-2025-GOECOR/ ONPE, de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; el Proveído Nº 000339-2025-GG/ONPE, de la Gerencia General; así como, el Informe Nº 000075-2025-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO:La O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE; Con fecha 18 de enero de 2024, se publicó en el diario ofi cial El Peruano la Ley Nº 31981, Ley que modi fi ca la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, sobre elecciones primarias. Esta norma entró en vigor el 19 de enero de 2024, de conformidad con el artículo 109 de la Constitución Política del Perú; La norma antes citada, entre otros, dispone que, en las elecciones primarias, los organismos del Sistema Electoral participan de acuerdo a sus funciones, siendo que la organización y ejecución de las elecciones citadas se encuentra a cargo de la ONPE; Por otro lado, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32254, “Ley que modi fi ca la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, a fi n de restituir el fi nanciamiento privado de personas jurídicas y dictar disposiciones para el empleo del fi nanciamiento público”, faculta a los organismos electorales, de la que es parte la ONPE, a emitir la reglamentación que corresponda a sus competencias, para la organización y ejecución de las Elecciones Primarias; Sobre la base de dicho marco normativo, mediante Resolución Jefatural Nº 000014-2025-JN/ONPE, del 13 de febrero de 2025, se dispuso publicar en el diario ofi cial El Peruano y en el portal web institucional el proyecto del “Reglamento de Elecciones Primarias de las Organizaciones Políticas”, a fi n de que durante el plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación, los ciudadanos en general remitan sus comentarios, aportes u opiniones mediante el correo electrónico: mramirez@onpe.gob.pe. Asimismo, dicha resolución encargó a la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional (GOECOR) recibir, procesar y sistematizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten para posteriormente elaborar el texto fi nal del referido reglamento; En cumplimiento de lo dispuesto, y mediante el documento de Vistos, la GOECOR remite a la Gerencia General el Reglamento de Elecciones Primarias de las Organizaciones Políticas, el mismo que ha sido sistematizado y revisado en forma coordinada y consensuada con la Gerencia de Asesoría Jurídica; Por su parte, la Gerencia General, con Proveído Nº 000339-2025-GG/ONPE, dispone que la Gerencia de Asesoría Jurídica proyecte la Resolución Jefatural correspondiente para la aprobación del Reglamento de Elecciones Primarias de las Organizaciones Políticas, proponiendo su aprobación; El citado reglamento regula aspectos importantes y resaltantes para la organización y ejecución de las elecciones primarias de las organizaciones políticas, lo cual tendrá un impacto positivo en las organizaciones políticas, puesto que se establecen las pautas, actos y requisitos que se deben cumplir a fi n de lograr el normal desarrollo de las elecciones primarias; Asimismo, el carácter obligatorio de las disposiciones de los artículos 21, 23, 24 de la Ley Nº 28094, Ley de organizaciones Políticas, exige que, en el marco de las atribuciones reglamentarias conferidas a la ONPE, se emitan normas de desarrollo que hagan posible la organización y ejecución de las Elecciones Primarias;