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56 NORMAS LEGALES Domingo 30 de marzo de 2025 El Peruano / 4.7 En caso algún integrante del Comité de Selección y/o Jurado Evaluador incurra en alguna de las siguientes causales debe proponer a su suplente, mediante comunicación escrita dirigida al Presidente del Comité de Selección, en el plazo de un (1) día hábil de publicada la lista de postulantes aptos para la Evaluación Curricular a) Si es pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de a fi nidad 1, con cualquiera de los postulantes. b) Si personalmente, o bien su cónyuge o algún pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de a fi nidad 1, tuviere interés en el concurso público de méritos, cuya resolución pueda in fl uir en la situación de aquél. c) Cuando tuviere amistad íntima, enemistad mani fi esta o con fl icto de intereses objetivo con cualquiera de los postulantes que participen en el concurso público de méritos, que se hagan patentes mediante actitudes o hechos evidentes en el procedimiento. d) Cuando tuviere o hubiese tenido en los últimos dos años, relación de servicio o de subordinación con cualquiera de los postulantes. CAPÍTULO II RESPONSABLES DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS Artículo 5.- Comité de Selección 5.1 El Comité de Selección está integrado por: a) El/la Presidente/a del Consejo Directivo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, o su representante, quien lo presidirá. b) El/la Presidente/a Ejecutivo/a de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, o su representante. c) El/la Directora/a de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el T urismo – PROMPERÚ, o su representante. 5.2 El Comité de Selección, una vez instalado, es el responsable de aprobar las Bases del Concurso Público de Méritos, a propuesta del Secretario Técnico, por medio de acta, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles. Asimismo, es responsable de monitorear y realizar el seguimiento de dicho Concurso Público de Méritos. 5.3 El Comité de Selección absuelve las consultas que se presenten en el desarrollo del proceso del Concurso Público de Méritos. 5.4 El Comité de Selección resuelve las reclamaciones formuladas durante el Concurso Público de Méritos, las cuales solo pueden ser sobre el resultado fi nal o el acto que ponga fi n a dicho concurso, su presentación no suspende la ejecución de los resultados fi nales. El procedimiento para su presentación y los plazos se establecen en las Bases del Concurso Público de Méritos. 5.5 El Comité de Selección, a través del Secretario Técnico, está facultado para efectuar, en cualquier etapa del proceso, consultas a las entidades públicas e instituciones privadas que pudieran certi fi car la veracidad de la información entregada por los postulantes. 5.6 El quórum para la instalación y toma de decisiones del Comité de Selección es con la totalidad de sus integrantes, las que quedan contenidas en un acta. 5.7 El Comité de Selección, con el apoyo del Secretario Técnico, suscribe las actas en las cuales quedan registrados los diferentes actos realizados y acuerdos arribados durante el desarrollo del concurso. 5.8 El Comité de Selección realiza la Evaluación Curricular, contando con el apoyo del Secretario Técnico. Artículo 6.- Jurado Evaluador 6.1 El Jurado Evaluador está conformado por once (11) miembros, siendo éstos los siguientes:a) El/la director/a de la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ. b) El/la director/a de la Dirección de Promoción de Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ. c) El/la director/a de la Dirección de Promoción de Inversiones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el T urismo – PROMPERÚ. d) El representante del Ministerio de Relaciones Exteriores. e) El representante del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. f) El representante del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. g) El/la Presidente/a de la Asociación de Exportadores (ADEX) h) El/la Presidente/a de la Sociedad de Comercio Exterior del Perú (COMEXPERU). i) El/la Presidente/a de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI). j) El/la Presidente/a de la Cámara de Comercio de Lima (CCL). k) El/la Presidente/a de la Cámara Nacional de Turismo (CANATUR). 6.2 El sector público y privado acredita al representante y al suplente, quienes deberán tener cargo directivo y/o jefatural, mediante comunicación escrita dirigida al Comité de Selección, en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles de publicada la Resolución que aprueba el presente Reglamento. 6.3 El Jurado Evaluador es responsable de la gestión y conducción de las etapas de Evaluación Diagnóstica y la Entrevista Personal del Concurso Público de Méritos para la selección de candidatos a Consejeros Económicos Comerciales. 6.4 El Jurado Evaluador, una vez instalado, es el responsable de determinar los términos y alcances de la contratación para la tercerización de la Evaluación de competencias y Veri fi cación del dominio del idioma inglés, correspondientes a la etapa de la Evaluación Diagnóstica, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles, de corresponder. Comunica al Secretario Técnico la autorización para la contratación de los proveedores que ejecuten las referidas evaluaciones. 6.5 El quórum para la instalación y/o toma de decisiones del Jurado Evaluador es de cinco (05) integrantes. Los integrantes que no participen se acogerán a las decisiones del colegiado. Todas sus decisiones quedan contenidas en un acta. Artículo 7.- Secretario Técnico 7.1 El Secretario Técnico tiene las siguientes las responsabilidades: a) Brindar apoyo técnico y administrativo para la realización del concurso público de méritos. b) Veri fi car la información de los postulantes en las diferentes etapas del concurso y presentarlas al Comité de Selección y al Jurado Evaluador, según corresponda. c) Realizar la revisión de la información y documentación presentada por los postulantes y apoyar al Comité de Selección en la evaluación curricular. d) Elaborar y proponer las Bases del Concurso Público de Méritos. e) Custodiar toda documentación que se genere durante el proceso. f) Elaborar y enviar las noti fi caciones a los postulantes (correos electrónicos, avisos, etc.), publicaciones del concurso y actas del Comité de Selección y Jurado Evaluador, y el registro de las mismas. CAPÍTULO III ETAPAS DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS Artículo 8.- Etapas 8.1 El Concurso Público de Méritos tiene las siguientes etapas: