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114 NORMAS LEGALES Jueves 29 de mayo de 2025 El Peruano / Decreto Supremo N° 007-2024-JUS, señala que, en caso la entidad designe varios/as funcionarios/as responsables de atender las solicitudes de acceso a la información pública identi fi ca a un/a funcionario/a principal, quien realiza el seguimiento de las solicitudes de información que se presentan ante ella y gestiona centralizadamente el Registro regulado en el artículo 2° numeral 2.12 del presente Reglamento; asimismo, el numeral 12.2 del artículo 12° del mismo cuerpo normativo determina que el funcionario responsable de atender solicitudes de acceso a la información pública propondrá a la máxima autoridad administrativa los procedimientos internos que aseguren la mayor e fi ciencia en la gestión de las solicitudes de información; Que, los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público en las jurisdicciones de su competencia ejecuten la entrega de la información proporcionada por el funcionario principal responsable de atender las solicitudes de acceso a la información, en virtud de la normativa de la materia, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos correspondientes y bajo responsabilidad. Que los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público en las jurisdicciones de su competencia, designados mediante Resolución Jefatural N° 000001-2024/JNC/RENIEC culminen con la atención de las solicitudes de acceso a la información pública que vienen siendo tramitadas en sus jurisdicciones, de acuerdo a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2024-JUS. Que al respecto, el numeral 3.5 del artículo III del referido Reglamento, de fi ne al funcionario responsable de atender las solicitudes de acceso a la información, como el funcionario o servidor público designado por la máxima autoridad de la entidad, cuya función principal es atender las solicitudes de acceso a la información y los pedidos de acceso directo, presentados ante la entidad; las obligaciones de dicho funcionario responsable se encuentran contenidos en el artículo 2° del citado Reglamento; Que sobre el particular, la Unidad de Modernización Organizacional de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través de informe de vistos, considera viable la propuesta presentada por la Ofi cina de Gestión Documental, en el sentido de designar al funcionario principal del seguimiento de la atención de las solicitudes en el marco de lo estipulado en el artículo 92° del ROF institucional y el numeral 9.3 del artículo 9° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que por su parte, la O fi cina de Asesoría Jurídica, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, emite opinión favorable respecto a formalizar la designación del/de la Jefe/a de la O fi cina de Gestión Documental, como funcionario principal, cuya función será gestionar centralizadamente el registro de solicitudes y dar seguimiento a las solicitudes de acceso a la información pública que se presenten ante el RENIEC, en marco de la Ley de Transparencia de Acceso a la Información Pública; asimismo, establece un fl ujo único de atención, a través del cual las O fi cinas Regionales canalicen todas las solicitudes que los ciudadanos remitan a través de su mesa de partes para su atención oportuna; fi nalmente señala que la atención de las solicitudes que están en trámite antes de la aprobación de la presente resolución jefatural deberán ser culminadas por cada Jefe Regional competente; Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; y, Estando a lo opinado favorablemente por la O fi cina de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR al/a la Jefe/a de la Ofi cina de Gestión Documental como funcionario principal responsable de atender las solicitudes de acceso a la información del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2024-JUS. Artículo Segundo.- DISPONER que los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público en las jurisdicciones de su competencia, designados mediante Resolución Jefatural N° 000001-2024/JNAC/RENIEC ejecuten la entrega de la información proporcionada por el funcionario principal responsable de atender las solicitudes de acceso a la información, en virtud de la normativa de la materia, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos correspondientes y bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- DISPONER que los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público en las jurisdicciones de su competencia, designados mediante Resolución Jefatural N° 000001-2024/JNAC/RENIEC culminen con la atención de las solicitudes de acceso a la información pública que vienen siendo tramitadas en sus jurisdicciones, de acuerdo a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2024-JUS. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR al funcionario designado en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural y a los Jefes de las O fi cinas Regionales a nivel nacional, para las acciones que correspondan al particular. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial “El Peruano en el portal institucional www.reniec.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano www.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2403966-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Declaran de interés regional la actualización de la Estrategia Regional de Diversidad Biológica de la Región de Pasco 2025 - 2030 CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° 520-2025 -G.R. P/CR DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL, LA ACTUALIZACIÓN DE LA ESTRATEGIA REGIONAL DE DIVERSIDAD BIOLÓGICA DE LA REGIÓN PASCO 2025 - 2030. POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modi fi catorias, en la Séptima Sesión Extraordinaria,