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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2025 (29/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 100

100 NORMAS LEGALES Jueves 29 de mayo de 2025 El Peruano / Carrión, departamento de Pasco (en adelante, señor alcalde), por la causal prevista en el numeral 9 del artículo 22, concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), y visto también el Expediente N° JNE.2023002697. Oídos: los informes orales. Primero.- ANTECEDENTES Solicitud de vacancia y pedido de adhesión de don Airopajito Rojas (JNE.2023002697) 1.1. Mediante el escrito presentado el 10 de octubre de 2023, el señor solicitante peticionó al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) el traslado de su solicitud de vacancia formulada en contra de don Ramón Hereña Roque, alcalde de la Municipalidad Provincial de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco (en adelante, señor alcalde), por la causal prevista en el numeral 9 del artículo 22, concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). 1.2. Con el Auto N° 1, del 11 de octubre de 2023, se trasladó la referida solicitud de vacancia al concejo provincial para que cumpla con el trámite respectivo conforme al procedimiento legal regulado. 1.3. Posteriormente, a través del escrito presentado el 26 de febrero de 2024, don Airopajito Blas Rojas Pacheco (en adelante, don Airopajito Rojas) pidió su adhesión al procedimiento de vacancia. Este fue remitido al concejo por medio del O fi cio N° 000423-2024-SG/JNE, del 29 del mismo mes y año, y recibido por la municipalidad el 6 de marzo de 2024. 1.4. El 5 y 7 de marzo de 2024, por medio del O fi cio N° 000115-2024-MPDAC/A, el señor alcalde remitió los siguientes documentos: a) Escrito de desistimiento al pedido de vacancia, presentado ante la entidad edil, el 4 de marzo de 2024, por el señor solicitante. b) Carta Múltiple N° 010-2024-MPDAC-A/SG, del 4 de marzo de 2024, mediante la cual el señor alcalde convocó a los miembros del concejo municipal a sesión extraordinaria para el 5 del mismo mes y año, a las 8:00 horas, a fi n de tratar la solicitud de desistimiento. c) Acta de Sesión de Concejo Extraordinaria N° 004-2024-CM-MPDAC/YHCA, del 5 de marzo de 2024, que contiene la decisión de archivar de fi nitivamente el procedimiento de vacancia y dejar sin efecto la noti fi cación para la sesión extraordinaria del 2 de abril de 2024. d) Acuerdo de Concejo Extraordinario N° 000003-2024-MPDAC/A, del 5 de marzo de 2024, que decidió aprobar y aceptar el desistimiento del proceso, así como la pretensión del pedido de vacancia; consecuentemente, declaró el archivo de fi nitivo y concluido el procedimiento de la solicitud de vacancia; asimismo, dejó sin efecto la noti fi cación para la sesión extraordinaria de concejo del 2 de abril de 2024. 1.5. Luego, el 6 de marzo de 2024, con el O fi cio N° 000116-2024-MPDAC/A, el señor alcalde remitió, entre otros, copias de los cargos de las noti fi caciones dirigidas a los miembros del concejo y al señor solicitante, a fi n de que asistan a la sesión extraordinaria de concejo del 2 de abril de 2024 (convocatoria dejada sin efecto en mérito del acuerdo del 5 de marzo de 2024). 1.6. El 5 de abril de 2024, el señor alcalde remitió el O fi cio N° 000221-2024-MPDAC/A adjuntando el Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal N° 004-2024-CM-MPDAC/YHCA, del 5 de marzo de 2024; además, precisó que el acuerdo adoptado en dicha sesión quedó consentido. 1.7. El 16 de abril de 2024, don Airopajito Rojas presentó un escrito con el que informó el desacato a su pedido de adhesión y la vulneración del debido procedimiento, señalando esencialmente que: a) El 26 de febrero de 2024, presentó ante el JNE su pedido de adhesión a la solicitud de vacancia, el cual fue trasladado al Concejo Provincial de Daniel Alcides Carrión con el O fi cio N° 000423-2024-SG/JNE.b) El 4 de marzo de 2024, el señor solicitante presentó su desistimiento a la solicitud de vacancia; por lo que, ese mismo día presentó escritos comunicando a los miembros del concejo municipal sobre el pedido de adhesión. c) El señor alcalde, a pesar de tener conocimiento del pedido de adhesión, inmediatamente convocó para el 5 de marzo de 2024 (día siguiente) a sesión extraordinaria de concejo con el fi n de tratar el desistimiento del señor solicitante, donde aprobaron dicho pedido y archivaron defi nitivamente el expediente administrativo de vacancia; por lo que se vulneró los principios de debido proceso, legalidad, verdad material y otros. 1.8. El 23 de abril de 2024, mediante el O fi cio N° 001199-2024-SG/JNE, se requirió al señor alcalde para que, en el plazo de tres (3) días hábiles, luego de notifi cado, cumpla con enviar los documentos faltantes respecto al procedimiento de vacancia, entre ellos: a) Informe sobre la atención y el pronunciamiento emitido acerca del pedido de adhesión, remitido al Concejo Provincial de Daniel Alcides Carrión mediante el O fi cio N° 000423-2024-SG/JNE y recibido por la entidad edil el 6 de marzo de 2024; así como del pedido de adhesión comunicado y presentado directamente por don Airopajito Rojas el 4 de marzo de 2024, ante la entidad edil. b) Cargos de la noti fi cación del acuerdo adoptado respecto al pedido de adhesión, dirigida a cada uno de los miembros del concejo, a la autoridad cuestionada y don Airopajito Rojas. 1.9. El 6 y 8 de mayo de 2024, el señor alcalde remitió el O fi cio N° 000350-2024-MPDAC/A, adjuntando, entre otros, copias de los siguientes documentos: a) Cargo de la noti fi cación dirigida al señor solicitante, con el Acuerdo de Concejo Extraordinario N° 000003-2024-MPDAC/A, que aprobó y aceptó su desistimiento; así como los cargos de las noti fi caciones con el citado acuerdo dirigidas a los miembros del concejo municipal. b) Informe N° 000012-2024-MPDAC/SG-MP, del 3 de mayo de 2024, respecto al O fi cio N° 000423-2024-SG/JNE, ingresado el 6 de marzo de 2024, a través de la Unidad de Trámite Documentario y Archivo. En este documento, la secretaria de la entidad edil precisó que, realizada la búsqueda en el sistema de gestión documental de la Municipalidad Provincial de Daniel Alcides Carrión, “no se encontró ningún ingreso del mencionado documento”; asimismo, no se encontró ningún pedido de adhesión al procedimiento de vacancia dirigido al señor alcalde. Por otro lado, señaló que “los adhesiones que ingresaron fueron para los 6 regidores; uno solo me dio su cargo y no me entregó el documento destinado a la regidora HUAYLLACAYAN CORONEL MARINA [sic]”. c) Cargos de los escritos presentados ante la entidad edil por el señor adherente, el 4 de marzo de 2024, dirigidos a los regidores don Heder Alvarado Fretel, don Rodolfo Teobaldo Jurado Rivas, doña Yolanda Meléndez Paredes de Gómez, don Hugo David Rueda Castro, don Humber Je ff erson Grijalva Castillo y don Yony Armando Usuriaga Cristóbal. 1.10. Mediante el Auto N° 2, del 17 de mayo de 2024, se requirió al Concejo Provincial de Daniel Alcides Carrión que emita el pronunciamiento que corresponde, respecto a la solicitud de adhesión presentada por don Airopajito Rojas. Además, se solicitó a los regidores del referido concejo para que informen documentadamente, sobre el tratamiento otorgado a los escritos presentados por el mencionado ciudadano el 4 de marzo de 2024. 1.11. El 14 de junio de 2024, el señor alcalde remitió el O fi cio N° 000489-2024-MPDAC/A, informando lo siguiente: a) Efectivamente, el 6 de marzo de 2024, ingresó a la municipalidad el O fi cio N° 000423-2024-SG/JNE, el cual fue recibido por la secretaria de los regidores y remitido a los mismos vía WhatsApp. Sin embargo, el documento debió ingresar directamente por la mesa de partes de la municipalidad, pues de acuerdo con el artículo 9 de la