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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (06/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Jueves 6 de noviembre de 2025 El Peruano / cual se encuentra alineado con la Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación al 2030; Que, por lo expuesto, resulta de interés institucional, autorizar el viaje de la servidora RAQUEL MERCEDES SOTOMAYOR PARIAN, Especialista para el Programa Nacional de CteI en Biotecnología de la Subdirección de Ciencia, Tecnología y Talentos del CONCYTEC, a la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 11 al 15 de noviembre de 2025, para que participe en los citados eventos; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del CONCYTEC en el marco de las normas vigentes sobre la materia; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, según lo establecido en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 199-2025-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora RAQUEL MERCEDES SOTOMAYOR PARIAN, Especialista para el Programa Nacional de CteI en Biotecnología de la Subdirección de Ciencia, Tecnología y Talentos del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CONCYTEC), a la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 11 al 15 de noviembre de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CONCYTEC), de acuerdo con el siguiente detalle: Nombre y ApellidosPasajes Aéreos USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD RAQUEL MERCEDES SOTOMAYOR PARIAN1,554.35 370.00 3+1 1,480.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar ante su entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos, así como la rendición de gastos correspondiente. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ERNESTO ÁLVAREZ MIRANDA Presidente del Consejo de Ministros 2455378-1Aprueban “Lineamientos Técnicos del Proceso de Estimación del Riesgo de Desastres” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES N° 009-2025-PCM/ SGRD Lima, 5 de noviembre de 2025 CONSIDERANDO:Que, por el artículo 1, de Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), se crea dicho sistema como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car los riesgos asociados a peligros, priorizar la prevención para evitar la generación de nuevos riesgos, reducir o minimizar sus efectos, así como, la preparación y respuesta ante situaciones de emergencia o desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el artículo 3, de la citada Ley N° 29664, de fi ne a la Gestión del Riesgo de Desastres, como un proceso social cuyo fi n último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastre, considerando las políticas nacionales con especial énfasis en aquellas relativas a materia económica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible. Asimismo, está basada en la investigación cientí fi ca y de registro de informaciones, y orienta las políticas, estrategias y acciones en todos los niveles de gobierno y de la sociedad con la fi nalidad de proteger la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado; Que, el Decreto Supremo N° 038-2021-PCM, aprueba la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres al 2050, cuya implementación y ejecución es de cargo de las entidades de la administración pública responsables de los objetivos prioritarios, lineamientos y servicios de dicha Política, y cuya conducción, seguimiento y evaluación se encuentra a cargo del ente rector del SINAGERD; Que, a su vez, el Decreto Supremo N° 115- 2022-PCM, aprueba el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - PLANAGERD 2022-2030, cuya implementación se encuentra a cargo de los tres niveles de gobierno, integrantes del SINAGERD, con responsabilidad en la provisión de los servicios de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres al 2050; Que, mediante Resolución Ministerial N ° 334-2012- PCM de fecha 28 de diciembre de 2012 se aprobó los “Lineamientos Técnicos del Proceso de Estimación del Riesgo de Desastres” en el marco de la Ley N° 29664 y su Reglamento, la misma que fue derogada mediante la Resolución Ministerial N° 290-2025-PCM publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 29 de octubre de 2025; Que, en el marco de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres SINAGERD, se de fi ne al proceso de estimación de riesgo de desastre, como aquél que comprende acciones y procedimientos que se realizan para generar el conocimiento de los peligros o amenazas, analizar la vulnerabilidad y establecer los niveles de riesgo que permitan la toma de decisiones en la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el numeral 11.5 del artículo 11 del Reglamento de la Ley N° 29664, aprobado con Decreto Supremo N° 048-2011-PCM y modi fi catorias, dispone que los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, generan información sobre peligros, vulnerabilidades y riesgo de desastres, de acuerdo a los lineamientos aprobados por el ente rector del SINAGERD; Que, asimismo, el artículo 13 del citado Reglamento de la Ley N° 29664 establece que, sobre la base de la estimación del riesgo, en coordinación con el CENEPRED, las Entidades Públicas generan normas e instrumentos de apoyo para que los gobiernos regionales y locales utilicen