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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (06/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Jueves 6 de noviembre de 2025 El Peruano / consolidación, sistematización y análisis de los comentarios, aportes, opiniones y sugerencias, según corresponda, respecto del proyecto normativo, citado en el artículo precedente, los que se recibirán a través del correo electrónico institucional, en la dirección: reglamentoplandecultivoyriego@midagri.gob.pe, a través de la Mesa de Partes Digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (https://mesadepartesdigital.midagri.gob.pe) o, a través de la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, ubicado en el Jirón Cahuide N° 805, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, a fi n de elaborar la propuesta fi nal del acotado proyecto normativo. Artículo 3.- Publicación Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial, del proyecto de Decreto Supremo y su Exposición de Motivos, así como del proyecto del referido Reglamento y sus Anexos, en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri) y de la Autoridad Nacional del Agua (www.gob.pe/ana), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VLADIMIR GERMÁN CUNO SALCEDO Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2455455-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Resolución Directoral que modifica la Guía de Actuaciones Preparatorias y el Formato de Estrategia de Contratación, aprobados por la Resolución Directoral N° 0018-2025-EF/54.01 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0037-2025-EF/54.01 Lima, 4 de noviembre de 2025CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo Nº 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, tiene por fi nalidad establecer los principios, de fi niciones, composición, normas y procedimientos del Sistema Nacional de Abastecimiento (SNA), asegurando que las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público se ejecuten de manera e fi ciente y e fi caz, promoviendo una gestión interoperativa, articulada e integrada, bajo el enfoque de la gestión por resultados; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1439, la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del SNA y tiene entre sus funciones ejercer la máxima autoridad técnico - normativa de dicho Sistema, aprobar la normatividad y los procedimientos que lo regulan; así como, programar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la gestión de las actividades que lo componen; Que, por su parte, la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, tiene por objeto establecer el marco normativo para efectivizar la contratación oportuna de bienes, servicios y obras, así como regular, en el marco del SNA, la participación de los actores involucrados en el proceso de contratación pública; Que, el numeral 46.2 del artículo 46 del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, señala que el análisis de la estrategia de contratación que realice la Dependencia Encargada de las Contrataciones consta en un documento, conforme al formato aprobado por la Dirección General de Abastecimiento, y forma parte del expediente de contratación, pudiendo requerir información al área usuaria para su sustento; Que, mediante Resolución Directoral N° 0018- 2025-EF/54.01 se aprueba la Guía de Actuaciones Preparatorias y el Formato de Estrategia de Contratación, siendo que la referida guía contiene, entre otros, el Anexo Nº 2 “Formato de aprobación de expediente de contratación”; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial N° 331- 2023-EF/41 (ROF del MEF), la Dirección General de Abastecimiento tiene como una de sus funciones, el dictar normas, directivas, lineamientos, procedimientos, entre otros, correspondientes al SNA; Que, el literal a) del artículo 178 del ROF del MEF establece como una de las funciones de la Dirección de Adquisiciones, unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Abastecimiento, elaborar y proponer normas, directivas, lineamientos y procedimientos en materia de Adquisiciones, que comprende la obtención de bienes, servicios y obras, la administración de la ejecución contractual y la integración progresiva de los regímenes legales de contratación; Que, la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Abastecimiento, considera pertinente modi fi car el Anexo Nº 2 “Formato de aprobación de expediente de contratación” de la “Guía de actuaciones preparatorias” y el “Formato de Estrategia de Contratación”, aprobados mediante la Resolución Directoral N° 0018-2025-EF/54.01, a fi n de mejorar diferentes aspectos contemplados en dichos instrumentos y facilitar su uso por las entidades contratantes, como parte de las actuaciones preparatorias de sus procesos de contratación, lo que va a contribuir con su gestión administrativa; Que, sobre la mencionada modi fi cación, la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Abastecimiento ha emitido opinión legal favorable; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 217-2019-EF; la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF, y el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car la Resolución Directoral N° 0018-2025-EF/54.01 Modi fi car el Anexo N° 2 “Formato de aprobación de expediente de contratación” de la Guía de Actuaciones Preparatorias y el “Formato de Estrategia de Contratación”, aprobados mediante los artículos 1 y 2 de la Resolución Directoral N° 0018-2025-EF/54.01, respectivamente, que como Anexos forman parte de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral y sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER FÉLIX CARRILLO DÍAZ Director General Dirección General de Abastecimiento 2455623-1