Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (07/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Viernes 7 de noviembre de 2025 El Peruano / en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución, quienes dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2°.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2025, de acuerdo con lo siguiente: Pasaje aéreo US$ 1,467.98 Viáticos US$ 2,960.00 Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2455026-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban Ordenanza Regional que da inicio al proceso de elaboración del Plan Regional de Competitividad y Productividad de Arequipa al 2035 - PRCP AREQUIPA 2035 ORDENANZA REGIONAL N° 539- AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria de fecha 22 de julio del 2025 y en Sesión Ordinaria de fecha 09 de septiembre del 2025 ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: POR CUANTO: Que por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la ley Nro. 27783 de Bases de la Descentralización; Ley Nro. 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 31433; y en observancia del marco legislativo regional constituido por las Ordenanzas Regionales N° 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, N° 010-AREQUIPA y N° 154-AREQUIPA y sus modi fi catorias dispuestas por Ordenanzas Regionales N° 301-AREQUIPA, N° 342-AREQUIPA, N° 392-AREQUIPA, N° 393-AREQUIPA y N° 403-AREQUIPA. SE HA APROBADO LO SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE DA INICIO AL PROCESO DE ELABORACION DEL PLAN REGIONAL DE COMPETITIVIDAD Y PRODUCTIVIDAD DE AREQUIPA AL 2035 - PRCP AREQUIPA 2035 Artículo 1°.- APROBAR el inicio y relevancia del proceso de elaboración del PRCP Arequipa 2035, por un periodo no mayor a 180 días calendario, contados desde la publicación de la presente Ordenanza. Artículo 2°.- DISPONER la creación del Consejo Regional de Competitividad y Productividad de la Región Arequipa, que estará conformado por: • Consejo Directivo. • Secretaria Técnica. • Comités Técnicos Público Privados - CTPPR. Articulo 3º.- Las funciones y demás consideraciones generales del Consejo de Regional de Competitividad y Productividad se encuentra regulado en documento aparte, denominado ANEXO, que es parte integrante de la presente Ordenanza y que será publicada en su integridad en el portal web del Gobierno Regional de Arequipa (https://gob.pe/regionarequipa) y en su portal institucional. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALESPrimera Disposición.- ENCARGAR a la Gerencia General del Gobierno Regional de Arequipa, la publicación de la presente Ordenanza en el diario O fi cial “El Peruano”, así como en el diario de avisos judiciales de Arequipa, además en el portal web del Gobierno Regional de Arequipa (https://gob.pe/regionarequipa) y en su portal institucional. Segunda Disposición.- DEROGAR para todos efectos legales, la Ordenanza Regional Nro. 193-AREQUIPA del 12 de diciembre de 2012 y la Ordenanza Regional Nro. 240-AREQUIPA del 30 de agosto del 2013, que aprobaron la creación del CRC de Arequipa, así como todo dispositivo que se oponga a lo establecido en la presente Ordenanza. Tercera Disposición.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, que disponga que la Secretaría Técnica del CRCP elabore su Reglamento Interno del CRCP, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles posteriores a la publicación de la presente Ordenanza. Cuarta Disposición.- ENCARGAR a la O fi cina de Transformación Digital y Tecnología de Información y Comunicaciones del Ejecutivo Regional que, una vez publicada la presente Ordenanza en el diario O fi cial, inmediatamente se publique en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9º del D.S. 001-2009-JUS. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los nueve días del mes de setiembre del 2025. OSIAS ORTIZ IBAÑEZ Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los dieciocho días del mes de setiembre del dos mil veinticinco. ROHEL SANCHEZ SANCHEZ Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa ANEXO QUE REGULA LAS FUNCIONES Y DEMÁS CONSIDERACIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS QUE INTEGRAN EL CONSEJO REGIONAL DE COMPETITIVIDAD Y PRODUCTIVIDAD DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Y SUS FUNCIONES Artículo 1º.- CONSEJO DIRECTIVO El Consejo Directivo está integrado por el titular o un representante designado por éste, de las siguientes entidades: • El Gobernador Regional, quien la presidirá. • El Rector de la Universidad Nacional San Agustín de Arequipa. • El Rector de la Universidad Católica de Santa María.• El Rector de la Universidad Católica San Pablo. • Un representante de las Municipalidades Provinciales.• Un representante designado entre los directores de los Institutos Tecnológicos de la Región. • El Presidente de la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Arequipa. • El representante de los colegios profesionales.