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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (07/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Viernes 7 de noviembre de 2025 El Peruano / mérito a lo señalado en el informe Nº 0053-2025-MP-FN- OREF-EBRV de fecha 27 de octubre de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia del abogado Heber Nicanor Romero Ortíz, con e fi cacia anticipada a partir del 7 de octubre de 2025. De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Heber Nicanor Romero Ortíz, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, y su designación en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condevilla, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 716-2019-MP-FN, 1515-2021-MP-FN y 2956-2024-MP- FN, de fechas 3 de abril de 2019, 17 de noviembre de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; con e fi cacia anticipada a partir del 7 de octubre de 2025, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Heber Nicanor Romero Ortíz que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, realice la gestión correspondiente en relación al abogado Heber Nicanor Romero Ortíz, quien se encuentra con reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA). Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Ofi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2456122-3 Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3408-2025-MP-FN Lima, 6 de noviembre de 2025VISTOS:El ofi cio Nº 000820-2025-MP-FN-EFICAVIT, de fecha 24 de octubre de 2025, y el informe Nº 0055-2025-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 29 de octubre de 2025, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, el Coordinador encargado del Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, remite y expresa conformidad a la carta presentada en fecha 17 de octubre de 2025, suscrita por la abogada Lidia Yessica Nieto Pablo, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en el Equipo Especial de Fiscalías para casos con victimas durante las protestas sociales, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales. En su carta de renuncia, la citada abogada solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley para que la renuncia se haga efectiva a partir del 30 de octubre de 2025, advirtiéndose que hizo de conocimiento a su jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el o fi cio circular Nº 001-2022-MP-FN- PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. Del reporte de quejas y denuncias emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, de fecha 28 de octubre de 2025, se advierte que la citada abogada registra dos quejas en trámite por irregularidad en el ejercicio de sus funciones. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0055-2025-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 29 de octubre de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la abogada Lidia Yessica Nieto Pablo, a partir del 30 de octubre de 2025. De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Lidia Yessica Nieto Pablo, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Equipo Especial de Fiscalías para casos con victimas durante las protestas sociales, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s 1787-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 21 de julio de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; con e fi cacia anticipada a partir del 30 de octubre de 2025, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Lidia Yessica Nieto Pablo que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de