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63 NORMAS LEGALES Sábado 15 de noviembre de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero .- Nombrar a la abogada Karla Rossella Rojas Haya, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándola en la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lambayeque. Artículo Segundo.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, realice las acciones que correspondan en el marco de sus competencias y/o delegación de funciones, considerando el régimen laboral en el que se encuentra sujeto la abogada Karla Rossella Rojas Haya. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2458999-4 Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3514-2025-MP-FN Lima, 14 de noviembre de 2025VISTOS:El informe N° 000076-2025-MP-FN-CN-FISPREV, de fecha 16 de octubre de 2025 y el informe N° 081-2025-MP- FN-OREF-JJCP, de fecha 12 de noviembre de 2025, y; CONSIDERANDO:Mediante el o fi cio de vistos, la Coordinación Nacional de las Fiscalias Especializadas en Prevención del Delito, conforme a los lineamientos establecidos en el o fi cio circular N° 003-2024-MP-FN, eleva la propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Transitoria de Prevención del Delito de San Juan de Lurigancho – Zona Media. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley N° 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC) y asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar a la abogada Milagros Del Carmen Quispe Rojas, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunta provincial en la Fiscalía Provincial Transitoria de Prevención del Delito de San Juan de Lurigancho – Zona Media; en atención al marco normativo, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe N° 081-2025-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 12 de noviembre de 2025. Es de precisar que la plaza señalada en el párrafo precedente —con carácter transitorio— corresponde a las creadas mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020, la misma que posteriormente fue prorrogada la vigencia de la plaza, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025, por Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 089-2024-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2024. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Nombrar a la abogada Milagros Del Carmen Quispe Rojas, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándola en la Fiscalía Provincial Transitoria de Prevención del Delito de San Juan de Lurigancho – Zona Media. Artículo Segundo.- Precisar que la plaza señalada en el artículo primero, tiene la condición de transitoria en mérito a lo dispuesto con la Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020, y a la prórroga de su vigencia materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 089-2024-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2024. Artículo Tercero .- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, realice las acciones que correspondan en el marco de sus competencias y/o delegación de funciones, considerando el régimen laboral en el que se encuentra sujeta la abogada Milagros Del Carmen Quispe Rojas. Artículo Cuarto .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Coordinador Nacional de las Fiscalias Especializadas en Prevención del Delito, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2458999-5 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Declaran el sometimiento a régimen de intervención de la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Esperanza de Marcona RESOLUCIÓN SBS Nº 04049-2025 Lima, 12 de noviembre de 2025 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (a.i.)