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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (21/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Viernes 21 de noviembre de 2025 El Peruano / organizado, que incluye además el control, investigación y sanción de dichas acciones; Que, asimismo, el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32185, dispone que las referidas modi fi caciones presupuestarias se aprueban utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, debiendo contar, además, con el refrendo del ministro del sector correspondiente en el caso de las entidades del Gobierno Nacional; con el refrendo del Presidente del Consejo de Ministros en el caso del Gobierno Regional y Gobierno Local, a propuesta del titular de la entidad solicitante; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto legislativo N° 1440, Decreto legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el O fi cio N° 000286-2025-IN-DM, el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de la Municipalidad Distrital del Rímac de la provincia de Lima del departamento de Lima, para fi nanciar las acciones vinculadas con el servicio de seguridad ciudadana asociado a la lucha contra la delincuencia y crimen organizado, en el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 17.1 y el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; adjuntando para dicho efecto, el Informe N° 001608-2025-IN-OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, mediante el Memorando N° 4517-2025- EF/53.04, que adjunta el Informe N° 4123-2025-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas de acuerdo con sus competencias, determina que el costo estimado para el fi nanciamiento de contratación de personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), por el periodo de noviembre a diciembre de 2025, asciende a la suma de S/ 86 849,00 (OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor de la Municipalidad Distrital del Rímac; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 2 231 949,00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar las acciones vinculadas con el servicio de seguridad ciudadana asociado a la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, a favor de la Municipalidad Distrital del Rímac, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 17.1 y el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; De conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 2 231 949,00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Municipalidad Distrital del Rímac, para fi nanciar las acciones vinculadas con el servicio de seguridad ciudadana asociados a la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, en el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 17.1 y el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 2 231 949,00 =========== TOTAL EGRESOS 2 231 949,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 150128 : Municipalidad Distrital de Rímac CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0030 : Reducción de delitos y faltas que afectan la seguridad ciudadana PRODUCTO 3000355 : Patrullaje por Sector ACTIVIDAD 5004156 : Patrullaje Municipal por Sector - Serenazgo FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 86 849,00 2.3 Bienes y Servicios 2 145 100,00 =========== TOTAL EGRESOS 2 231 949,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario contados a partir de la vigencia de la presente norma. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, fi nalidades y unidades de medida. 2.3 Para el caso del gobierno local, la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego, elabora las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. -Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro del Interior y por la Ministra de Economía y Finanzas.