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28 NORMAS LEGALES Sábado 4 de octubre de 2025 El Peruano / de servicios autorizado en el artículo precedente, son asumidos con cargo al presupuesto institucional de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 974.37 Viáticos (2+1) : US$ 1 110.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el comisionado autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar al Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas 2445307-1 Aprueban Lineamientos para la atención de solicitudes de aprobación de Estatutos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú por parte de la Dirección General de Contabilidad Pública RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0011-2025-EF/51.01 Lima, 2 de octubre de 2025 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el numeral 5.1 y el inciso 12 del numeral 5.2 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado por Decreto Supremo N° 057-2022-EF, la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, es el ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad, y tiene entre sus funciones, aprobar los estatutos de los Colegios de Contadores Públicos; Que, la Dirección General de Contabilidad Pública a fi n de optimizar el proceso de aprobación de nuevos estatutos, modi fi cación total o primera inscripción de estatutos por parte de los Colegios de Contadores Públicos del Perú, considera necesario establecer lineamientos como un marco de referencia claro y uniforme que deben cumplir las solicitudes presentadas por los Colegios de Contadores Públicos, del Perú promoviendo así la efi ciencia operativa, la transparencia y la predictibilidad jurídica; Que, de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado mediante Decreto Supremo N° 057-2022-EF; y el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Apruébese, los “Lineamientos para la atención de solicitudes de aprobación de Estatutos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú por parte de la Dirección General de Contabilidad Pública”. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral y los Lineamientos aprobados en el artículo 1, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR NUÑEZ DEL ARCO MENDOZA Director GeneralDirección General de Contabilidad Pública 2445173-1 EDUCACIÓN Crean Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para formular propuestas de acciones de seguridad de los XX Juegos Deporti vos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 434-2025- MINEDU Lima, 3 de octubre de 2025VISTO: los documentos que conforman el Expediente N° MPD2025-EXT-0869906; y, CONSIDERANDO:Que, a través de la Ley N° 32037, se declara de interés nacional la organización e implementación de los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025; asimismo, con su Única Disposición Complementaria Final establece que, Poder Ejecutivo de conformidad con sus atribuciones y competencias, adoptará las acciones correspondientes en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Educación, el Ministerio del Ambiente, con la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN), con el Gobierno Regional de Ayacucho y con los demás órganos competentes, para la elaboración de los estudios, los perfi les y los expedientes técnicos, a fi n de hacer posible el fi nanciamiento y la ejecución de dicho evento; Que, mediante la Resolución Suprema N° 002-2025-MINEDU, se conforma el “Comité Organizador de los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025”, el cual tiene por objeto la planeación, organización y ejecución de las actividades relacionadas con los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025; Que, el numeral 28.1 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, establece que los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos; Que, asimismo, el numeral 28.2 del artículo 28 de los citados Lineamientos señala que, los grupos de trabajo pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende; agrega que, pueden participar en calidad de integrantes del Grupo de Trabajo representantes de otros poderes del Estado, niveles de gobierno y organismos constitucionalmente autónomos, previa conformidad de su máxima autoridad; así como representantes acreditados de la sociedad civil, academia, gremios empresariales, entre otros, siempre que su participación se vincule y contribuya al objeto del Grupo de Trabajo. La resolución ministerial que aprueba la creación de un Grupo de Trabajo, cuya conformación incluya representantes de más de un sector o que no forman parte del Poder Ejecutivo, contiene un considerando en el que se precisa que se cuenta con el consentimiento de las entidades públicas o privadas representadas en el Grupo de Trabajo;