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39 NORMAS LEGALES Sábado 4 de octubre de 2025 El Peruano / y planes estratégicos, actualizada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0046-2024/CEPLAN/PCD; por lo que, concluye que es pertinente proceder con la validación del PEI y emitir opinión técnica favorable; y recomienda, continuar los trámites para su aprobación con acto resolutivo y publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, con el Memorando N° 00000894-2025-PRODUCE/ OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe N° 00000312-2025-PRODUCE/OPM, a través del cual, la Ofi cina de Planeamiento y Modernización, en el marco de sus competencias y funciones, considera procedente aprobar el Plan Estratégico Institucional 2025 - 2030 Actualizado del Ministerio de la Producción, toda vez que cuenta con validación de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de la Producción y la opinión favorable del CEPLAN, en su condición de ente rector del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, por el Informe N° 000001088-2025-PRODUCE/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica indica que resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025 - 2030 Actualizado del Ministerio de la Producción; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00021-2024/CEPLAN/PCD, que aprueba la Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD, Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; y la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024-CEPLAN/PCD, que aprueba la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación Aprobar la actualización del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Ministerio de la Producción hasta el año 2030, quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025 - 2030 Actualizado del Ministerio de la Producción”, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Seguimiento y Evaluación Encargar a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025 - 2030 Actualizado del Ministerio de la Producción, de conformidad con lo dispuesto por la Guía para el Planeamiento Institucional, actualizada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024-CEPLAN/PCD. Artículo 3.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) y en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio de la Producción, el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2444916-1RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que dispone el cierre del Consulado del Perú en Atenas, República Helénica DECRETO SUPREMO Nº 038-2025-RE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el Gobierno del Perú otorga especial prioridad al desarrollo de una activa labor de protección y promoción de sus intereses y derechos de los peruanos, a través de un constante apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas en el exterior, así como el fomento de los intereses del país, especialmente en el ámbito económico, comercial y cultural; Que, el artículo 30 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2023-RE, establece que la sede y circunscripción de las O fi cinas Consulares se determinan por Decreto Supremo, lo cual es propuesto por el órgano de línea consular. Consecuentemente, para el cierre de una Ofi cina Consular se requiere de una norma legal del mismo rango; Que, el artículo 33 del Reglamento Consular del Perú señala que el órgano de línea consular revisa anualmente y propone, si es necesario, la actualización de las circunscripciones consulares y la subordinación jerárquica de las O fi cinas Consulares, para optimizar sus funciones; Que, mediante Resolución N° 038-1917-RE, de 11 de enero de 1917, se establece el Consulado del Perú en Atenas, República Helénica. Que, mediante memorándum N° DGC016092025, de 4 de julio de 2025, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares propone el cierre del Consulado del Perú en Atenas, República Helénica; Que, mediante Hoja de Trámite (GAC) N° 2927, de 7 de julio de 2025, el Despacho Viceministerial emite su conformidad respecto del cierre del Consulado del Perú en Atenas; Que, mediante Nota Verbal N° 37/2025, de 11 de julio de 2025, la Embajada del Perú en la República Helénica comunica al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Helénica el cierre del Consulado del Perú en Atenas; Que, en virtud del literal q) del numeral 41.1 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, el presente decreto supremo se considera excluido del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante - AIR Ex Ante; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE; y, el Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2023-RE; DECRETA: Artículo 1.- Cierre del Consulado del Perú en Atenas Se dispone el cierre del Consulado del Perú en Atenas, República Helénica. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.