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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (04/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Sábado 4 de octubre de 2025 El Peruano / Que, mediante el O fi cio N° 001174-2025-P/IPD y los Informes N° 000658-2025-OAJ/IPD, N° 000454-2025-OAJ/IPD y N° 000058-2025-UOM-OPP/IPD, el Instituto Peruano del Deporte (IPD) propone y sustenta la necesidad de crear un Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de formular propuestas de planes especí fi cos y protocolos de actuación que coadyuven a la implementación de las acciones de seguridad, antes, durante y después de los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025, que permitan garantizar la seguridad y protección de todos los participantes y asistentes; así como, el cuidado del material e instalaciones deportivas y cualquier otro bien o servicio que contribuya al desarrollo del citado evento deportivo; asimismo, precisa que cuenta con la conformidad para su participación de la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú, el Ejército del Perú, la Municipalidad Provincial de Huamanga, la Dirección de Inteligencia del Ejército del Perú, la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea del Perú, la Marina de Guerra del Perú, el Ministerio del Interior y el Gobierno Regional de Ayacucho; Que, a través del Informe N° 00246-2025-MINEDU/ SPE-OPEP-UNOME, la Unidad de Organización y Métodos de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto del Ministerio de Educación, en el marco de sus competencias, desde el punto de vista organizacional, emite opinión favorable respecto a la propuesta de Resolución Ministerial sustentada por el IPD, indicando que la misma se desarrolla conforme a los Lineamientos de Organización del Estado aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modi fi catorias; Que, asimismo, se cuenta con el consentimiento de los integrantes que conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial, conforme a lo dispuesto en el numeral 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado; Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario emitir la Resolución Ministerial que crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de formular propuestas de planes especí fi cos y protocolos de actuación que coadyuven a la implementación de las acciones de seguridad, antes, durante y después de los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025, dependiente del Ministerio de Educación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32037, Ley que declara de interés nacional la organización e implementación de los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y modi fi catorias; y la Resolución Suprema N° 002-2025-MINEDU, que conforma el “Comité Organizador de los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación y objeto del Grupo de Trabajo Multisectorial Crear el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de formular propuestas de planes especí fi cos y protocolos de actuación que coadyuven a la implementación de las acciones de seguridad, antes, durante y después de los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025, dependiente del Ministerio de Educación. Artículo 2.- Conformación del Grupo de Trabajo 2.1 El Grupo de Trabajo Multisectorial está integrado por: a. Un representante del Instituto Peruano del Deporte, quien lo preside. b. Un representante de la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú. c. Un representante del Ejército del Perú.d. Un representante de la Municipalidad Provincial de Huamanga. e. Un representante de la Dirección de Inteligencia del Ejército del Perú. f. Un representante de la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea del Perú g. Un representante de la Marina de Guerra del Perúh. Un representante del Ministerio del Interior. i. Un representante del Gobierno Regional de Ayacucho. 2.2 Los integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial ejercen sus funciones ad honorem. Artículo 3.- Funciones del Grupo de Trabajo Multisectorial 3.1 El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene las siguientes funciones: a. Elaborar el plan de trabajo para el cumplimiento del objeto del Grupo de Trabajo Multisectorial. b. Elaborar un documento de inteligencia que contenga la identi fi cación y evaluación de las amenazas y riesgos en materia de seguridad que puedan afectar antes, durante y después a los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025. c. Formular propuestas de planes especí fi cos y protocolos de actuación que coadyuven a la implementación de las acciones de seguridad, antes, durante y después a los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025. 3.2 Para el cumplimiento de sus funciones, el Grupo de Trabajo Multisectorial puede acordar la conformación de equipos de trabajo. Artículo 4.- Designación de representantes Las entidades y órganos señalados en el numeral 2.1 del artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, designan a sus representantes, titular y alterno, mediante comunicación escrita dirigida a la Presidencia del Grupo de Trabajo Multisectorial, dentro del plazo máximo de cinco (05) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial recae en la Gerencia General del Instituto Peruano del Deporte, la que asume la responsabilidad administrativa y las coordinaciones operativas del funcionamiento del Grupo de Trabajo. Asimismo, es responsable de llevar el registro de los acuerdos y custodiar toda la documentación que se genere. Artículo 6.- De la información, colaboración, asesoramiento y apoyo El Grupo de Trabajo Multisectorial para el cumplimiento de sus fi nes, previo acuerdo de sus integrantes y a través de su Secretaría Técnica, puede solicitar la participación de personas naturales y/o representantes de otras entidades públicas o privadas, de las organizaciones de la sociedad civil, academia, gremios empresariales, entre otros, mediante la provisión de información, colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aportes, vinculados a las materias comprendidas en el objeto del mismo. Artículo 7.- Financiamiento La creación y el cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo Multisectorial se fi nancia con cargo al presupuesto institucional autorizado de los pliegos correspondientes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público y conforme a las disposiciones legales vigentes. Artículo 8.- Instalación El Grupo de Trabajo Multisectorial se instala en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.