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38 NORMAS LEGALES Sábado 4 de octubre de 2025 El Peruano / del Listado de Inclusión de Proyectos de Inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA y sus normas modi fi catorias. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Se derogan el artículo 1 y la Tercera y Cuarta Disposiciones Complementarias Finales del Decreto Supremo N° 006-2019-PRODUCE, Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de octubre del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JUAN CARLOS CASTRO VARGAS Ministro del Ambiente SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2445312-1 Aprueban el “Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025 - 2030 Actualizado del Ministerio de la Producción” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000329-2025- PRODUCE Lima, 3 de octubre de 2025 VISTOS: El Memorando N° 00000600- 2025-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Informe N° 00000797-2025-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, el Memorando N° 00000894-2025-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Informe N° 000001088-2025-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone, entre otros, que los Ministerios tienen como función general formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno. Por su parte, el numeral 1 del artículo 25 de la referida Ley N° 29158, indica que corresponde a los Ministros de Estado dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; Que, por el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN cuya fi nalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN; Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00021-2024/CEPLAN/PCD, se aprueba la Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN”, con el objeto de establecer las disposiciones técnicas que regulan el proceso del planeamiento estratégico, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN y del Estado constitucional de derecho; Que, el artículo 21 de la Directiva 001-2024-CEPLAN/ PCD establece que el Plan Estratégico Institucional - PEI es un instrumento de gestión que presenta la estrategia de mediano plazo de la institución, a fi n de contribuir al cumplimiento del Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM, del Plan de Desarrollo Regional Concertado - PDRC o plan al cual se articula, según corresponda, el cual orienta la gestión estratégica de la entidad para lograr objetivos de nivel de resultado, en el marco de sus funciones; se formula con un horizonte temporal de cinco (5) años, considerando los hitos del PESEM al cual se articula, de acuerdo a lo dispuesto por el literal c) del artículo 25 de la misma Directiva General; Que, el literal d) del artículo 39 de la Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD establece que, de presentarse propuestas de cambios a políticas o planes recientemente aprobados, la entidad debe solicitar a CEPLAN una nueva opinión técnica; para lo cual, deberá adjuntar un informe elaborado por el órgano de planeamiento con la debida justifi cación del cambio y el instrumento modi fi cado para que el CEPLAN disponga el procedimiento correspondiente; Que, con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024/CEPLAN/PCD, se aprueba la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional, que tiene como objetivo establecer la metodología para el proceso de elaboración (formulación o actualización) del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional - POI, conforme al Ciclo de Planeamiento Estratégico; Que, el numeral 4. Aprobación del PEI del Capítulo 1 de la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional señala que, luego de contar con el informe técnico emitido por el CEPLAN, el Titular del pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, el numeral 5. Actualización del PEI del Capítulo 1 de la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional, dispone que, de requerir la entidad la actualización del contenido de la estructura de su PEI debe tener en cuenta las siguientes circunstancias: a) Adscripción de entidades, transferencia de programas, cambios en las funciones de la organización u otros similares; b) Situación de alta disrupción como desastres o crisis; c) Recomendaciones provenientes del Informe de Evaluación institucional; y, d) Disposiciones especí fi cas del CEPLAN. Asimismo, prevé que las actualizaciones del PEI se formalizan mediante acto resolutivo, de acuerdo con la normativa y la organización interna de la entidad; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 00136-2025-PRODUCE, de fecha 31 de marzo de 2025, se aprueba el “Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025 - 2030 del Ministerio de la Producción”; Que, por el Memorando N° 00000600-2025-PRODUCE/ DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria encuentra conforme y remite el Informe N° 00000066-2025-PRODUCE/DP-maquispem de la Dirección de Políticas de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, mediante el cual se sustenta la propuesta de actualización de la denominación de los Objetivos Estratégicos Institucionales (OEI) 03 y 17 del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025 - 2030 del Ministerio de la Producción; Que, mediante el Acta N° 002-2025-PRODUCE, de fecha 21 de julio de 2025, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de la Producción conformada por Resolución Ministerial N° 098-2018-PRODUCE, valida la propuesta de cambio de denominación del Objetivo Estratégico OEI 03 y OEI 17 del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025 - 2030 del Ministerio de la Producción; Que, a través del O fi cio N° 001014-2025-CEPLAN- DNCP, de fecha 20 de setiembre de 2025, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN remite el Informe Técnico N° 000354-2025-CEPLAN-DNCPPEI, mediante el cual verifi ca y valida que el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025 - 2030 del Ministerio de la Producción ha sido actualizado en aplicación de las orientaciones que establece la Guía para el Planeamiento Institucional, actualizada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024/CEPLAN/PCD y la Guía para la elaboración de indicadores de políticas nacionales