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55 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de octubre de 2025 El Peruano / de Brasilia de 1998, se creó la Comisión de Vecindad Peruano-Ecuatoriana, instancia de nivel político y de carácter representativo presidida por los Cancilleres de ambos países, con la fi nalidad de impulsar, apoyar y coordinar los programas, proyectos y actividades que generen comunidad de intereses y acercamiento entre el Perú y el Ecuador; Que, la Embajada de la República del Ecuador confi rmó que la XVII Reunión de la Comisión de Vecindad Peruano-Ecuatoriana se llevará a cabo en la ciudad de Quito, República del Ecuador, el 9 de octubre de 2025; Que, en el marco de la XV Reunión de la Comisión de Vecindad Peruano-Ecuatoriana de 2022, los Cancilleres del Perú y el Ecuador acordaron que, en los próximos Encuentros Presidenciales y Gabinetes Binacionales, los Ministros de Relaciones Exteriores presentarán a los mandatarios de ambos países el informe binacional sobre la ejecución del Plan de Acción aprobado el año anterior y el nuevo Plan de Acción que regirá durante el siguiente año; Que el Encuentro Presidencial y Gabinete Binacional de Ministros es el principal mecanismo de diálogo y coordinación política de más alto nivel con el Ecuador, cuyo objetivo es ampliar y profundizar la agenda bilateral con un enfoque en el desarrollo y bienestar de las poblaciones de ambos países, especialmente en la zona fronteriza; Que, el 8 de octubre, se realizará en la ciudad de Quito una reunión preparatoria de la XVII Reunión de la Comisión de Vecindad Peruano-Ecuatoriana, con el propósito de fi nalizar la negociación de los documentos a ser suscritos; Que, la Comisión de Vecindad Peruano-Ecuatoriana está presidida por el Ministro de Relaciones Exteriores, y está compuesta por el Director General de América y el Director de América del Sur, de la Dirección General de América; y, es asistida por una Secretaría Ejecutiva Nacional integrada por el Director de América del Sur, el Subdirector de Países Andinos y el Jefe del Departamento de Ecuador de la Dirección General de América; Que, en ese sentido, resulta necesaria la participación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas, Director General de América; del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Roland Piero Denegri Aguirre, Director de América del Sur, de la Dirección General de América; del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Julio Cromwell Ubillús Boada, Subdirector de Países Andinos, de la Dirección de América del Sur, de la Dirección General de América; de la Primera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Claudia Cecilia Tello Rios, Jefa del Departamento de Ecuador, de la Dirección de América del Sur, de la Dirección General de América; y, de la Tercera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Shekina María del Cielo Sánchez Salas, funcionaria de la Dirección General de América, a fi n de dar adecuado seguimiento político y diplomático a los temas a tratar; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la ciudad de Quito, República del Ecuador del 8 al 9 de octubre de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución: • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas, Director General de América;• Ministro en el Servicio Diplomático de la República Roland Piero Denegri Aguirre, Director de América del Sur, de la Dirección General de América; • Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Julio Cromwell Ubillús Boada, Subdirector de Países Andinos, de la Dirección de América del Sur, de la Dirección General de América; • Primera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Claudia Cecilia Tello Rios, Jefa del Departamento de Ecuador, de la Dirección de América del Sur, de la Dirección General de América; y, • Tercera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Shekina María del Cielo Sánchez Salas, funcionaria de la Dirección General de América. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Metas 0137175 (83) Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior – América, y 0137175 (331) Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior – América del Sur; y, Códigos POI AOI00004500025 Gestión de la Dirección General de América, y AOI00004500234 Fortalecimiento de las relaciones para la Integración y la Cooperación con los países de Sudamérica, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica (USD)Viáticos por día (USD)Número de díasTotal viáticos (USD) Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas1 211.00 370.00 1 + 1 740.00 Roland Piero Denegri Aguirre 1 211.00 370.00 1 + 1 740.00 Julio Cromwell Ubillús Boada 1 211.00 370.00 1 + 1 740.00 Claudia Cecilia Tello Rios 1 211.00 370.00 1 + 1 740.00 Shekina María del Cielo Sánchez Salas1 211.00 370.00 1 + 1 740.00 Conforme a los establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gasto de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, siguientes al término del referido viaje, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2445661-1 Autorizan viaje de comisionados a la República del Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0663-2025-RE Lima, 4 de octubre de 2025VISTOS:El Memorándum Nº OGC005392025 de la O fi cina General de Comunicación, de 29 de setiembre de 2025; la Hoja de Trámite (GAC) N° 4403 del Despacho