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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (08/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de octubre de 2025 El Peruano / salud; la información, educación y comunicación con pertinencia cultural y lingüística; y el fortalecimiento de capacidades al personal de la salud; Que, el artículo 4 del Reglamento de la Ley Nº 30421, Ley Marco de Telesalud, y del Decreto Legislativo Nº 1490, Decreto Legislativo que fortalece los alcances de la telesalud, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2021- SA, dispone que, el Ministerio de Salud diseña, formula, planea, dirige, conduce, coordina, regula, supervisa y evalúa periódicamente la Política Nacional y Sectorial de Telesalud. Asimismo, señala que, la Política Nacional y Sectorial de Telesalud, fortalece el desarrollo y la implementación de los servicios de salud, contribuyendo a garantizar la calidad, oportunidad y e fi ciencia de los mismos; para ello, la Política Nacional y Sectorial de Telesalud, se implementa por intermedio del Plan Nacional y los Planes Regionales y de Lima Metropolitana, que permiten articular la intervención pública y privada, para sostener el desarrollo e implementación de los servicios de telesalud, en bienestar de la población; Que, el artículo 103 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modi fi catorias, establece que la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, responsable de formular e implementar la política de telesalud en el Sector Salud. Es responsable de implementar infraestructura tecnológica interoperable que permita la articulación de los servicios de telesalud, los servicios de Consejería integral en Salud-INFOSALUD y los Servicios de Atención Móvil de Urgencias. Gestiona la articulación de la información en salud y los servicios de salud a través del uso de tecnologías de la información y comunicación (TIC); Que, asimismo, los literales a), b), c), d) y e) del artículo 104 del antes citado Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establecen que son funciones de la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias, proponer, coordinar, supervisar, evaluar y dirigir la política sectorial de telesalud, bajo cuyo marco elabora el Plan Nacional de Telesalud, para proponer normas, lineamientos, planes, estrategias para implementar los ejes de desarrollo de la telesalud y para gestionar la Telegestión de la telesalud en el Sector Salud; asimismo, articular y evaluar la Red Nacional de Telesalud, en sus ejes de desarrollo: La prestación de los servicios de salud, la gestión de los servicios de salud, la información, la educación y comunicación a la población sobre los servicios de salud, y el fortalecimiento de capacidades del personal de salud; implementar la infraestructura tecnológica interoperable para articular los servicios de telesalud, INFOSALUD y el SAMU; y, normar y gestionar la articulación de la información en salud y los servicios de salud a través del uso de tecnologías de la información y comunicación (TIC); Que, mediante Resolución Ministerial 356-2022/ MINSA, se dispone que los Sistemas de Información de Historias Clínicas Electrónicas cuya titularidad sea ejercida por el Ministerio de Salud, se denomine Sistemas de Información de Historias Clínicas Electrónicas - SIHCE del MINSA, con alcance a los establecimientos de salud del primer, segundo y tercer nivel de atención, quedando modi fi cado en dicho sentido los documentos normativos que se hayan establecido para estos fi nes; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 553-2025/ MINSA, se disponer que el Sistema de Información de Historias Clínicas Electrónicas - SIHCE del MINSA, sea implementado y usado de manera obligatoria en los establecimientos de salud del primer nivel de atención del Ministerio de Salud y de los gobiernos regionales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 608-2025/ MINSA se aprueba la NTS Nº 232-MINSA/DIGTEL/2025: “NORMA TÉCNICA DE SALUD EN TELESALUD”; con la fi nalidad de contribuir a mejorar el acceso equitativo y la calidad de los servicios de salud a los usuarios mediante el uso de la telesalud, promoviendo la complementariedad, continuidad y sostenibilidad del cuidado integral de la salud, centrado en la persona, su entorno familiar y su comunidad, procurando un Sistema Nacional de Salud efi ciente;Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la normatividad vigente, el Ministerio de Salud, a través de la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias, en el marco de sus competencias y funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, a través del documento del visto, considera la necesidad de actualizar la NTS Nº 232-MINSA/DIGTEL/2025: “NORMA TÉCNICA DE SALUD EN TELESALUD”, a fi n de fortalecer el SIHCE del MINSA, en su componente de telemedicina, para su uso en la gestión de la información relacionada a las prestaciones de telemedicina; Con el visado de la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias; de la O fi cina General de Tecnologías de la Información; de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; de la Secretaría General; y, del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modi fi cado mediante los Decretos Supremos Nº 011- 2017-SA y Nº 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la NTS Nº 235-MINSA/ DIGTEL/2025, “NORMA TÉCNICA DE SALUD EN TELESALUD” que, como anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 608-2025/MINSA, que aprueba la NTS Nº 232-MINSA/ DIGTEL/2025: “NORMA TÉCNICA DE SALUD EN TELESALUD”. Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias que efectúe la difusión, implementación, supervisión y asistencia técnica de la Norma Técnica de Salud que se aprueba mediante la presente Resolución Ministerial. Artículo 4. - Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la misma y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud, el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2446027-1 Aprueban la NTS N° 236-MINSA/ DGIESP-2025 Norma Técnica de Salud “Diagnóstico y Tratamiento Temprano de la Endometriosis” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 665-2025/ MINSA Lima, 7 de octubre del 2025 VISTO, el Expediente Nº DGIESP- DSARE20250000080, que contiene la Nota Informativa Nº D000905-2025-DGIESP-MINSA que anexa la Nota Informativa Nº D000159-2025-DGIESP-DSARE-MINSA y el Informe Nº D000006-2025-DGIESP-DSARE-JAG- MINSA, la Nota Informativa Nº D001352-2025-DGIESP-MINSA que adjunta la Nota Informativa Nº D000245-2025-DGIESP-DSARE-MINSA, el Memorándum Nº D003634-2025-DGIESP-MINSA que adjunta la Nota Informativa Nº D000359-2025-DGIESP-DSARE-MINSA,