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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (29/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de octubre de 2025 El Peruano / los literales e), f), g), h) y l) del numeral 37.1 del artículo 37 del Reglamento; sin perjuicio de lo cual actualizó el plano de ubicación y memoria descriptiva de la infraestructura inmobiliaria en la que opera el centro de inspección técnica vehicular, su nómina de personal técnico y contratos de trabajo con los profesionales y/o profesionales técnicos que la integran (un Ingeniero Supervisor Titular, un Ingeniero Supervisor Suplente y cuatro Inspectores, incluido uno por acreditar); Que, mediante O fi cio Nº 20228-2025-MTC/17.03 de fecha 18 de junio de 2025, la Dirección de Circulación Vial consultó a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, si el CITV registra sanción de cancelación de la autorización e inhabilitación de fi nitiva para obtener nueva autorización, recaída en acto administrativo fi rme y/o que haya agotado la vía administrativa; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-288951-2025 de fecha 27 de junio de 2025, SUTRAN remitió el O fi cio Nº D000589-2025-SUTRAN-GPS de la misma fecha, a través del cual señala que el CITV no registra sanción de cancelación de la autorización e inhabilitación defi nitiva para obtener nueva autorización, recaída en acto administrativo fi rmes y/o que haya agotado la vía administrativa; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-304559-2025 de fecha 07 de julio de 2025, el CITV presentó documentación complementaria, consistente en plano de ubicación, plano de circulación, plano de arquitectura y distribución y memoria descriptiva de la infraestructura inmobiliaria; Que, mediante Informe Nº 040-2025-MTC/17.03.01/lpc de fecha 09 de julio de 2025, se concluyó que la solicitud presentada por el CITV, en el extremo correspondiente a las especi fi caciones y características de la infraestructura inmobiliaria, con relación a los aspectos generales, plano de distribución, plano de ubicación y memoria descriptiva, no cumplió con el Reglamento y el Anexo 2 “Infraestructura inmobiliaria mínima requerida para los centros de inspección técnica vehicular”, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; Que, a través del O fi cio Nº 22745-2025-MTC/17.03 de fecha 11 de julio de 2025, noti fi cado el 14 de julio de 2025, se formularon observaciones a la solicitud presentada por el CITV, respecto de la documentación (presentar documentación que acredite posesión legítima de la infraestructura inmobiliaria), recursos humanos (precisar si existe relación laboral con el personal técnico activo que no fi gura en su solicitud de renovación y presentar información respecto al nuevo inspector propuesto) e infraestructura inmobiliaria (precisiones a la memoria descriptiva, planos de ubicación y distribución), requiriéndole la subsanación en el plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-338288-2025 de fecha 30 de julio de 2025, el CITV presentó documentación con la que subsanó en parte, las observaciones advertidas en el O fi cio Nº 22745-2025-MTC/17.03, en lo referido a a recursos humanos (presentó la baja del personal técnico que, pese a no prestar servicios para el CITV, fi gura activo en la nómina registrada en el Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito – SINARETT) ; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-340158-2025 de fecha 30 de julio de 2025, el CITV presentó documentación adicional con la que subsanó las observaciones advertidas en el O fi cio Nº 22745-2025-MTC/17.03, respecto a la documentación (adjuntó contrato de arrendamiento de la infraestructura inmobiliaria del CITV), recursos humanos (se desistió de la acreditación del nuevo inspector propuesto), y respecto de la Infraestructura Inmobiliaria (presentó memoria descriptiva, y planos de ubicación y distribución actualizados); Que, a través de la consulta realizada en el Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito – SINARETT, se advierte que mediante O fi cio Nº 25082- 2025-MTC/17.03 de fecha 01 de agosto de 2025, se acreditó a un nuevo inspector en la nómina de personal técnico del CITV; Que, mediante Informe Nº 047-2025-MTC/17.03.01/ lpc de fecha 01 de agosto de 2025, que versa sobre el análisis de la memoria descriptiva y los planos de distribución y ubicación, se concluyó que la solicitud presentada por el CITV no cumplió con la normativa vigente respecto a las especi fi caciones y características de la infraestructura inmobiliaria; Que, a través del O fi cio Nº 25582-2025-MTC/17.03 de fecha 07 de agosto de 2025, noti fi cado en la misma fecha, se reiteró las observaciones que no fueron subsanadas satisfactoriamente por el CITV, respecto a infraestructura inmobiliaria (precisiones a la memoria descriptiva, planos de ubicación y distribución), así como se advirtió el vencimiento del certi fi cado de homologación de quipos y constancia de calibración de equipos presentados; requiriéndole la subsanación en el plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-355198-2025 de fecha 08 de agosto de 2025, el CITV presentó documentación con la que subsanó las observaciones advertidas en el O fi cio Nº 25582-2025-MTC/17.03, respecto a la Infraestructura Inmobiliaria (presentó sus descargos a la observación realizada, adjuntando de igual manera, memoria descriptiva, planos de ubicación y distribución actualizados); y adjuntó certi fi cados de homologación de equipos y constancia de calibración de equipos vigentes; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-359636-2025 de fecha 12 de agosto de 2025, el CITV solicitó la suspensión del cómputo del plazo del procedimiento de renovación de autorización para operar como CITV, por un periodo de diez (10) días hábiles; Que, a través del O fi cio Nº 26328-2025-MTC/17.03 de fecha 12 de agosto de 2025, noti fi cado en la misma fecha, se concedió la suspensión del cómputo de plazo del procedimiento, por un plazo de diez (10) días hábiles, siendo contabilizado desde el 12 de agosto de 2025 hasta el 25 de agosto de 2025; o, en su defecto, hasta la presentación de alguna documentación relacionada a la solicitud de renovación de la autorización para operar como CITV; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-373059-2025 de fecha 19 de agosto de 2025, el CITV presentó documentación actualizada, referida a la Infraestructura Inmobiliaria (adjuntando memoria descriptiva, planos de ubicación y distribución). Asimismo, se advierte que dicha documentación fue ingresada adicionalmente a través de la Hoja de Ruta Nº E-373276-2025 de la misma fecha; Que, mediante Informe Nº 053-2025-MTC/17.03.01/ lpc de fecha 19 de agosto de 2025, que versa sobre el análisis de la memoria descriptiva y los planos de distribución y ubicación, se concluyó que la solicitud presentada por el CITV cumple con la normativa vigente respecto a las especi fi caciones y características de la infraestructura inmobiliaria; Que, a través del O fi cio Nº 27393-2025-MTC/17.03, de fecha 19 de agosto de 2025, noti fi cado en la misma fecha, se procedió a comunicar al CITV, la programación de la inspección in situ, para el día 20 de agosto de 2025, con el objeto de veri fi car el cumplimiento de las condiciones y requisitos para acceder a la renovación de la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular; Que, conforme a lo indicado en el Acta Nº 136-2025- MTC/17.03.01 de fecha 20 de agosto de 2025, se realizó la inspección in situ en el local ubicado en Parcela Nº 12, predio San Andrés, alt. Km. 8.9, La Esperanza, distrito de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco, constatándose que cumple con mantener las condiciones establecidas, referidas a infraestructura inmobiliaria, equipamiento y recursos humanos, señaladas en el literal a) del artículo 43 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias; sin perjuicio de haberse identi fi cado una discrepancia en la ubicación de los estacionamientos de pre-inspección y post-inspección, respecto a lo indicado en el plano de distribución; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-377680-2025 de fecha 21 de agosto de 2025, el CITV presentó documentación relacionada a la infraestructura inmobiliaria (adjunta plano de distribución actualizado, donde precisa la ubicación de los estacionamientos de pre-inspección y post-inspección), dando cumplimiento a las condiciones establecidas, referidas a infraestructura