Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (06/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Sábado 6 de setiembre de 2025 El Peruano / banda de frecuencias de 3.5 GHz, el cual está integrado por las siguientes personas: Miembros titulares Miembros alternos Dependencia José Vidal Huarcaya, PresidenteDennis Roy Lezama Zamora, PresidenteDirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones Luis Alberto Herrera CazorlaLiz Bony Asencios PinedaDirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones Diego Armando Navarro GrandaManuel Jesús Zorrilla GutarraDirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones Artículo Segundo.- Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones remita al Comité designado en el artículo precedente, la documentación correspondiente para el correcto desempeño de sus funciones. Artículo Tercero.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones y a los miembros del Comité designados en la presente resolución. Artículo Cuarto.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución Viceministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLO RENATO DE LOS SANTOS LA SERNA Viceministro de Comunicaciones 2435886-1 Aprueban el texto de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 315 “Servicio de Información Aeronáutica” Nueva Edición, Enmienda 3 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0579-2025-MTC/12 Lima, 21 de agosto del 2025VISTO: el Informe N° 0498-2025-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico de la Dirección General de Aeronáutica Civil; CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú siendo competente para aprobar, modi fi car y dejar sin efecto las Regulaciones Aeronáuticas del Perú (RAP) y las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo 9 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y el literal b) del artículo 2 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, el artículo 7° del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil pone en conocimiento público los proyectos sujetos a aprobación o modi fi cación de las RAP con una antelación de quince días calendario; Que, mediante Resolución Directoral N° 0465-2021- MTC/12, del 28 de setiembre de 2021, se aprobó el texto de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 315 “Servicio de Información Aeronáutica” Nueva Edición, Enmienda 2; Que, dentro del proceso de elaboración normativa, mediante Resolución Directoral N° 0427-2025-MTC/12, del 05 de junio de 2025, se aprobó la difusión del texto del proyecto de modi fi cación de la Regulación Aeronáutica del Perú–RAP 315 “Servicio de Información Aeronáutica” Nueva Edición, Enmienda 2, que pasará a ser Nueva Edición, Enmienda 3; el texto del proyecto de modi fi cación de la citada RAP no ha recibido comentarios; Que, la modi fi cación propuesta se basa, principalmente, en la armonización de la RAP 315 con las Enmiendas 43 y 44 del Anexo 15 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional; Que, la propuesta normativa cuenta con las opiniones favorables de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico, la Dirección de Seguridad Aeronáutica y la Dirección de Certi fi caciones y Autorizaciones, así como la conformidad para su aprobación de la asesoría legal de la Dirección General de Aeronáutica Civil, emitidas mediante Informe N° 0498-2025-MTC/12.08, Memorando N° 1481-2025-MTC/12.04, Memorando N° 0675-2025-MTC/12.07 y Memorando N° 1012-2025-MTC/12.00.03, respectivamente; De conformidad con la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el texto de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 315 “Servicio de Información Aeronáutica” Nueva Edición, Enmienda 3, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto los textos anteriores de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 315, materia de modi fi cación. Artículo 3.- El texto de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 315 “Servicio de Información Aeronáutica” Nueva Edición, Enmienda 3, es publicado en la Plataforma digital única del Estado peruano https://www.gob.pe/ institucion/mtc/colecciones/193). Regístrese, comuníquese y publíquese. DONALD HILDEBRANDO IVÁN CASTILLO GALLEGOS Director General de Aeronáutica Civil 2435395-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Disponen publicación del proyecto de Resolución Ministerial que deroga la Resolución Ministerial N° 336-2018-VIVIENDA y aprueba el Reglamento Operativo del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos, así como del texto del citado proyecto de Reglamento Operativo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 232-2025- VIVIENDA Lima, 5 de setiembre de 2025 VISTOS: El Informe Nº 181-2025-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (DGPPVU); el Informe Nº 714-2025-VIVIENDA/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (OGAJ); y,