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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (06/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Sábado 6 de setiembre de 2025 El Peruano / Artículo 6.- Colaboración, asesoramiento y aporte técnico de entidades y profesionales 6.1 El Grupo de Trabajo puede convocar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de otras instituciones públicas y privadas, así como a profesionales especializados para que colaboren con el cumplimiento de su objeto. 6.2 Para el cumplimiento de sus funciones, el Grupo de Trabajo puede requerir información a otras instituciones públicas y privadas del ámbito nacional e internacional, así como la asistencia especializada de los órganos del MINEM, quienes coadyuvan al cumplimiento de su objeto. Artículo 7.- Instalación El Grupo de Trabajo Multisectorial se instala en un plazo máximo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 8.- Período de Vigencia El Grupo de Trabajo Multisectorial es de naturaleza temporal y tendrá una vigencia de noventa (90) días calendario, contados a partir del día hábil siguiente de su instalación, plazo en el cual emite un informe fi nal dirigido al Titular del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 9.- Financiamiento Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 10.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2435563-1 INTERIOR Designan Subprefectos(as) Distritales en las regiones de Cajamarca, Lambayeque y La Libertad RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 508-2025-IN-VOI- DGIN Lima, 2 de setiembre de 2025VISTO: El Informe N° 0001391-2025/IN/VOI/DGIN/DAP de fecha 28 de agosto de 2025, emitido por la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior y el Informe N° 000375-2025-IN-OGRH-ODRH del 01 de septiembre de 2025, emitido por la O fi cina de Desarrollo de Recursos Humanos de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y; CONSIDERANDO: Que, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1266, determina el ámbito de competencia, las funciones y estructura orgánica del Ministerio del Interior, cuyo numeral 13, del inciso 5.2, del artículo 5 establece como una de las funciones especí fi cas del Ministerio del Interior, otorgar garantías personales e inherentes al orden público; así como dirigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional; Que, el artículo 117 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, establece que la Dirección General de Gobierno Interior es el órgano encargado de dirigir y supervisar el accionar de las autoridades políticas designadas; Que, en el literal b) del artículo 118 del precitado Reglamento, se establece como una de las funciones de la Dirección General de Gobierno Interior, dirigir, designar, remover, aceptar la renuncia y encargar el puesto como las funciones a los Subprefectos Provinciales y Subprefectos Distritales, garantizando la presencia del Estado en el territorio nacional; Que, a través de los informes de visto, la Dirección de Autoridades Políticas propone a la Dirección General de Gobierno Interior, la designación de distintas autoridades políticas a nivel nacional; de conformidad a lo establecido en el literal g) del artículo 121 del precitado Reglamento; Que, de acuerdo a lo informado por la O fi cina de Desarrollo de Recursos Humanos de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, la propuesta presentada por la Dirección de Autoridades Políticas cumplen con los requisitos establecidos en el Anexo N° 02 “Formato del per fi l de puestos o cargos bajo régimen del Decreto Legislativo N° 276, 728, 1057 y/o Carreras Especiales” del Manual de Per fi les de Puestos del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 132-2025-IN-SG y no se encuentran impedidos/as para el ejercicio de la función pública; Que, la propuesta efectuada ha seguido con los lineamientos establecidos por la Directiva N° 009-2024-IN-VOI-DGIN “Directiva para la designación, remoción, aceptación de renuncia y encargatura de puesto y funciones de las autoridades políticas a nivel nacional”; Que, al inicio y cese de su gestión, las autoridades políticas deberán formular y presentar las declaraciones juradas de bienes y rentas, así como las declaraciones juradas de intereses, a fi n de dar cumplimiento al marco normativo vigente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modi fi catorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Resolución Ministerial N° 0771-2024-IN del 11 de junio de 2024, que aprueba la Directiva N° 009-2024-IN-VOI-DGIN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar en el cargo de Subprefectos(as) Distritales a los siguientes ciudadanos: N° NOMBRES APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO DNI DISTRITO PROVINCIA REGIÓN 1. JORGE VICTOR LOZANO RODAS 43475143 BOLIVAR SAN MIGUEL CAJAMARCA 2. JUAN CARLOS SANDOVAL LUCERO 27748281 JAYANCA LAMBAYEQUE LAMBAYEQUE 3. FLORCITA YULISA APONTE CASPITO 76673481 SANTA CRUZ DE CHUCA S ANTIAGO DE C HUCO LA LIBERTAD 4. BETSABE MARISOL GARCIA REBAZA 45282260 VICTOR LARCO HERRERA TRUJILLO LA LIBERTAD Artículo 2.- Las autoridades políticas designadas deberán formular y presentar las declaraciones juradas de bienes y rentas, así como las declaraciones juradas de intereses, a fi n de dar cumplimiento al marco normativo vigente.