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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (06/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Sábado 6 de setiembre de 2025 El Peruano / MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Director II de la Oficina de Procesos Técnicos de Personal de la Oficina General de Recursos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000309-2025- MIMP Lima, 4 de setiembre del 2025VISTOS, el Proveído Nº D011669-2025-MIMP-SG de la Secretaría General; el Informe Nº D000768-2025- MIMP-OPTP de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal; el Memorándum Nº D001357-2025-MIMP-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe Nº D000713-2025-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Director/a II de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en consecuencia, es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial Nº 306-2024-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor ALVARO BRYAN CHAVEZ MIRANDA en el cargo de con fi anza de Director II de de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal de la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA PEÑA CARDOZA Ministra 2435890-1 RELACIONES EXTERIORES Disponen que la Representación Permanente del Perú ante la Oficina Internacional de Exposiciones - BIE, con sede en París, se encuentra a cargo de la Embajada del Perú en Francia y modifican la R.S. N° 161-2024-RE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 137-2025-RE Lima, 5 de setiembre de 2025VISTOS: La Hoja de Trámite (GAB) Nº 946 del 23 de mayo de 2025, del Despacho Ministerial; el Memorándum DAC006272025 del 12 de junio de 2025, de la Dirección General para Asuntos Culturales; el Memorándum Nº LEG014362025 del 9 de julio de 2025, de la O fi cina General de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO:Que, la O fi cina Internacional de Exposiciones - BIE es un organismo intergubernamental con sede en París, República Francesa, que regula y supervisa la organización de exposiciones internacionales, de carácter no comercial y de más de tres semanas de duración, con la misión de garantizar la calidad y el éxito de estos eventos mundiales, proteger los derechos de los países organizadores y participantes, así como preservar sus valores fundamentales de educación, innovación y cooperación; Que, la República del Perú es Estado Parte del Convenio Internacional de París de 1928 que creó la O fi cina Internacional de Exposiciones - BIE y sus protocolos y convenios adicionales modi fi catorios, siendo su Ministerio de Relaciones Exteriores el encargado de conducir, orientar y evaluar la participación del Perú en dicho organismo internacional, así como el pago de las cuotas por su membresía, a cargo de sus órganos de línea y de apoyo, de acuerdo a sus competencias; Que, las actividades de la O fi cina Internacional de Exposiciones - BIE y de sus órganos de gobierno, tales como Asamblea General, Comisión Ejecutiva, Comisión de Reglamento, Comisión de Administración y Comisión de Información, comprenden, entre otros, la elección de los países an fi triones de las exposiciones universales e internacionales, su regulación en el marco de la Convención de París de 1928 y protocolos modi fi catorios, la aprobación y cumplimiento de las reglas que regulan dichas exposiciones de carácter no comercial, el establecimiento de las cuotas de los países miembros y la aprobación del presupuesto, así como las políticas de información y diplomacia pública para la organización; Que, la representación de la República del Perú ante la Ofi cina Internacional de Exposiciones - BIE se encontraba a cargo de la Embajada de la República del Perú en la República Francesa, incluyendo a los órganos de gobierno, a los que se accede por elección de los Estados Parte; sin embargo, mediante Resolución Suprema Nº 161-2024-RE se dispone la apertura de la Representación Permanente de la República del Perú ante los organismos económicos internacionales con sede en la ciudad de París, República Francesa, en cuya parte considerativa se enumeran, entre otros, a la O fi cina Internacional de Exposiciones – BIE, ante la cual la República del Perú precisa contar con una representación permanente, razón por la que, a partir de la promulgación de la aludida resolución suprema, la Ofi cina Internacional de Exposiciones – BIE se encuentra a cargo de la Representación Permanente de la República del Perú ante los organismos económicos internacionales con sede en la ciudad de París, República Francesa; Que, dada la naturaleza de las actividades y los asuntos de competencia de la O fi cina Internacional de Exposiciones - BIE y sus órganos de gobierno, es conveniente que la Embajada de la República del Perú en la República Francesa se encuentre nuevamente a cargo de su representación ante dicho organismo internacional; Que, consecuentemente, corresponde indicar de manera expresa que la Representación Permanente de la República del Perú ante los organismos económicos internacionales con sede en París, República Francesa, establecida por Resolución Suprema Nº 161-2024-RE, continuará ejerciendo la representación ante los demás organismos considerados en ella, con excepción de la Ofi cina Internacional de Exposiciones – BIE; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el numeral 11 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091,