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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (20/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Sábado 20 de setiembre de 2025 El Peruano / adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fi scalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como de brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, encontrándose vacante el cargo de Intendente Regional de la Intendencia Regional de Loreto de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, corresponde designar a la persona que asumirá dicho cargo; Con el visado del Gerente General, del Jefe de la Ofi cina de Recursos Humanos y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2022-TR y por la Resolución de Superintendencia Nº 284-2022-SUNAFIL. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir del 22 de setiembre de 2025, al señor LEE PAOLO RIVERA GUERRA, en el puesto de Intendente Regional de la Intendencia Regional de Loreto de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, cargo considerado de con fi anza. Artículo 2.- Notifi car a la Unidad Funcional de Integridad Institucional, a efectos de que realice el seguimiento del cumplimiento de suscripción de las Declaraciones Juradas de Intereses en la oportunidad y en los plazos correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE MICHAEL GUEVARA VARELA Superintendente 2440718-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Modifican la Resolución Administrativa N° 000286-2025-CE-PJ, reprogramando fecha de inicio de funcionamiento y ampliando competencia territorial de la Unidad Piloto de Flagrancia Delictiva del Distrito Judicial de Cañete Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000346-2025-CE-PJ Lima, 18 de setiembre del 2025VISTO: El O fi cio N° 001757-2025-ST-CNF-PJ, cursado por señor Edman Rodríguez Vásquez, Secretario Técnico de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial, que contiene la propuesta ampliación de competencia de la Unidad Piloto de Flagrancia Delictiva del Distrito Judicial de Cañete. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante sesión extraordinaria de fecha 21 de enero de 2022, la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal; acordó que el Poder Judicial, asuma el liderazgo del proyecto de implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú, en esa línea de ideas el órgano de gobierno ha emitido la Resolución Administrativa N° 000093-2022-CE-PJ, que constituye la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú, modi fi cado por la Resolución Administrativa N° 000369-2023-CE-PJ , que reconforma la referida comisión precisando las funciones a realizar, disponiendo además otras medidas administrativas. Segundo. Que, la Ley N° 32348 1 de fecha 23 de mayo 2025, Ley que crea el Sistema Nacional de Justicia Especializado en Flagrancia Delictiva e implementa las Unidades de Flagrancia delictiva a nivel nacional, ha establecido en su Artículo 5°, como instancia Sistema Nacional de Justicia Especializado en Flagrancia Delictiva, El Consejo Nacional de Justicia Especializado en Flagrancia Delictiva, que cuenta con una Secretaría Técnica, disposición que se ha materializado dando cumplimiento al Artículo 7°, numeral 7.4 de la precitada Ley. Tercero. Que, mediante O fi cios N°s 000411-2025-PR- CSJCÑ y 000452-2025-PR-CSJCÑ emitidos por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete, se ha identi fi cado la necesidad de ampliar la competencia territorial de los órganos jurisdiccionales referidos en la Resolución Administrativa N° 00286-2025-CE-PJ a los distritos de San Luis, Imperial, Cerro Azul, Quilmaná y Nuevo Imperial, que esta petición obedece a la necesidad de garantizar el acceso a la justicia y la atención adecuada de los procesos judiciales vinculados a los delitos en fl agrancia. Cuarto. Que, de acuerdo con la información estadística del Sistema Integrado Judicial (SIJ), entre los años 2022 y junio de 2025 se registraron 607 ingresos por procesos en fl agrancia, proyectándose 730 nuevos casos para el periodo 2026–2028, lo que evidencia una tendencia sostenida de incremento en la demanda judicial en esta materia y justi fi ca la consolidación de una unidad especializada que optimice la tramitación de dichos procesos. Quinto. Que, las competencias territoriales previamente asignadas al Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria y al Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Permanente del Distrito Judicial de Cañete, mediante las Resoluciones Administrativas Nros. 379-2009-CE-PJ y 149-2016-CE-PJ, establecen una base jurídica y operativa sólida para la ampliación de funciones de la Unidad de Flagrancia. Ambos órganos ya atienden casos en los distritos de San Vicente de Cañete, Imperial, Nuevo Imperial, Quilmaná, San Luis, y Cerro Azul, lo que respalda la viabilidad de consolidar un modelo especializado que abarque dichos distritos bajo un esquema uni fi cado de atención inmediata de delitos fl agrantes. Sexto. Que, si bien la Resolución Administrativa N° 00286-2025-CE-PJ estableció como fecha de inicio de funcionamiento el 6 de diciembre de 2025, resulta pertinente precisar que, en atención a la ampliación de competencia y al proceso de plani fi cación interinstitucional que involucra a los cuatro operadores de justicia, con el objeto de alinear y garantizar una adecuada implementación, corresponde reprogramar dicha fecha. Ello en virtud del compromiso y la disposición asumidos para asegurar que, la Unidad de Flagrancia cuente con la capacidad operativa plenamente instalada y en condiciones de brindar un servicio e fi caz e inmediato a la ciudadanía. Setimo. De los numerales precedentes y realidad advertida, la implementación de la Unidad Modelo de Flagrancia Delictiva tipo III en el Distrito Judicial de Cañete, se presenta como una solución efectiva para optimizar la administración de justicia, mejorar la coordinación interinstitucional y garantizar una respuesta judicial inmediata a los delitos fl agrantes. En esa línea, como medida urgente la implementación de un plan piloto de Unidad de Flagrancia en los distritos de San Vicente de Cañete, San Luis, Imperial, Cerro Azul, Quilmaná y Nuevo Imperial.