Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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59 NORMAS LEGALES Jueves 9 de abril de 2026 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR, en el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Fuero Militar Policial al Capitán de Navío CJ (R) Augusto Rafael PINEDO MANTILLA, a partir del 01 de abril de 2026. Artículo 2°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/fmp), en el Portal de Transparencia Estándar, y en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.DARIO VÁSQUEZ ROJAS Presidente del Fuero Militar Policial 2503226-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Otorgan diploma duplicado de título profesional en Ingeniería y Ciencias Humanas, Esp. Mecánica Automotriz de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN N° 1875-2026-CU-GYT/UNCP Huancayo, 19 de marzo de 2026 Visto, el expediente del ciudadano SAUL JOAQUIN GUERE LUNA, solicita expedición de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL en INGENIERÍA Y CIENCIAS HUMANAS, ESP.: MECÁNICA AUTOMOTRIZ, por pérdida. Cumple con los requisitos de acuerdo con la Directiva N° 001-2018-SG-UNCP. CONSIDERANDO: De conformidad a los artículos 13° y 14° de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; De conformidad al Congreso de la República dio la Ley N° 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, que autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; De conformidad al Congreso a la Resolución N° 1525- 06-ANR, modi fi cada con Resolución N° 1895-2006-ANR, publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; De conformidad a la Resolución N° 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones N° 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; De conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma;De conformidad a la Resolución N° 3723-CU-2018 del 25.04.2018, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la “Directiva N° 001-2018-SG-UNCP, Directiva Interna para adaptar las modi fi caciones al Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos - SUNEDU”; Que, don SAUL JOAQUIN GUERE LUNA, solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL en INGENIERÍA Y CIENCIAS HUMANAS, ESP.: MECÁNICA AUTOMOTRIZ, por pérdida, el mismo que fue expedido por esta Universidad. De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 19 de marzo de 2026. RESUELVE: 1º.- ANULAR el DIPLOMA PRIMIGENIO de TÍTULO PROFESIONAL en INGENIERÍA Y CIENCIAS HUMANAS, ESP.: MECÁNICA AUTOMOTRIZ, de don SAUL JOAQUIN GUERE LUNA, de fecha primigenio 08.01.2007, por motivo de pérdida. 2º.- OTORGAR el DIPLOMA DUPLICADO DE TÍTULO PROFESIONAL en INGENIERÍA Y CIENCIAS HUMANAS, ESP.: MECÁNICA AUTOMOTRIZ, a don SAUL JOAQUIN GUERE LUNA. 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaría General y a la Facultad de Ingeniería y Ciencias Humanas. Regístrese, comuníquese y cúmplase, CESAR PAUL ORTIZ JAHN Rector JOHANI ORIHUELA OSORIO Secretaria General 2501160-1 Otorgan diploma duplicado de título profesional en pedagogía y humanidades; esp.: biología y química a egresada de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 1876-2026-CU-GYT/ UNCP Huancayo, 19 de marzo de 2026 Visto, el expediente de la ciudadana AMELIA YESENIA CHAVARRIA HUAYTA, solicita expedición de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL en PEDAGOGÍA Y HUMANIDADES; ESP.: BIOLOGÍA Y QUÍMICA, por pérdida. Cumple con los requisitos de acuerdo con la Directiva N° 001-2018-SG-UNCP. CONSIDERANDO: De conformidad a los artículos 13° y 14° de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; De conformidad al Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, que autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; De conformidad al Congreso a la Resolución Nº 1525- 06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de