Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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23 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de febrero de 2026 El Peruano / difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, establece que los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso. Asimismo, el literal c) del párrafo 20.1 del artículo 20 de la referida norma, señala que el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario; Con el visado de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; y, el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024- JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo Se dispone la publicación del proyecto de decreto supremo que aprueba los “Lineamientos para la Notificación Excepcional de conformidad al párrafo 23.3 del artículo 23 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General” y la exposición de motivos que lo sustenta, en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Plazo de recepción de comentarios Se establece el plazo de quince (15) días calendario, a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial, a fin de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales en general, sobre el proyecto normativo referido en el artículo 1. Artículo 3.- Procesamiento y sistematización de comentarios Se encarga a la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten sobre el proyecto de decreto supremo que aprueba los “Lineamientos para la Notificación Excepcional de conformidad al párrafo 23.3 del artículo 23 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General”. Artículo 4.- Canales de comunicación Las sugerencias, comentarios o recomendaciones pueden ser presentados en la Mesa de Partes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ubicada en Calle Scipión Llona N° 350, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; así como a través de Mesa de Partes Virtual, cuya dirección virtual es: https://sgd.minjus.gob.pe/sgd-virtual/public/ciudadano/ ciudadanoMain.xhtml, o a través del siguiente correo electrónico: [email protected]. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER E. MARTÍNEZ LAURA Ministro Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 2487781-1PRODUCE Autorizan viaje de Viceministro de Pesca y Acuicultura a la República de Panamá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000037-2026-PRODUCE Lima, 17 de febrero de 2026 VISTOS: La Carta G133-2025 de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur; el Informe N° 00000034-2026-PRODUCE/DSE de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; el Memorando N° 00000167-2026-PRODUCE/ DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; el Memorando N° 00000103-2026-PRODUCE/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; el Memorando N° 00000077-2026-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 00000010-2026-PRODUCE/OGA de la Oficina General de Administración; el Memorando N° 00000015-2026-PRODUCE/GABINETE-ASESORES; y el Informe N° 00000186-2026-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pacífico Sur es el tratado constitutivo de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur (OROP-PS), organización comprometida con la conservación a largo plazo y el uso sostenible de los recursos pesqueros y, de esa manera, con la protección de los ecosistemas marinos en los que se encuentran dichos recursos. Actualmente, la OROP-PS está conformada por 17 miembros y 2 países como Partes Cooperantes No Contratantes, siendo el Perú miembro de dicha organización internacional, con derecho a voz y voto en los procesos de toma de decisión, a partir del año 2016; participación a cargo del Ministerio de la Producción como rector del subsector pesca; Que, mediante la Carta G133-2025, la OROP-PS invita al Ministerio de la Producción, en su calidad de miembro, a participar en la 14a Reunión Anual de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur, a realizarse del 24 de febrero al 6 de marzo de 2026, en la ciudad de Panamá, República de Panamá; Que, mediante el Informe N° 00000034- 2026-PRODUCE/DSE, la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura sustenta técnicamente la participación del señor JESUS ELOY BARRIENTOS RUIZ, Viceministro de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, en la Reunión de Jefes de Delegación que desarrollará en el marco de la 14a Reunión Anual de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur, a efectos de participar en la adopción de decisiones, conforme a la posición nacional; precisándose que dicha participación irroga gasto; Que, mediante el Memorando N° 00000167- 2026-PRODUCE/DVPA, el Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura solicita la autorización de viaje al exterior del citado funcionario; Que, mediante el Memorando N° 00000015- 2026-PRODUCE/GABINETE-ASESORES, la Alta Dirección otorga su conformidad, a fin de continuar con el trámite correspondiente; asimismo, comunica la encargatura del citado Despacho; Que, mediante el Memorando N° 00000103- 2026-PRODUCE/OGRH, la Oficina General de Recursos Humanos remite el Informe N° 00000009-2026-PRODUCE/ STOI de su Secretaría Técnica de los Órganos Instructores, a través del cual concluye, entre otros, que el citado funcionario no tiene impedimento para viajar al exterior;