Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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71 NORMAS LEGALES Jueves 16 de julio de 2026 El Peruano / Que, por el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA se aprueban sesenta y seis (66) Normas Técnicas del RNE comprendidas en el Índice citado en el considerando precedente, entre ellas, la Norma Técnica A.130 “Requisitos de Seguridad” contenida en el Título III Arquitectura del RNE; la misma que ha sido modi fi cada por el Decreto Supremo N° 017-2012-VIVIENDA y la Resolución Ministerial N° 061-2021-VIVIENDA; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 271-2024-VIVIENDA, se crea el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, denominado “Grupo de Trabajo para la actualización de la Norma Técnica A.130 Requisitos de Seguridad del Reglamento Nacional de Edi fi caciones”, el mismo que tiene entre sus funciones: a) Analizar la Norma Técnica A.130 Requisitos de Seguridad del RNE; b) Aportar casuística sobre los alcances y aplicación de la referida Norma Técnica; y c) Elaborar la propuesta de actualización de la Norma Técnica A.130 Requisitos de Seguridad del RNE; Que, mediante la Nota N° 173-2026-VIVIENDA/ VMVU-DGPRVU, la DGPRVU en base al Informe Técnico Legal N° 024-2026-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DV-JJLL-AMQP de su Dirección de Vivienda, sustenta y presenta el proyecto de Resolución Ministerial que dispone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modi fi cación de la Norma Técnica A.130 “Requisitos de Seguridad” del RNE, con la fi nalidad de revisar y modi fi car la referida Norma Técnica tomando en consideración los nuevos paradigmas urbanísticos y edi fi catorios, de acuerdo a lo establecido en los considerandos de la Resolución Ministerial N° 271-2024-VIVIENDA; asimismo, la propuesta de actualización de la Norma Técnica A.130 del RNE, establece los requerimientos mínimos para el diseño y operación de edi fi caciones para la seguridad de la vida de los ocupantes contra las consecuencias de un incendio o condiciones similares de emergencia, de acuerdo a su uso, riesgo, tipo de construcción, materiales de construcción, carga combustible y número de ocupantes; Que, adicionalmente, la DGPRVU señala que, atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo, existe la necesidad de efectuar la publicación en el diario o fi cial El Peruano de la presente propuesta normativa por un plazo de treinta días hábiles, antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, a fi n de permitir que las personas interesadas formulen comentarios, aportes u opiniones, sobre las medidas propuestas; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, señala que sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos de consulta pública previstos en el Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por el Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, o norma que lo sustituya, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario, conforme a lo señalado en el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del acotado Reglamento; Que, a través del Informe N° 595-2026-VIVIENDA/SG- OGAJ, la OGAJ emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de la presente Resolución Ministerial; Que, en consecuencia, corresponde disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modi fi cación de la Norma Técnica A.130 “Requisitos de Seguridad” del RNE, a fi n de recibir comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; el Decreto Supremo N° 015-2004-VIVIENDA, que aprueba el Índice del Reglamento Nacional de Edi fi caciones; el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, que aprueba sesenta y seis (66) Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, y modi fi catorias; y, el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del proyecto de Resolución Ministerial Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modi fi cación de la Norma Técnica A.130 “Requisitos de Seguridad” del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, modi fi cada por el Decreto Supremo N° 017-2012-VIVIENDA y la Resolución Ministerial N° 061-2021-VIVIENDA; y, del texto de la propuesta de modi fi cación de la citada norma técnica, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía, dentro del plazo de treinta días hábiles contados desde el día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consolidación de Información Encargar a la Dirección de Vivienda de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, la consolidación de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten respecto del proyecto normativo señalado en el artículo precedente, a través de la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en el siguiente enlace: “ Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modi fi cación de la Norma Técnica A.130, Requisitos de Seguridad del Reglamento Nacional de Edi fi caciones ”. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILDER ALEJANDRO SIFUENTES QUILCATE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2535457-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Disponen publicar el proyecto de Resolución Jefatural que aprobaría los “Lineamientos para la Evaluación, Supervisión, Fiscalización y Sanción de las Organizaciones de Usuarios de Agua”, en el portal institucional del ANA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0168-2026-ANA San Isidro, 14 de julio de 2026VISTO:El Informe Técnico N° 0019-2026-ANA-DOUA/AMVB de la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua; el Informe Legal N° 0527-2026-ANA-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y,