Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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131 NORMAS LEGALES Viernes 30 de octubre de 2026 El Peruano / de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. El artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional”. Asimismo, el artículo 85 del referido reglamento indica que “el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográ fi cas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”. El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP, aprobado con la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, de fecha 2 de setiembre de 1992, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que “el destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente (…)”. El Ministerio Público en atención a sus funciones generales y especí fi cas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030, ha de fi nido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en bene fi cio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fi scal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fi scal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal. De la información que obra en el Sistema Integrado de Gestión, Registro y Evaluación de Fiscales (SIGREF), se advierte la existencia de una (1) plaza de fi scal adjunto provincial pendiente de ocupar en la Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo. En ese sentido y en virtud de la facultad conferida al Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, y estando a lo señalado a través del o fi cio de vistos, se estima pertinente emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar a la abogada Thalía Gonzales Pérez, para que ocupe provisionalmente la plaza de fi scal adjunta provincial en la Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, y disponer su destaque a la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos; en atención al marco normativo, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0204-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 20 de octubre de 2026. Es de precisar que la plaza señalada en el párrafo precedente —con carácter transitorio— corresponde a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 045-2023-MP-FN-JFS, de fecha 3 de julio de 2023, cuya vigencia se encuentra prorrogada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 81-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025. De conformidad con lo establecido por los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Nombrar a la abogada Thalía Gonzales Pérez, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en la Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo; asimismo, destacarla por necesidad de servicio a la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, a partir de la fecha de su juramentación hasta el 31 de diciembre de 2026 u otra disposición. Artículo Segundo .- Precisar que la plaza señalada en el artículo precedente, tiene la condición de transitoria en mérito a lo dispuesto con la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 045-2023-MP-FN-JFS, de fecha 3 de julio de 2023, cuya vigencia se encuentra prorrogada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 81-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025. Artículo Tercero .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, Ofi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2569867-11 Dan por concluida designación de fiscal provincial titular penal de San Miguel, Distrito Fiscal de Cajamarca, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal de San Miguel RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3417-2026-MP-FN Lima, 29 de octubre de 2026 VISTOS:Los o fi cios Nºs. 008861 y 009453-2026-DPD/JNJ, de fechas 13 y 26 de octubre de 2026, respectivamente; la Resolución Nº 345-2026-PLENO-JNJ, de fecha 9 de octubre de 2026; el reporte de quejas y denuncias Nº 03251-2026-202000500, de fecha 28 de octubre de 2026, y el informe Nº 0113-2026-MP-FN-OREF-MVCQ, de fecha 28 de octubre de 2026, y; CONSIDERANDO:Mediante la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 331-2015-CNM, actualmente Junta Nacional de Justicia, de fecha 5 de agosto de 2015, se nombró, entre otros, al abogado Luis Humberto Narro Tafur, como fi scal provincial penal de San Miguel en el Distrito Fiscal de Cajamarca. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 129-2016-MP-FN, de fecha 14 de enero de 2016, se resolvió, entre otros, designar al abogado Luis Humberto Narro Tafur, fi scal provincial titular penal de San Miguel, Distrito Fiscal de Cajamarca, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal de San Miguel. Con el o fi cio Nº 008861-2026-DPD/JNJ, de fecha 13 de octubre de 2026, cursado por la abogada Magnolia Gianinna Martínez Hidalgo, directora encargada de la Dirección de Procedimientos Disciplinarios de la Junta Nacional de Justicia, recibido por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación con fecha 14 de octubre de 2026, se remite copia de la Resolución Nº 345-2026-PLENO-JNJ, de fecha 9 de octubre de 2026, en cuyo artículo quinto se resolvió: “(…) imponer la sanción de destitución al señor Luis Humberto Narro Tafur, por su actuación como fi scal provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de San Miguel del distrito fi scal de Cajamarca (…)”. Mediante los o fi cios Nºs. 008861 y 009453-2026- DPD/JNJ, de fechas 13 y 26 de octubre de 2026,