Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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126 NORMAS LEGALES Viernes 30 de octubre de 2026 El Peruano / CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio Nº 000879-2026-SG/JNJ, cursado por la abogada Melody Del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia y recepcionado por la mesa única de partes de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 1 de octubre de 2026, se remite copia certi fi cada de la resolución de vistos, emitida en el marco de la convocatoria Nº 007-2025-SN/JNJ; por la cual se nombró a la abogada Yoselin Lizeth Melgarejo Rojas, como fi scal adjunto provincial de familia de Yungay - Yungay del distrito fi scal de Áncash. Con fecha 24 de septiembre de 2026, la Junta Nacional de Justicia en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento a la abogada Yoselin Lizeth Melgarejo Rojas en el cargo descrito en el párrafo que antecede. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1177-2013-MP-FN, de fecha 2 de mayo de 2013, se dispuso que, en todas las comunicaciones generadas por el Ministerio Público, se utilice el término “Distrito Fiscal” en lugar de “Distrito Judicial”. Asimismo, con Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1316-2012-MP-FN, 135-2021-MP-FN y 803-2022-MP-FN, de fechas 30 de mayo de 2012, 29 de enero de 2021 y 5 de mayo de 2022, respectivamente, se resolvió nombrar a la abogada Jannel Mirtha Andrade Ortiz, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Judicial de Áncash, actualmente Distrito Fiscal de Áncash, designándola en la Fiscalía Provincial de Familia de Huaylas, y destacándola para que preste apoyo a la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Áncash, y con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3866-2025-MP-FN, de fecha 31 de diciembre de 2025, se prorroga el destaque para que continúe prestando apoyo a la referida fi scalía hasta el 31 de diciembre de 2026; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fi scal en el nivel que corresponde. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fi scal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fi scal provisional con carácter permanente (…)”. El Ministerio Público -en atención a sus funciones generales y especí fi cas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030- ha de fi nido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en bene fi cio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fi scal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fi scal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal. Que, a través del Informe Nº 010-2026-MP-FN-OREF- EJGA-EMJTP, de fecha 7 de octubre de 2026, el personal del área de plazas de la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales hizo de conocimiento a la referida O fi cina, la actualización de las plazas vacantes de las convocatorias del año 2025, precisando que la ubicación geográ fi ca de la plaza que corresponde a la magistrada titular Yoselin Lizeth Melgarejo Rojas, se encuentra en la provincia de Huaylas, es decir, en la Fiscalía Provincial de Familia de Huaylas. Dicho extremo fue informado a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación mediante O fi cio Nº 004038-2026-MP-FN-OREF y comunicado a la Junta Nacional de Justicia mediante O fi cio Nº 006455-2026-MP- FN-SEGFIN. Por tanto, resulta procedente designar a la referida abogada en la Fiscalía Provincial de Familia de Huaylas. En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos, así como estando al informe Nº 010-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 7 de octubre de 2026, relacionado a la ubicación de la plaza y el título de nombramiento que debe tener el ganador de la convocatoria Nº 007-2025-SN/JNJ, corresponde emitir el resolutivo a fi n de designar a la abogada Yoselin Lizeth Melgarejo Rojas, en su condición de magistrada titular, en la Fiscalía Provincial de Familia de Huaylas, para lo cual previamente será necesario dar por concluida la designación y destaque de la abogada Jannel Mirtha Andrade Ortiz, señalados en el cuarto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, quien ocupa provisionalmente la plaza donde será designada la fi scal titular. Por otro lado, teniendo en consideración la propuesta efectuada en el o fi cio Nº 004107-2026-MP-FN- PJFSANCASH, de fecha 13 de octubre de 2026 suscrito por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, y con la fi nalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), así como las metas institucionales, corresponde designar a la abogada Jannel Mirtha Andrade Ortiz, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carhuaz, plaza fi scal que se encuentra libre. Por lo expuesto, de conformidad con el informe Nº 0262-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 27 de octubre de 2026 y a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Jannel Mirtha Andrade Ortiz, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, en la Fiscalía Provincial de Familia de Huaylas; así como su destaque a la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Áncash, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1316-2012-MP-FN, 135-2021-MP-FN, 803-2022-MP-FN y 3866-2025-MP-FN, de fechas 30 de mayo de 2012, 29 de enero de 2021, 5 de mayo de 2022 y 31 de diciembre de 2025, respectivamente. Artículo Segundo.- Designar a la abogada Yoselin Lizeth Melgarejo Rojas, fi scal adjunta provincial titular de familia de Yungay - Yungay, Distrito Fiscal de Áncash, en la Fiscalía Provincial de Familia de Huaylas. Artículo Tercero.- Designar a la abogada Jannel Mirtha Andrade Ortiz, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carhuaz. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento a la abogada Jannel Mirtha Andrade Ortiz que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº