NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (02/09/2026)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 67
67 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de setiembre de 2026 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; Que, el numeral 37.4 del artículo 37° del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-PCM, señala que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, mediante la Resolución de Alcaldía N° 245 del 08 de mayo de 2015, se aprobó el Tarifario de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de San Isidro; delegándose en su Artículo Tercero a la Gerencia Municipal la facultad de inclusión, modi fi cación o eliminación de servicios no exclusivos del Tarifario de la Municipalidad de San Isidro; Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 004-2025-0200-GM/MSI de fecha 16 de enero de 2025, se aprobó el “Procedimiento para la elaboración y actualización del Tarifario de los servicios no exclusivos de la MSI” (Procedimiento N° 03-2024/SDC); Que, de acuerdo a los literales k) y l) del artículo 29° del Texto Integrado de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobados mediante la Ordenanza N° 617-MSI, la Gerencia de Asesoría Jurídica, está a cargo de proponer la normatividad aplicable y mejoras a los procesos de su competencia; Que, mediante los Informes de vistos, la Coordinación de Matrimonios de la Gerencia de Asesoría Jurídica propone la modi fi cación del servicio no exclusivo denominado “Audiencia única del procedimiento de separación convencional”, a fi n de modi fi car su horario de atención a lunes a viernes de 09:00 a.m. a 04:00 p.m., considerando que el desarrollo de las audiencias virtuales hace uso de los equipos de cómputo asignados a dicha área y requiere el soporte técnico en tiempo real de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (GTIC) ante la integración de las plataformas ID Perú Biofacial de RENIEC, fi rma digital de PCM y ZOOM; Que, mediante el Informe N° D000220-2026-05.2.0- SDC-GPPDC/MSI, la Subgerencia de Desarrollo Corporativo emite opinión técnica favorable a la propuesta de modi fi cación, la cual fue rati fi cada por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo mediante el Informe N° D000190-2026-05.0.0-GPPDC/MSI; Que, mediante el Informe N° 000402-2026-04.0.0- GAJ/MSI, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la propuesta normativa; Con los vistos de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; Subgerencia de Desarrollo Corporativo y Gerencia de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el Artículo Tercero de la Resolución de Alcaldía N° 245 de fecha 08 de mayo de 2015; RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación del Tarifario de Servicios No Exclusivos de la MSI aprobado mediante Resolución de Alcaldía N° 245 de fecha 08 de mayo de 2015 y sus modi fi catorias; a través de la modi fi cación del Servicio No Exclusivo de la Gerencia de Asesoría Jurídica denominado “Audiencia única del procedimiento de separación convencional”; conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DEROGAR toda disposición que se contraponga a lo aprobado en el artículo primero. Artículo Tercero.- DISPONER se remita una copia de la modi fi cación del Tarifario de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de San Isidro a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y a la Gerencia de Asesoría Jurídica. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la citada Resolución y su Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Isidro: www.munisanisidro.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase.DENISS DIANA PIZARRO SALAS Gerente Municipal (e) 2549156-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Ordenanza Municipal que aprueba la implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental de la Municipalidad Provincial de Cañete y la Hoja de Ruta ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2026-MPC Cañete, 26 de junio del 2026EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALDAD PROVINCIAL DE CAÑETE VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de junio del 2026, el Informe Nº 0673-2025-SGGA- GSCYGA-MPC, de fecha 06 de noviembre del 2026, del Sub Gerente de Gestión Ambiental, el Informe N 00929-2025-GSCYGA-MPC, de fecha 11 de noviembre del 2025, del Gerente de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, el Proveído Nº 1466-2025-GM-MPC, recepcionado el 23 de diciembre del 2025, del Gerente Municipal, el Informe Nº 0004-2026-RELR-OGPPYTI- MPC, recepcionado el 09 de enero del 2026, del Jefe de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Tecnología de la Información, el Informe Legal Nº 057-2026-OGAJ-MPC, recepcionado el 21 de enero del 2026, de la Jefa de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 072-2026-GM-MPC, de fecha 22 de enero del 2026, del Gerente Municipal, el Informe Nº 140-2026-OGATyGD-MPC de fecha 23 de enero del 2026, del jefe de la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentario, el Informe Nº 02-2026-CSCyGA- MPC, de fecha 16 de febrero del 2026, de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, el Informe Nº 0348-2026-OGACYGD-MPC, de fecha 17 de febrero del 2026, del Jefe de la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, el Informe Nº0091- 2026-SGGA-GSCYGA-MPC, de fecha 24 de febrero del 2026, del Sub Gerente de Gestión Ambiental, el Informe N00162-2026-GSCYGA-MPC, de fecha 25 de febrero del 2026, del Gerente de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, el Informe Nº0424-2026-OGATvGD-MPC, del Jefe de la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentario y el Dictamen Nº 02-2026-GSCGA- MPC, recepcionado l 08 de junio del 2026, de la Comisión de Servicio a la Ciudad y Gestión Ambiental, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cado por la Ley Nº 30305, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que se encuentra