NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (02/09/2026)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 62
62 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de setiembre de 2026 El Peruano / Nro. Tipo Código SUT Denominación del PA,SPE,PAE y/o SPEEBase Legal (RM, DS, Ley, etc.Detalle Monto 24 SPE SE1560FBD8Visación del Libro de Control de Estupefacientes y/o Psicotrópicos de oficinas farmacéuticas, farmacias de establecimientos de salud, droguerías (de ámbito de las Autoridades Regionales de Salud) y almacenes especializados (no incluye a los almacenes especializados de los Órganos Desconcentrados de la Autoridad Nacional de Salud (OD) y de las Autoridades Regionales de Salud (ARS))RM N° 629-2022/MINSA.Incorporar nuevo71.1 25 SPE SE1560B23E Inspección técnica a las empresas de saneamiento ambiental RM N° 629-2022/MINSA.Incorporar nuevo472.8 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2539683-1 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Ordenanza Regional que deroga la Ordenanza Regional N° 000019-2025-GRLL- CR, que dispone la adopción de normas y buenas prácticas sobre producción, sistematización legislativa y mejora de la calidad regulatoria en el Gobierno Regional de La Libertad ORDENANZA REGIONAL Nº 000017-2026- GRLL-CR Trujillo, 12 de agosto de 2026 “ORDENANZA REGIONAL QUE DEROGA LA ORDENANZA REGIONAL Nº 000019-2025-GRLL- CR, QUE DISPONE LA ADOPCIÓN DE NORMAS Y BUENAS PRÁCTICAS SOBRE PRODUCCIÓN, SISTEMATIZACIÓN LEGISLATIVA Y MEJORA DE LA CALIDAD REGULATORIA EN EL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD” El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Ordinaria de fecha 10 de agosto del 2026, VISTO Y DEBATIDO, el Dictamen Nº 0039-2026-GRLL-CR-COMPLAN, de fecha 04 de agosto de 2026, suscrito por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Dr. Samuel Alfonso Leiva López, relativo a “DEROGAR LA ORDENANZA REGIONAL Nº 000019-2025-GRLL-CR, QUE DISPONE LA ADOPCIÓN DE NORMAS Y BUENAS PRÁCTICAS SOBRE PRODUCCIÓN, SISTEMATIZACIÓN LEGISLATIVA Y MEJORA DE LA CALIDAD REGULATORIA EN EL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD”; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú establece en el artículo 191º que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, en el artículo 192º, inciso 6, dicha Carta Magna, estipula que son competentes para: Dictar las normas inherentes a la gestión regional; Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, establece en el artículo 15º, inciso a), que son atribuciones del Consejo Regional: Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 2º del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, aprobado por la Ordenanza Regional Nº 013-2020-GR-LL/CR, señala que el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, máxima instancia deliberativa, es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1565, se aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, la cual tiene por objeto fortalecer y armonizar el proceso de mejora de la calidad regulatoria, así como el marco institucional e instrumentos que lo rigen como parte de un proceso ordenado, integral, coordinado, gradual y continuo para garantizar el cumplimiento efectivo de políticas públicas; Que, con fecha 25 de febrero de 2025, se publicó en el diario o fi cial El Peruano el Decreto Supremo Nº 023- 2025-PCM, mediante el cual se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria; dispositivo que, en el artículo 19º, referido a la “Progresividad en la implementación de los instrumentos de mejora de la calidad regulatoria en los gobiernos regionales y locales”, especí fi camente en el numeral 19.1 establece que: “Los gobiernos regionales y locales se integran a la gobernanza regulatoria e implementan los instrumentos de mejora de la calidad regulatoria de acuerdo a los lineamientos que, para tal efecto, emite la PCM, a través de la SGP, respetando los principios de legalidad, autonomía y competencias establecidas en sus leyes orgánicas, sin contravenir el marco general vigente”; Que, no obstante ello, mediante el artículo primero de la Ordenanza Regional Nº 000019-2025-GRLL- CR, de fecha 16 de setiembre de 2025, el Consejo Regional resolvió DECLARAR de interés regional prioritario la adopción, aplicación y cumplimiento obligatorio de las normas nacionales sobre producción normativa, sistematización legislativa y mejora de la calidad regulatoria en el ámbito del Gobierno Regional de La Libertad; evidenciándose con ello la voluntad institucional de incorporar progresivamente los lineamientos y estándares promovidos por el Poder Ejecutivo en materia de mejora regulatoria, en concordancia con el marco normativo nacional vigente; Que, a través del artículo segundo de la precitada Ordenanza Regional Nº 000019-2025-GRLL-CR, se resuelve ADOPTAR con carácter obligatorio los siguientes dispositivos normativos e instrumentos técnicos emitidos por el Poder Ejecutivo, entre otros: 1. Decreto Legislativo Nº 1565 (…) 4. Decreto Supremo Nº 063-2021-PCM 5. Decreto Supremo Nº 061-2019-PCM(…) Que, con fecha 12 de febrero de 2026, la Sub Gerencia de Desarrollo y Modernización Institucional emite el Ofi cio Nº 000049-2026-GRLL-GGR-GRPAT-SGDMI, por el cual reporta a la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial que el artículo segundo de la Ordenanza Regional Nº 000019-2025-GRLL-CR, prescribe la adopción obligatoria de los Decretos Supremos Nº 063-2021-PCM y Nº 061-2019-PCM; No obstante, dichos dispositivos normativos han sido derogados por el Decreto Supremo Nº 023-2025- PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº