Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (02/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de setiembre de 2026 El Peruano / Administración de la GERESA, remite la información que sustenta la determinación de los costos de tramitación de los 25 procedimientos administrativos, la cual es validada por la Gerencia Regional de Administración mediante Memorándum Nº 661-2026-GR CUSCO/GRAD, de fecha 02 de marzo de 2026, conforme a la Directiva Nº 004-2024-GR CUSCO/GGR, respecto de veintiún (21) procedimientos administrativos y cuatro (04) servicios prestados en exclusividad; Que, mediante Memorándum Nº 844-2026-GR CUSCO/GRPPM, de fecha 10 de abril de 2026, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, remite el Informe Técnico Nº 16-2026-GR CUSCO/GRPPM-SGMTI, de fecha 08 de abril de 2026 de la Subgerencia de Modernización y Tecnologías de la Información, concerniente al expediente de modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Cusco, remitido por la Gerencia Regional de Salud, concluyendo que: “3.1. Por lo expuesto en los numerales 2.2 al 2.4 del presente Informe Técnico, el expediente que sustenta la incorporación de veintiún (21) procedimientos administrativos (PA) y cuatro (04) servicios prestados en exclusividad (SPE) cumple con la metodología establecida por el ente rector, conforme a la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), así como con lo dispuesto en la Directiva Nº 004-2024-GR CUSCO/GGR, “Formulación, revisión y publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional del Cusco”; Que, en la Sexta Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo Regional de Cusco, de fecha 08 de junio de 2026, el Presidente del Consejo Regional sometió a consideración del Pleno, el Proyecto de Ordenanza Regional que propone: “MODIFICAR EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, INCORPORANDO VEINTIUN (21) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y CUATRO (4) SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD A CARGO DE LA GERENCIA REGIONAL DE SALUD”, presentado por la Presidenta de Comisión Ordinaria de Plani fi cación, Presupuesto, Acondicionamiento y Ordenamiento Territorial, mediante el documento de visto y luego de ser debidamente sustentado, fue sometido a votación, siendo aprobado por voto nominal por unanimidad, conforme consta en el acta de sesión correspondiente. Por lo expuesto, el pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco en uso de sus facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, el Reglamento del Consejo Regional de Cusco aprobado por la Ordenanza Regional Nº 248-2024-CR/GRC; y de conformidad con el Dictamen Nº 012-2026-GR CUSCO-CRC-COPPAOT, de la Comisión Ordinaria de Plani fi cación, Presupuesto, Acondicionamiento y Ordenamiento Territorial, con el voto nominal por unanimidad de los Consejeros Regionales presentes, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta: HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- MODIFICAR, EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO INCORPORANDO VEINTIÚN (21) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (PA) Y CUATRO (04) SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD (SPE) A CARGO DE LA GERENCIA REGIONAL DE SALUD, CONFORME AL ANEXO Nº 01 QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE ORDENANZA REGIONAL. Artículo Segundo.- PRECISAR, que la presente Ordenanza Regional se aprueba bajo responsabilidad del proponente sobre la base de la información y documentación precisada precedentemente y en virtud del principio de presunción de veracidad, por el que este Consejo Regional debe asumir que los estamentos competentes del Gobierno Regional de Cusco le proporcionan información que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de fi scalización posterior. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, en el diario de avisos judiciales del Departamento del Cusco y la Pagina Web del Gobierno Regional de Cusco. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cusco para su promulgación. Dado en Cusco, a los ocho días del mes de junio del año dos mil veintiséis. Regístrese, publíquese y cúmplase.EULOGIO CRUZ CARTAGENA Presidente del Consejo Regional de CuscoPeriodo Legislativo 2026 POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional del Cusco, a los 30 días del mes de julio del año 2026 WERNER MÁXIMO SALCEDO ÁLVAREZ Gobernador Regional delGobierno Regional del Cusco Anexo Nº 01 Resumen consolidado que detalla el tipo de procedimiento administrativo, su denominación, el sustento de legalidad, su condición (incorporación o modi fi cación) y el monto por derecho de tramitación, de acuerdo con los Formatos B emitidos por el SUT. Nro. Tipo Código SUT Denominación del PA,SPE,PAE y/o SPEEBase Legal (RM, DS, Ley, etc.Detalle Monto 1 PA PA15609D75Autorización Sanitaria de Oficinas Farmacéuticas y Farmacia de los Establecimientos de Salud: A) De funcionamiento B) Por trasladoRM N° 629-2022/MINSA.Incorporar nuevo419.09 2 PA PA15603DD1 Autorización Sanitaria de Funcionamiento o Traslado de Botiquín RM N° 629-2022/MINSAIncorporar nuevo426.1 3 PA PA1560EDCFAutorización Sanitaria de Funcionamiento o Traslado de Droguería y Traslado de Almacenes de Droguería (de ámbito de las Autoridades Regionales de Salud)RM N° 629-2022/MINSAIncorporar nuevo427.7 4 PA PA1560CFE3Autorización Sanitaria de Funcionamiento o Traslado de Almacenes Especializados (no incluye a los almacenes especializados de los Órganos Desconcentrados de la Autoridad Nacional de Salud (OD) y de las Autoridades Regionales de Salud (ARS))RM N° 629-2022/MINSAIncorporar nuevo426.1 5 PA PA15601C6AAutorización Sanitaria de cambios, modificaciones o ampliaciones de la información declarada: A) Droguerías (de ámbito de las Autoridades Regionales de Salud) B) Almacenes Especializados (no incluye a los almacenes especializados de los órganos desconcentrados de la Autoridad nacional de Salud (OD) y de las Autoridades Regionales de Salud (ARS))RM N° 629-2022/MINSAIncorporar nuevo169.5