Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (02/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de setiembre de 2026 El Peruano / Nº ACCIÓN RESPONSABLE COMPROMISO2026 I II III IV 4.3Elaboración propuesta de PAL (incluye introducción, marco legal y anexos)Gerencia de Servicio a la Ciudad y Gestión AmbientalDocumento final de Propuest de PALX 4.4Solicitud de opinión favorable al MINAM de la propuesta de PALGerencia de Servicio a la Ciudad y Gestión AmbientalPAL validada X 4.5 Aprobación de la PAL con Ordenanza Municipal Consejo Municipal Oficio de remisión de PAL X 5 Establecimiento de Mecanismo de Coordinación 5.1 Información ambiental en plataformas informáticas (SIAR, SINIA u OTROS) 5.1.1Identificación de instituciones que generan información ambientalGerencia de Servicio a la Ciudad y Gestión AmbientalInforme XX 5.1.2Instituciones que han dispuesto informacion en plataformas informáticas (SIAR o SINIA)Gerencia de Servicio a la Ciudad y Gestión AmbientalReporte del SIAL o SINIA XX 2537252-1 Ordenanza que aprueba el procedimiento de planeamiento integral con fines de anexión al área urbana y asignación de zonificación ORDENANZA MUNICIPAL N° 016-2026-MPC Cañete, 14 de julio del 2026EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE; POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 14 de julio del 2026, el Expediente N° 013950-2025 de fecha 28 de noviembre de 2025, del Sr. VERGARAY DE LA CRUZ DANIEL EDUARDO, el Informe N° 1491-2025-JCRM-(E)SGCUC-GODUR/MPC recepcionado el 12 de diciembre de 2025, de la Subgerencia de Control Urbano y Catastro, el Informe N° 3640-2025-JCRM-GODUR-MPC recepcionado el 17 de diciembre de 2025, de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, el Informe N° 3641-2025-JCRM-GODUR- MPC recepcionado el 17 de diciembre de 2025, de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, el Memorándum N° 025-2025-JCRM-GODUR-MPC de fecha 19 de diciembre de 2025, de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, el O fi cio N° 0418-2025-JCRM- GODUR-MPC recepcionado el 05 de enero del 2026,de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, el Informe N° 136-2026-OGSG-MPC de fecha 22 de enero de 2026, de la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, el O fi cio N° 003-2026-GDU/MDCH recepcionado el 23 de enero de 2026, de la Municipalidad Distrital de Chilca, el Informe N° 053-2026/OTI-MPC recepcionado el 27 de enero de 2026, de la O fi cina de Tecnologías de la Información, el FUT N° 060647 de fecha 19 de febrero de 2026, del Sr. Ronald Noronha Ruiz, el Ofi cio N° 079-2026-JCRM-GODUR-MPC de fecha 23 de febrero de 2026, de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, el Informe N° 498-2026-JCRM-(E)SGCUC-GODUR/MPC recepcionado el 17 de abril de 2026, de la Subgerencia de Control Urbano y Catastro, el Informe N° 0867-2026-OGACYGD-MPC de fecha 28 de abril de 2026, de la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, el FUT de fecha 05 de mayo de 2026, del Sr. Ronald Noronha Ruiz, el Ofi cio N° 021-2026-GDU/MDCH, recepcionado el 05 de mayo de 2026, de la Municipalidad Distrital de Chilca, el Informe N° 798-2026-JCRM-( E)SGCUC-GODUR/MPC, recepcionado el 21 de mayo de 2026, de la Sub Gerencia de Control Urbano y Catastro, el Informe N° 1891-2026-JCRM-GODUR-MPC, recepcionado el 25 de mayo del 2026, de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, el Informe Legal N° 724-2026-OGAJ-MPC de fecha 18 de junio del 2026, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 01210-2026-GM- MPC, recepcionado el 23 de junio del 2026; del Gerente Municipal, el Informe N° 150-2026-MSCZ-(E)-SGCUC- GODUR-MPC, de fecha de 30 de junio del 2026, de la Sub Gerencia de Control Urbano y Catastro (e), el Informe N° 0327-2026-MSCZ-GODUR-MPC, recepcionado el 02 de julio de 2026, de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, el Informe N° 1424-2026-OGACYGD-MPC de fecha 02 de julio de 2026, la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria y el Dictamen N° 017-2026-CODUYR-MPC, recepcionado el 08 de julio del 2026, de la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, y sus modi fi catorias por Leyes de Reforma Constitucional, expresa que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, asimismo el Artículo 39° de la Ley Orgánica citada establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos. Ergo, la autonomía que la Constitución otorga a las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. SOBRE LA PROPUESTA DE PLANEAMIENTO INTEGRAL MEDIO Que, los gobiernos locales asumen competencias y ejercen funciones especí fi cas, como es la organización del espacio físico y usos del suelo en sus respectivas jurisdicciones, comprendiendo entre otros, la zoni fi cación, según lo establecido en el numeral 1.1 del Artículo 73º de la Ley N° 27972; asimismo, dicha Ley Orgánica en su Artículo 79º, establece que, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, entre otros, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el esquema de zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial. Que, a través de la Ley N° 31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, se establecen los principios, lineamientos, instrumentos y normas que regulan el acondicionamiento territorial, la plani fi cación urbana, el uso y la gestión del suelo urbano, a efectos de lograr un desarrollo urbano sostenible, entendido como la optimización del aprovechamiento del suelo en armonía con el bien común y el interés general, la implementación de mecanismos que impulsen la gestión del riesgo de desastres y la reducción de vulnerabilidad, la habilitación y la ocupación racional del suelo; así como el desarrollo equitativo, accesible, inclusivos, competitivos, justos, diversos y generadores de oportunidades para toda la ciudadanía, promoviendo la integración y el crecimiento