Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 1998 (19/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

l,ima, sabado 19 de dicicmbm de 199X Que mediante Resoluciones Ministeriales N"s. 180, 207,228 y 4559%PE se establecen los requisitos y procedimientos que los infractores sancionados deberan cumplir a efecto de que MORDAZA aprobadas sus solicitudes de fraccionamiento de pago, fijandose el numero de cuotas en las que procede fraccionar el pago de las multas impuestas, de acuerdo al monto a que ascienden las mismas; Que mediante escrito del visto, el recurrente solicita el fraccionamiento de pago de la multa reducida mediante Resolucion Viceministerial N" 164-98-PE del 1 de diciembre de 1998, a veintinueve (29) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), siendo que la solicitud ha sido presentada dentro del termino legal establecido, cumpliendo con todos los requisitos exigidos; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 2" del Decreto Supremo N" 00598-PE, en concordancia con 10 establecido en las Resoluciones Ministeriales Ns. 180, 207,228 y 45598-PE; Estando a lo acordado en el Acta de la Comision de Sanciones W 034-98-PE/CS de fecha 15 de diciembre de 1998; SE RESUELVE: Articulo l".- Declarar PROCEDENTE el fraccionamiento de pago solicitado por el senor MORDAZA MORDAZA CHANGANA BAZALAR, respecto de la multa ascendente a veintinueve (29) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), reducida mediante Resolucion Viceministerial N" 164-98-PE del 1 de diciembre de 1998. Articulo 2".- El pago fraccionado de la multa sera efectuado en doce (12) cuotas mensuales de 2.67 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) cada una! monto que incluye el interes compensatorio correspondiente al 50%~ de la Tasa Activa para Moneda Nacional (TAMN), disponiendose que el pago de las referidas cuotas mensuales tendra como fechas de vencimiento el dia 23 de cada mes, iniciandose dicho periodo el dia 23 de diciembre de 1998 y concluyendo el dia 23 de noviembre de 1999. Articulo 3".- El importe de las cuotas debera ser abonado en el Banco de Lima. Cuenta Corriente N" OO-044-107001857 MINISTERIO DE PESQUERIA, siendo que el incumplimiento del pago a la fecha limite de dos 12) cuotas consecutivas o tres (3) alternas, conduciran a la extincion automatica del beneficio otorgado, aplicandose al monto de la multa el interes moratorio desde la fecha de su exigibilidad, ascendente al 15% de la Tasa Activa para Moneda Nacional (TAMN) vigente ala fecha del incumplimiento; los pagos efectuados durante el fraccionamiento se computaran como pagos a cuenta y seran descontados del monto total adeudado resultante de aplicar a la multa impuesta los intereses compensatorios, el saldo insoluto que resulte de tal operacion sera materia de cobro coactivo. Articulo 4".- El recurrente debera acreditar el deposito correspondiente al pago de cada cuota mensual ante la Comision de Sanciones, dentro de un plazo MORDAZA de cinco (5) dias calendario, contados a partir de la fecha de vencimiento de cada cuota. Articulo 5".- Transcrfbase la presente resolucion a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Pesqueria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA INURRITEGUI MORDAZA Presidente de la Comision de Sanciones (ej MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro Deliberante de la Comision de Sanciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro Deliberante de la Comision de Sanciones 14821

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Visto el Informe N" 067-98-PEKS-ST del 15 de diciembre de 1998, emitido por la Secretaria Tecnica de la Comision de Sanciones. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Comision de Sanciones N" 392-98-PEKS del 5 de noviembre de 1998 se otorgo fraccionamiento de pago de multas, entre otros, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, PESQUERA TACAYNAMO S.A., VICTORRAULVERGARAY MORDAZA, PRODUCTOS MARINOS DEL MORDAZA SUR S.A., P.E.E.A. TALARA S.R.Ltda., PESQUERA RODGA S.A., PESQUERA JHEMMAREL S.R.Ltda., MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, PESQUERA CHARLY S.A., COMPLEJO INDUSTRIAL PESQUERO SACRAMENTO S.A., PESQUERA SAN MORDAZA S.R.Ltda., PESQUERA COSTA MAR S.R.Ltda. y FABRICA DE CONSERVAS ISLAY S.A., disponiendose que los pagos de las cuotas de los fraccionamientos debian realizarse el dia 9 de cada mes, siendo que la fecha limite de pago de la primera cuota vencia el 9 de noviembre de 1998; Que con el informe del visto la Secretaria Tecnica de la Comision de Sanciones comunicu que en todos los casos mencionados en el considerando precedente, con excepcion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los beneficiarios han incumplido con acreditar ante la Comision de Sanciones el pago de las cuotas correspondientes a los meses de noviembre y diciembre del presente ano, razon por la cual recomienda que debe declararse la extincion de los fraccionamientos otorgados, conforme a lo dispuesto por el Articulo 3" de la Resolucion Ministerial N" 180.98-PE; Que mediante escrito de Registro W 10841001 del 5 de noviembre de 1998, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA acredito el pago total del saldo de la multa impuesta mediante Resolucion Comision de Sanciones N" 045-98PEiCS, solicitando se de.je sin efecto su peticion de fraccionamiento de pago de dicha multa, siendo el caso que dicha peticion ya habia sido atendida mediante la resolucion citada en el tercer considerando de la presente resolucion; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 2" del Decreto Supremo W 00598-PE, en concordancia con lo establecido en el Articulo 3" de la Resolucion Ministerial N" 180-98-PE; Estando a lo acordado en cl Acta de la Comision de Sanciones N" 034-98-PEKS de fKha 15 de diciembre de 1998; SE RESUELVE: Articulo l".- Declarar la extincion de los fraccionamientos de pago de multas otorgados mediante Resolucion Comision de Sanciones N" 392-98-PEKS a PESQUERA TACAYNAMO S.A., MORDAZA MORDAZA VERGARAY MORDAZA, PRODZJCTOS MARINOS DEL MORDAZA SUR S.A., P.E.E.A. TALARA SRLtda., PESQUERA RODGA S.A., PESQUERA JHEMMAREL S.R.Ltda., MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, PESQUERA CHARLY S.A., COMPLEJO INDUSTRIAL PESQUERO SACRAMENTO S.A., PESQUERA SAN MORDAZA S.R.Ltda., PESQUERA COSTA MAR S.R.Ltda. y FABRICA DE CONSERVAS ISLAY S.A., por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, aplicandose al monto de las multas impagas un interes moratorio del 15% de la Tasa Activa para Moneda Nacional (TAMN) vigente al 9 de diciembre de 1998, en la forma que se detalla en el cuadro que en anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2".- Dejar sin efecto el fraccionamiento de pago de multa otorgado mediante Resolucion Comision de Sanciones N' 392-98-PWCS al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el extremo que corresponde a la multa impuesta por Resolucion Comision de Sanciones N" 045-98-PE/CS, por haberse cancelado integramente la obligacion. Articulo 3".- Transcribase la presente resolucion a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Pesqueria a efectos de que proceda a iniciar los procesos de cobranza coactiva, de acuerdo a lo detallado en el cuadro del anexo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA INURRITEGUI MORDAZA Presidente de la Comision de Sanciones (e) MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro Deliberante de la Comision de Sanciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro Deliberante de la Comision de Sanciones

Declaranlaextinciondefraccionamientos de pago de multas otorgados por Res. N" 392-9&PE/CS a diversas personas naturales y juridicas
RESOLUCION COMISION DE SANCIONES No 460-98-PE/CS MORDAZA, 17 de diciembre de 1998

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