Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 1998 (19/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

ANEXO A LA RESOLUCION COMISION DE SANCIONES N° 460-98-PE/CS RELACION DE FRACCIONAMIENTOS DE PAGO DE MULTAS EXTINGUIDOS AL HABERSE INCUMPLIDO CON ACREDITAR EL PAGO DE DOS (2) CUOTAS CONSECUTIVAS
TITULAR DEL FRACCIONAMIENTO DEUDA SEGUN FRACCIONAMIENTO 5 20 UIT 1 80 UIT 20.04 UIT 105o UIT 1476 UIT 3 12 UIT 7 38 UIT 2 OH UIT 21 ffi UIT 79 36 UIT 2 08 UIT 3 12 UIT 6.30 UIT M N O FINAL OT A PAGAR (+l5% T M ) A N 5 49 UIT 1 90 UIT 21 15 UIT 11 15 UIT 15 58 UIT 3 29 UIT 7 79 UIT 2 20 UIT 22 23 UIT 83 77 UIT 2 20 UIT 3 29 UIT 6 65 UIT -

_______
177-97 196-97 229-97 271-97 353-97 056-98 076-98 084-98 099-98 126.98 264-98 267-98 305-98 PESQUERATACAYNAMO S A MORDAZA MORDAZA VERGARA" MORDAZA PRODUCTOS MARINOS DEL MORDAZA SUR S A P E E A TALARA S R Ltda PESQUERA RODGA S A PESOUERA JHEMMAREL S R Ltda MORDAZA MORDAZA MORDAZA F I D E L MORDAZA P I N G O PESQUERACHARLY S A COMPLEJO INDUSTRIAL PESOUERO SACRAMENTO S A PESQUERA SAN MORDAZA S R Ltda PESQUERA COSTA MAR S R Ltda FRABICA DE CONSERVAS ISLAY S A

de redes de arrastre de fondo con tamano minimo de malla de 3 1/2 pulgadas (SS,9 mm.); Que del analisis y evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente se concluye que lo solicitado por la recurrente contraviene el ordenamiento pesquero vigente, al solicitar ampliacion de su permiso de pesca para extraer el recurso merluza, el cual ha sido declarado como recurso plenamente explotado por la Resolucion Ministerial citada en el MORDAZA considerando, por lo que su solicitud deviene en improcedente; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Pesca - Decreto Ley N" 25977 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N" Ol-94-PE, y en el Plan de Ordenamiento de la Pesqueria del Recurso Merluza, aprobado por Resolucion Ministerial N" 107-98-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo N" OlO-97-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de ampliacion del permiso de pesca presentada por GRUPO DE NEGOCIOS PAITA S.A., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMAEWKURO MIYASATO Director Nacional de Extraccion 14823

14822

Declaran improcedente solicitud de ampliacion de permiso de pesca
RESOLUCION DIRECTORAL No 367-98-PE/DNE MORDAZA, 17 de diciembre de 1998 Vistolosescritos de Registros NS. 08877,09622,00282097, 03260001 y 00282097 de fechas 10 y 23 de MORDAZA de 1997, 2 y 27 de marzo y 3 de MORDAZA de 1998 respectivamente, presentados por GRUPO DE NEGOCIOS PAITA S.A. CONSIDERANDO: Que el Articulo 19" del Decreto Supremo W 01-94-PE, Reglamento de la Ley General de Pesca, establece que cuando un recurso hidrobiologico sea declarado en estado plenamente explotado se restringira el acceso a su explotacion, limitandose el otorgamiento de las autorizaciones de incremento de flota, de nuevos permisos de pesca y de licencias, las que solo se otorgaran, en el caso de embarcaciones, siempre que se sustituya igual tonelaje de capacidad de bodega de la flota existente en la misma pesqueria; Que a traves de la Resolucion Ministerial W 107-98-PE, se aprobo el Plan de Ordenamiento de la Pesqueria del recurso merluza, mediante el cual se declaro a la merluza como un recurso plenamente explotado, restringiendose asi el acceso a su extraccion, a cuyo efecto el otorgamiento de autorizaciones de incremento de flota y de nuevos permisos de pesca estaran sujetos a la sustitucion de igual volumen de capacidad de bodega de la embarcacion existente; ademas en ei numeral 7.1 del citado Plan de Ordenamiento, se establece que las embarcaciones de bandera nacional que se dediquen a la pesca del citado recurso no podran ser mayores a 600 m3 de capacidad de bodega y 70 metros de eslora MORDAZA, sea cual fuere el estado de explotacion del recurso; y en el numeral 7.4 se senala que el tamano minimo de malla de los copos de las redes de arrastre de fondo ylo media agua sera de 110 mm.; Que en el numeral 6.8 del Plan de Ordenamiento de la Pesqueria Merluza aprobada por la Resolucion Ministerial citada en el considerando anterior se establecio que no se otorgaran nuevas autorizaciones de incremento de flota o permisos de pesca a embarcaciones arrastrerofactorias para acceder al citado recurso; Que por Resolucion Ministerial N" 00596-PE de fecha 3 de enero de 1996, se otorgo a GRUPO DE NEGOCIOS PAITA S.A., permiso de pesca a plazo determinado y licencia de operacion de planta de procesamiento de congelado a bordo, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional "CANCHIS" con Matricula N" CO10651-PM, de 251,57 T.R.N. v 750 m3 de capacidad de bodega y 18,30 tidia de capacidad de congelado, en el ambito del litoral peruano y fuera de las 30 millas costeras, la misma que se dedicara a la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de arrastre pelagicas de 3 pulgadas (76 mm.), de longitud minima de malla en el copo; Que mediante los escritos del visto la recurrente solicita la ampliacion de los recursos hidrobiologicos autorizados a traves de la Resolucion Ministerial N" 005$6 PE, a efectos de extraer el recurso merluza. con el empleo

Aprueban cambio de nombre de titulares de permisos de pesca para operar embarcaciones de bandera nacional
RESOLUCION DIRECTORAL N" 368-98-PE/DNE MORDAZA, 17 de diciembre de 1998 Visto el Expediente con Registro N° CE-253002 con escrito de fecha 19 de octubre de 1998, presentado por la empresa CORPORACION DE PESCA S.A. CONSIDERANDO: Que el Articulo 47" del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N" Ol-94-PE, establece que la transferencia de la propiedad o posesion de la embarcacion pesquera durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante la Resolucion Directoral N" 24597-PE/ DNE, de fecha 16 de diciembre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a COMERCIAL NORVIAL S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "VENKA M", con Matricula N" CO15665-PM de 87.59 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion del recurso hidrobiologico merluza con destino al consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano, utilizando MORDAZA con hielo como sistema de preservacion a bordo y redes de arrastre con longitud minima de malla en el copo de 90 mm.; Que mediante el escrito del visto CORPORACION DE PESCA S.A., solicita el cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado mediante la resolucion mencionada en el MORDAZA considerando, para operar la embarcacion pesquera denominada "VENKA M", al acreditar el ejercicio de la posesion de la citada embarcacion; Que de la evaluacion efectuada a los documentos proporcionados por la recurrente, se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N" 3, correspondiente a la Direccion Nacional de Extraccion, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo No Ol-98-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Articulo 43" inciso c) numeral 1) del Decreto Ley N" 25977 - Ley General de Pesca y los Articulos 47" y 138" de su regla-

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