Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 1998 (30/12/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

Pag.168028 ~~~~:Wti:M~
inmuebles, bienes de capital y equipamiento necesarios para el desarrollo de acciones de caracter permanente, asi como los gastos de capital sin contraprestacion. 8. INTERESES Y CARGOS DE LA DEUDA Gastosporelpagodeintereses,comisionesyotroscargospor operaciones de credito contratadas. 9. AMORTIZACION DE LA DEUDA Gastos por los pagos del principal y de la actu.alizacion monetaria o cambiaria, referente a operaciones de cn8dito contratadas. 10. RESERVA DE CONTINGENCLA Gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de las Entidades del Sector Publico. De uso exclusivo del Ministerio de Economia y Finanzas. C. MODALIDADES DE APLICACION ll. Aplicaciones Directas Gastos que se realizan directamente, sin efectuarse transferencias de recursos. 20. Transferencias a Municipios Gastos por transferencias financieras de recursos, a Gobiernos Locales. 21. Transferencias a los Consejos Transii.orios de Administracion Regional- CTARa y ala Corporacion de Desarrollo Lima-Callao Gastos por transferencias financieras de recursos a los Consejos Transitorios de Administracion Regional - CTAR y a la CORDELICA. 22. Transferencias a otros Organos de Gobierno Gastos por transferencias financieras de recursos a otros organos de Gobierno no contemplados en otras modalidades. 30. Transferencias alas Sociedades de Beneficencias Publicas Gastos por transferencias financieras de recursos a las Sociedades de Beneficencias Publicas. 31. Transferencias a Empresas Gastos por transferencias financieras de recursos efectuadasenaplicaciondenormalegalexpresaydestinadasaatender gastos de empresas. 32. Transferencias a Fondos y Fundaciones Gastos por transferencias financieras de recunws efectuadas en favor de entidades creadas bajo la forma de fondos y fundaciones. 40. Transferencias a Instituciones Privadas Gastos por transferencias financieras de recursos a entidades que no tienen vinculo con la administracion publica. 50. Transferencias al exterior - Gobiernos,, Organismos Internacionales y Fondos Internacionales Gastos por transferencias financieras de recursos, MORDAZA sin contraprestacionde bienesy/oservicios, aorganismosyentidades gubernamentales pertenecientes a otros paises, a Organismos Internacionales provenientes de compromisos firmados anteriormente, inclusive aquellos que tengan sedeo reciban los recursos en el Peru, y a fondos instituidos por diversos paises como consecuencia de Ley expresa. D. ESPECIFICAS DEL GASTO 01. RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS-LEY DE BASES DE LA MORDAZA ADMINISTRATIVA Gastos oor retribuciones y complementos afectos y no afectos a cargas sociales. Conforme alo dispuesto or el Decreto Supremo N". 135-94 EF, las retribuciones y compP ementos afectos a cargas sociales, comprenden gastos como: Remuneracion Basica, Remuneracion Reunificada, Remuneracion Transitoria para Homologacion, Bonificacion Personal, Bonificacion Familiar, Refrigerio y

MORDAZA, miCrcoles 30 de diciembre de 1998

Movilidad, Bonificacion Especial del Decreto Supremo N" 051Bl-PCM y bonificaciones especiales de los Decretos de Urgencia Nos. 37-94, 090-96, 019-97 y 073-97 y demas bonificaciones otorgadas que tengan la misma naturaleza. ConformealodispuestoporelDecretoSupremoN". 135-94EF, las retribuciones y complementos no afectos a cargas sociales, son las consideradas por los Decretos Supremos N"s. 067-92EFy025-93-PCM, asicomola asignacionexcepcional del Decreto Supremo N" 276-91-EF. 02. RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS - LEY DEL PROFESORADO Y SU MODIFICATORIA Gastos por retribuciones y complementos afectos y no afectos a cargas sociales. Conforme alo disouesto oor el Decreto Supremo N" 135-94EF, las retribuciones-y complementos afectosa cargas sociales, comprenden gastos como: Remuneracion Basica, Remuneracion Reunificada, Remuneracion Transitoria para Homologacion BonifkacihPersonal, Bonificacion Familiar, Refrigerio y Movilidad, diversas bonificaciones y asignaciones excepcionales, tales como lo dispuesto por los Decretos Supremos N"s. 15491-EF y 051-91-PCM, Decreto Ley N" 25671, Decretos Supremos N"s. OSI-93-EF y 19-94-PCM y Decretos de Urgencia N"s. 80-94,090-96 y 073-97 y demas bonificaciones otorgadas que tengan la misma naturaleza. Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N" 135-94EF, las retribuciones y complementos no afectos a cargas sociales, comprenden gastos como: bonificacion por preparacion de clases, bonificacion por desempeno del cargo y preparacion de documentos de gestion, bonificacion por MORDAZA diferenciada por laborarenzonadefronteraselva,zonarural,alturaexcepcional, MORDAZA de menor desarrollo relativo y emergencia, diversas bonificaciones y asignaciones excepcionales, tales como lo dispuesto por el Decreto Supremo N" 261-91-EF, Decreto Supremo ExtraordinarioN"21-PCMI92y Decreto Supremo Extraordinario N" 077-93-/KM. 03. RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS - LEY DE ptiAC&RRERA MEDICA Y PROFESIONALES DE LA Gastos por retribuciones y complementos afectos y no afectos a cargas sociales. Conforme a lo dismlesto por el Decreto Supremo N" 135-94EF, las retribuciones-y comphmentos afectos; cargas sociales, comprenden gastos como: Remuneracion Basica, Remuneracion Reunificada, Remuneracion Transitoria para Homologacion Bonificacion Personal, Bonificacion Familiar, Refrigerio y Movilidad, diversas bonificaciones y asignaciones excepcionales, tales como lo dispuesto por el Decreto Supremo N" 153-91EF, Decreto Ley N" 25671, Decreto Supremo N" 081-93-EF, Decreto Supremo N" 19-94-PCM, Decretos de Urgencia N"s. 80 y 118-94, 090-96, 098-96 y 073-97 y demas bonificaciones otorgadas que tengan la misma naturaleza. Conforme alo dispuesto por el Decreto Supremo N" 135-94EF, las retribuciones y complementos no afectos a cargas sociales, comprenden gastos como: bonificacion diferencial por laborar en zonas rurales y MORDAZA marginales y zonas declaradas en emergencia (Art. 184" - Ley N" 25303), diversas bonificaciones y asignaciones excepcionales o especiales tales como lo dispuesto por el Decreto Supremo N" 040.92-EF. 04. RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS-CARRBRAJUDICIAL Gastos por retribuciones y complementos afectos y no sujetos a cargas sociales. Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N" 135-94EF, las retribuciones-y complementos afectos a cargas sociales, comprenden gastos como: Remuneracion Basica, Remuneracion Reunificada, Remuneracion Transitoria para Homologacion Bonificacion personal, Bonificacion Familiar, Refrigerio y Movhidad y Bonificacion Especial. Conforme a lo prescrito en el Decreto Supremo N" 135-94EF, las retribuciones y complementos no afectos a cargas sociales, comprenden gastos: como beneficios que se perciben en forma regular y continua no afectos a cargas sociales. o5.RETRIBucIoNEsYcoMPLEMENTos-LEYUNIvERsm4RIA Gastos por retribuciones y complementos afectos y no afectos 8 cargas sociales. Conforme alo dispuesto por el Decreto Supremo N" 13594-EF, las retribuciones y complementos afectos a cargas sociales, comprenden gastos como: Remuneracion Basica, Remuneracion Reunificada, Remuneracion Transitoria para Homologacion, Bonificacion Personal, Bonificacion Familiar, Refrigerio y Movilidad, Decretos de Urgencia N"s. 090-96 y 073-97 y demas bonificaciones otorgadas que tengan la mlsma naturaleza.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.