Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 1998 (30/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, miercoles 3 0 de diciembre dc 1998 Queelcitadofuncionariohaformuladorenunciaalcargoque venia desempenando; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N°560 , Ley del Poder Ejecutivo , y los Decretos Leyes N°s 25515 y 25902; Estando a lo acordado;

ElN Pag.168043

DRAA-OAL al haber incurrido en la causal de nulidad prevista en el inciso b) del articulo 43° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aproDado por Decreto Supremo N° 02-94-JUS; Que de conformidad con el Articulo 45" del Texto Unico citado, la invalidez de un acto implicara la de los sucesivos en el procedimiento, siempre que esten vinculados a el; SE RESUPLVF: Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica I 1y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de AgriculArticulo Unico.- Aceptar, a partir del 17 de diciembre de / itura, dada por Decreto Ley N" 25902; 1996, la renuncia formulada por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la plaza de Director Programa Sectorial III, de la SE RESUELVE: Direccion Subregional Agraria MORDAZA, de la Direccion Regional Agraria de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios Articulo Unico.- Declarar nula la Resolucion Directoral N prestados. DlO-94-MAG-DRAA-OAL, de 26 de junio de 1994,, expedida por la Direccion Regional Agraria de la Region MORDAZA e insubsisRegistrese, comuniquese y publiquese. tente todo lo actuado, declarandose igualmente nulos los titulos de propiedad que por efecto de esa resolucion se hubieran Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori otorgado a favor de don MORDAZA Chancolla MORDAZA, don GuPresidente Constitucional de la Republica / mercindo MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MUNANTE SANCUINETI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y don MORDAZA Sahuanay MORDAZA, respecto del predio MORDAZA Cangallo" por cuanto tratandose de un predio de propiedad 15339 privada carece el Estado de facultades para disponer de el; [devolviendose el expediente ala Direccion Regional Agraria de MORDAZA para su archivamiento.

Declaran nulas resoluciones directorales referidas a adjudicacion de predios ubicados en las provincias de MORDAZA e lca
RESOLUCIONMIMSTERIAL N ° 0724-98-AG MORDAZA, 24 de diciembre de 1998 VISTO:

Registreseycomuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 15181 RESOLUCIONMINISTERIAL N° 0725-98-AG MORDAZA, 24 de diciembre de 1998 VISTO: El recurso de revision interpuesto por don MORDAZA MORDAZA Laffose MORDAZA contra la Resolucion Directoral N° 0196-97-RLWDRA-AYA/PETT, de 20 de MORDAZA de 1997, expedida por la Direccion Regional Agraria dela Region Los Libertadores-Wari. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral N" 004-97-RLW-SAG-ICA, de 15 de enero de 1997, la Direccion Subregional Agraria lca, adjudico a titulo oneroso a don MORDAZA MORDAZA Laffose MORDAZA 50 ha. 6,500 m2, signada con Unidad Catastral N" 15415, parte integrante del predio MORDAZA "Los Castillos" ubicado en el distritode MORDAZA, provincia y departamento de Ica ; disponiendo el otorgamiento del correspondiente contrato de compraventa; Que contra la precitada resolucion don i MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA solicito la nulidad la que se califico como recurso de apelacion, que la Direccion Region al Agraria de la Region Los Libertadores-Wari por Resolucior. Directoral N" 0196-97-RLW-DRA-AYA/PETT, declaro fundaca y anulo todo lo actuado desde fojas 24 y siguientes, ordenando que la Direccion Subregional Agraria de Ica expida nueva resolucion, por cuanto MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA ha acreditado poseer titulo de propiedad inscrito en la Ficha N" 3167 del Registro de Propiedad de lca y ejercer la posesion sobre 3 ha. 5,720 m2 del predio "Los Castillos"; Que mediante escrito de 20 de agosto de 1997, obrante a fojas 63, don MORDAZA MORDAZA Laffose MORDAZA interpone recursode revisioncontra la MORDAZA resolucion citada, manifestandoque no se ha considerado que la inscripcion de dominio a favor del Estado sobre las tierras es muy anterior a la de do?ia MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA obtenida mediante titulo.5 supletorios de dominio inscrito registralmente recien el 17 de enero de 1990 y que corresponde al Estado cautelar sus intereses desde el momento en que se le ha adjudicado en venta el bien materia de procedimiento; Que del estudio del expediente se observa que por Resolucion Directoral N" 1351-73-AG-DZAV, de 29 de diciembre de 1973, la ex MORDAZA Agraria V Ica incorporo al dominio del Estado 478 ha. 95 m2 de tierras eriazas y 475 ha. 656 m2 de tierras abandonadas del predio "Los Castillos", delas cuales, mediante Resolucion Directoral N" 192%75DGRA.AR, de 20 de junio de 1975, se adjudico 523 ha. 751 m2 a la CAP "Jose de la MORDAZA Ugarte" Ltda. 02-ICA-IV, expidiendose para tal efecto el C!ontrato de Com praventa N" 1623-75 que posteriormente se modifico parcialmente revirtiendose al dominio del Estado 263 ha. 5,000 m2, de las cuales se reservaron 207 ha. 8,820 m2 para posteriores adjudicaciones, dentro de la cual se encuentran las 50 ha. 6,500 m2 adjudicadas a don MORDAZA Micha1 Laffose Chiri;

Los escritos presentados por don MORDAZA Callantes MORDAZA solicitando la nulidad de la Resolucion Directora1 N" 610-94MAG-DRAA-OAL, de 26 de junio de 1994. expedida por la Direccion Regional Agraria de la Region MORDAZA y de los titulos de propiedad otorgados a favor de don MORDAZA Chancolla MORDAZA y otros. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral N°610-94-MAG-DRAA-OAL, la Direccion Regional Agraria de la Region MORDAZA, califico a don MORDAZA Chancolla MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA lsidora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Rutina MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA Sahuanay MORDAZA, como beneficiarios con derecho a convertirse en propietarios del predio "Cangallo", del distrito de Chiguata, provincia y departamento de MORDAZA , les adjudico dicho predio en diferentes extensiones y dispuso otorgarles los correspondientes titulos de propiedad, fundamentandose en que todos ellos han acreditado posesion de sus parcelas; Quemedianteescritosdefecha 5 de enero de 1998,corriente a fojas 14,31,46 y 51, don MORDAZA Callantes Callantes solicita la nulidad de la precitada resolucion y de los titulos de propiedad otorgados a los beneficiarios MORDAZA nombrados expresando que es propietario del predio "Cangallo" el que lo adquirio de su MORDAZA fallecida MORDAZA MORDAZA MORDAZA Callantes de Callantes quien a su vez lo adquirio tambien por herencia de su padre don MORDAZA CollantesGil; Que el Estado puede adjudicar u otorgar titulos de propiedad unicamente sobre predios que hayan sido incorporados a su dominioen virtud de alguno de los procedimientos de adquisicion previstos por ley; Que en el presente caso no esta acreditado que cl predio materia de procedimiento pertenezca al patrimonio del Estado por lo que el Ministerio de Agricultura carece de facultad para disponer de el; Que por el contrario, el recurrente acredita que el predio "Cangallo" lo ha adquirido en propiedad por herencia, como se advierte de la MORDAZA del testimonio del testamento otorgado por don MORDAZA L. Callantes y MORDAZA de fojas 21 por el que instituye como su heredera a su hija MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a quien le deja sus bienes entre los que aparece el predio "Cangallo",corriendo a fojas 20,la sentenciade 18 de junio de 1964, por la que se declara como herederos legales de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA a su hijoelrecurrentedon MORDAZA Callantes MORDAZA y al conyuge superstiste don MORDAZA MORDAZA Cobos; por 10 que no siendo el predio materia de procedimiento de libre disponibilidad del Ministerio de Agricultura debe declararse nu!s Resolucion Directoral N° S1O-94-MAC-

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