Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 1998 (30/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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Lima. miercoles .?O de diciemhrc de 1998

Precisan fecha de Ceremonia de Juramentacion del cargo y reunion de trabajo con la CEMP en la Sede Principal de MORDAZA
RESOLUCION DE LA COMISION EJEXUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO W 837-98-MP-CEMP MORDAZA, 29 de diciembre de 1998 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico W830-98MP-CEMPde fecha 24 (de diciembre de 1998, se designo a los Fiscales Superiores que ejerceran las funciones de gobierno delegadas por la Comision Ejecutiva delMinisterioPublicoparaelanode 1999;yestandoalAcuerdo N" 6704 adoptado por unanimidad en sesion ordinaria de la fecha, con dispensa de la lectura del acta: en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes N"s. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Senalar para el dia 4 de enero de 1999 a horas 15.00 horas para la Ceremonia de Juramentacion del cargo y posteriormente a una reunion de trabajo con la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en la Sede Principal de Lima. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego, Presidentes de la Corte Superior a nivel nacional y a los Fiscales Superiores Encargados de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico de la Fkpublica, para sus conocimientos y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo(P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 15289

Que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por las mencionadas normas administrativas; Que la Comision Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesion N" 057-98, celebrada el 19 de noviembre del presente ano, ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado MORDAZA tro Oficial; y, Estando a 1 odispuestoen losArticulos335"y336"delaLey General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Suoerintendencia de Banca y Seguros; - Ley N 26702; yen virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS N" 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion de la empresa Premium S.A. Corredores de Seguros en el Registro Oficial de Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia bajo Matricula N" J-0615, cuya representacion sera ejercida por el senor MORDAZA MORDAZA Cole MORDAZA con N" de Registro N-3057, con domicilio legal en el Jr. Pichincha N" 387 distrito de Brena, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 15286

Cancelan inscripcion de Corredores de Reaseguros y Seguros, ajustadollres y peritos de seguros
RESOLUCION SBS N" 1263-98 MORDAZA, 23 de diciembre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La propuesta de sancionalos Intermediarios y Auxiliares de Seguros, por infringir las disposiciones legales y administrativas que regulan su actividad; y, CONSIDERANDO: Que, conforme el Articulo 345" de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N" 26702, corresponde a la Superintendencia ejercer en el ambito de sus atribuciones el control y supervision de las empresas conformantes de los sistemas financieros y de seguros y de las demas personas naturales y juridicas incorporadas por dicha ley o leyes especiales, de manera exclusiva en los aspectos que le corresponda: Que, el Articulo 336' de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros establece las obligaciones y demas condiciones alas que deben sujetar su actividad los Intermediarios de Seguros; Que, segun el inciso al del Articulo 15"de la Resolucion SBS N" 483-91, constituye falta para los Ajustadores y Peritos de Seguros infringir las disposiciones contenidas en la referida resolucion v otras urdenes o disposiciones dictadas por la Superintendencia de Banca y Seguros; Que, en los registros que lleva el Departamento de Analisis y Supervision de Intermediarios y Auxiliares aparecen sociedades de Intermediarios y Auxiliares de Seguros que no han cumplido con presentar sus estados financieros y por tal razon adeudan las contribuciones respectivas; asimismo, por no efectuarelpagodelasmultasimpuestas,pornoactualizare1capital social minimo legal fijado por este Organismo de Control, y por no acreditara su representante legal; Que, en los registros que lleva el Departamento de Analisis ysupervision deIntermediariosy AuxiliaresaparecenIntermediarios y Auxiliares de Seguros - Persona Natural que no han cumplido con efectuar el pago por concepto de contribucion ala Superintendencia de Banca y Seguros por lo que no se encuentran habiles para el ejercicio de sus actividades; E:standoaloopinadoporlasSuperintendenciasAdjuntasde Seguros y de Asesoria Juridica mediante Informes N" 053-98DCIA y N" 102898.DL, respectivamente; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N" 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en

SBS
Autorizan inscripcion de empresa en el Registro Oficial de Corredores de Seguros
RESOLUCION SBS W 1240-98 MORDAZA, ll de diciembre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA
Que,porResolucioncsSBSN"s.381-91 y389-92de fechas28 junio de 1991, y 9 de MORDAZA de 1992, respectivamente, se establecieron los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros;
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