Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 1998 (30/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, miercoles 30 de diciembre dc 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N°015-94-MTC, se aprobo el reglamento para obtener , Licencia de Conducir para Vehiculos Motorizados de Transporte Terrestre, estableciendo en la Tercera Disposicion Complementaria que el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, Iijara el grado de intoxicacion alcoholica sancionable; Que, la Direccion General de Circulacion Terrestre para dar cumplimiento a la MORDAZA indicada en el considerando anterior. ha establecido a traves del Informe N" O58-98MTC/15.18.05 de la Direccion de MORDAZA Automotor y CircuLacion Vial, el grado de intoxicacion alcoholica sancionable a los titulares de licencia de conducir, para cuyo efecto, se ha revisado la normatividad pertinente, la legislacion comparada y se ha recibido para ello las opiniones de las entidades autorizadas como del Colegio Medico del Peru, Sanidad de la Policia Nacional y de la Direccion Nacional de Seguridad Vial de la PNP sobre el limite de etilismo compatible con la seguridad vial; Que, teniendo en consideracion que el consumo de alcohol produce depresion no selectiva del sistema nervioso central, deteriorando la funcion psicomotriz, afectando la nercencion sensorial (vista v oido, v modificando el comporiamiento del individuo, es que seha determinado el grado de intoxicacion alcoholica sancionable diferencial a los titulares de licencia de conducir Particular y Profesional, para vehiculos automotores, por lo que, es necesario dictar-el acto administrativo que establezca el grado de intoxicacion sancionable; De conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria del reglamento para obtener Licencia de Conducir para Vehiculos Motorizados deTransporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo N" 15-94-MTC y Decreto Ley N" 25862; SE RESUELVE:: Primero.- Establecer el grado de intoxicacion alcoholica sancionable a los titulares de Licencia de Conducir para Vehiculos Automotores, en la forma siguiente: Licencia Particular Licencia Profesional : A partir de 0.70 gr./lt. : A partir de 0.50 gr./lt.

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De conformidad con los Decretos Leyes N°s. 17537 , 17667 y 2 5862; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico de !ste Ministerio para que inicie las acciones legales correspondientes contra la empresa AMERICANA DE AVIACION $.A., tendientes al cobro de la multa impuesta por Resolu:ion Directoral N"043-98-MTC05.16, de fecha 3 de MORDAZA de ,998; debiendosele para tal efecto, remitir los antecedentes le1 caso. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MinistrodeTransportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 15217

Dtorgan concesiones a personas naturales y juridicas para la explotacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable
RESOLUCIONMINISTERIAL N° 517-98-MTC/15.03 MORDAZA, 23 de diciembre de 1998 Vista la solicitud presentada por la empresa CECTEL E.I.R.LTDA. sobre otorgamiento de concesion para la prestacion del Servicio Publico de Distribucion de Radiodifusion por "able en la MORDAZA de Picota, de la provincia de Picota, del lepartamento dc San Martin; CONCIDERANDO: Que, conforme al T.U.O. de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por D.S. N" 013-93-TCC. a su Reglamento General sprobado por D.S. N° 006-94-TCC, y al D.S. N" 007-97-MTC, corresponden a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, los Servicios Publicos de Distribucion de Radiodifusion por Cable, asi como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones del mismo, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolucion del titular del sector; Que, mediante Informes N"s. 22598-MTC `i5.03.UECT y 27%9%MTC/15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones opina que es procedente el otorgamiento de la concesion solicitada por CECTEL E.I.R.LTDA; habiendose verilicado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para el otorgamiento de concesion del Servicio de Distribucion de Radiodifusion por Cable: Que, en cumplimiento a lo establecido en el literal g) del Articulo 6" del Reglamento del OSIPl'EL, dicho organismo ha encontrado conforme el Proyecto del Contrato de Concesion, objeto de la solicitud de concesion presentada por la recurrente; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, resulta procedente otorgar la concesion solicitada, aprobar el contrato de concesion y autorizar la suscripcion del mismo; De conformidad con lo dispuesto en los DDSS. N" 013-93TCC, N" 006-94-TCC y N" 007-97-MTC; Con la opinion favorable del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo lo.- Otorgar a la empresa CECTEL E.I.R.LTDA. la concesion para la explotacion del Servicio Publico de DistribuCiondeRadiodifusionporCable, porelplazodeveinte(20)anos, en el area de concesion que comprende la MORDAZA de Picota, de la provincia de Picota, del departamento de San Martin. Articulo 2".- Aprobar el Contrato de Concesion a celebrarse con CECTEL E.I.R.LTDA. para la prestacion del servicio publicoa que se refiere el anterior articulo, el que consta de veinticuatro (24) Clausulas y dos (21 Anexos, y que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3".- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, paraqueen representacion del Ministerio, suscriba el Contrato de Concesion que se aprueba mediante la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4".- La concesion otorgada quedara cancelada automaticamente, sin necesidad de acto administrativoexpreso, si el Contrato de Concesion no es suscrito por la empresa

Segundo.- Derogase las disposiciones que se opongan a la presente resolucion. Registrese y comuniquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 15219

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial a fin de hacer efectivo el cobro de multa impuesta a empresa de aviacion
RESOLUCIONMINISTERIAL N°516-98-MTC/15.16 MORDAZA, 23 de diciembre de 199X CONSIDERANDO: por Resolucion Directoral N" 043-98-MTC/ 15.16 de fecha 3 de MORDAZA de 1998 se sanciono con multa de cincuenta 150) Unidades Impositivas Tributarias a la empresa AMERICANA DE AVIACION S.4. por haber cometido las infracciones establecidas en los Articulos 14.23 y 14.27 del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado mediante Resolucion Ministerial N" 004-97-MTC/ tn.12; Que, mediante Resolucion Viceministerial N" 302.9HMTC06.02, de fecha 7 de MORDAZA de 1998, se declaro infundado el recurso de apelacion interpuesto por la empresa AMERICANA DE AVIACION S.A., dandose por agotada la via administrativa; Que, de acuerdo a los terminos del Informe N ' 329-98-MTC/ 15.16.02.de fecha 2.11.98, delaDireccion de Asesoria Legal de la Direccion General de Transporte Aereo seencuentra pendiente el pago de la multa impuesta, por lo que resulta necesario autorizar al Procurador Publico de este Ministerio para que inicie las acciones correspondientes destinadas a la cobranza de la multa impuesta;
Que,

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