Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 1998 (27/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, vicmes 27 de noviembre de 199X Que, mediante Resolucion N" 102-98/SBN, de fecha 11 de MORDAZA de 1998, se resuelve revertir a favor del Estado el terreno de 2 375,92 m2. que forma parte del area, mayor de 2 483.99 m2. descrito en el considerando orecedente. manifestandose que no se habia cumnlido con eifin oara tal cual se afecto en uso dicho inmueble; _ Que, mediante Resolucion N" 135-98/SBN, de fecha 18 de junio de 1998, se declara infundado el Recurso de Reconsideracion interpuesto por la Asociacion de Propietarios de la urbanizacion "Pachacamac" contra la Resolucion N' 102-98/ SBN, senalandose en sus considerandos que la citada asociacion solo cumplio con construir su local comunal en el area de 107,08 m2. y no con la ejecucion del comedor popular, agregandose que la losa deportiva fue construida por INVBRMET; Que, mediante escrito de fecha 3 de MORDAZA de 1998, la Asociacion de Propietarios de la urbanizacion "Pachacamac" interpone recurso de apelacion contra la Resolucion N" 13598/SBN manifestando que no se puede romper con la unidad inmobiliaria del terreno afectado en uso al pretender revertirse parte de el, que la losa deportiva se encuentra construida por gestiones realizadas por la asociacion ante INVERMET; Que, respecto del area que se encuentra ocupada por el "Mercado MORDAZA de America" tal como consta del acta de compromiso firmada por el citado MORDAZA MORDAZA de afectacion en uso otorgada a la asociacion recurrente, este se comprometia a desocupar el area ocupada al solo requerimiento de la asociacion impugnante, el mismo que se ha venido efectuando en resultado fructifero hasta que en el ano 1997 amerito la interposicion de acciones legales contra el MORDAZA en referencia; Que, con lo senalado en el considerando precedente se demuestra suficientemente que la impugnante ha efectuado acciones concretas orientadas a dar al terreno en cuestion el tin para el cual fue afectado en uso. existiendo factores ajenos a su voluntad que impidieron la culminacion de las obras correspondientes, por lo que el recurso interpuesto debe ser declarado fundado,otorgandose a la Asociacion de Propietarios de la urbanizacion "Pachacamac", por unica vez, un MORDAZA plazo para realizar las acciones pertinentes para dar al terreno ant,es citado el fin para el que fue afectado; De conformidad con lo dispuesto MORDAZA el Decreto Ley N" 25556 modificado por Decreto Ley N" 25738, Decreto Supremo N" 005-92-PRES y Decreto Supremo N" 02-94-JiJS; SE RESUELVE: Articulo lo.- Declarar fundado el Recurso de Apelacion interpuesto por la Asociacion de Propietarios de la urbanizacion "Pachacamac" contra la Resolucitin N" 135WSBN de fecha 1X de junio de 1998, yen consecuencia dejar sin efecto la resolucion impugnada, por las razones expuestas en la parte considerativa. Articulo 2".- Conceder a la Asociacmn de Propietarios de la urbanizacion."Pachacamac" por unic.a vez. un plazo de dos (21 anos contados a partir de la publicacion de la presente resolucion para que cumpla con dar al terreno afectado en uso el fin dispuesto por la Resolucion Directoral N" 12%91VC-5600.DPI de fecha 19 de MORDAZA de 1991. Articulo 3".- Dar por agotada la ria administrativa de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 100" del Decreto Supremo N" 02.94-JUS. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA REATElGUI Ministro de la Presidencia 13780

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el uso de radiobalizas maritimas de 406 Mhz, publicada en el Diario Oficial el Peruano el dia 26 de octubre de 1996; y, CONSIDERANDO: Que, habiendose producido falsas alarmas por activacion de Radiobalizas Maritimas de 406 Mhz., causadas por rotura de sus partes o sulfatadas, ocasionando la activacion del Sistema en forma innecesaria; Que, a la Radiobalizas Maritimas de 406 Mhz., debe /efectuarsele por lo menos un mantenimiento periodico yi o preventivo anual, que asegure el funcionamiento del liberador hidrostatico y de la bateria, asi como el correcto funcionamiento de todas sus partes o componentes; Que, en la Resolucion Directoral W 0282-96/DCG de fecha 21 de octubre de 1996, en NORMAS PARA EL USO DE RADIOBALIZAS MARITIMAS de 406 Mhz., Articulo 3", no se ha considerado que para la refrenda anual se debe acompanar la MORDAZA de la compania proveedora en cuyo taller se inspecciono y verifico que la citada radiobaliza se encuentra operativa; Que, en consecuencia es necesario efectuar la modificatoria de la citada resolucion, de conformidad con lo dispuesto sn el Articulo 96" del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N" 02.94-JUS de fecha 28 de enero cte 1994; y, Estando a lo informado por el Jefe del Departamento de Busqueda y Salvamento y a lo recomendado por el Director le Seguridad y Vigilancia Acuatica; SE RESUELVE: E RADIOBALIZAS MARITIMAS de 406 PARA EL USO D- ----. Mhz.. aprobadas con Resoh acion Directoral N" 0282-96/`DCG le fecha 21 de octubre de 1996, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: l.- Inrluir como inciso "g" del Articulo 3" de las NORMAS

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g. Cuando soliciten la refrenda anual deberan acompanar i la solicitud, la MORDAZA yio certificado que la citada -adiobaliza se encuentra operativa, de acuerdo a lo estable:ido en el apendice "4", cuyo documento deber ser otorgado oor una empresa proveedora autorizada por esta Direccion General de Capitanias y Guardacostas. Registrese y comuniquese como Documento Oficial Publico (DOP) MORDAZA BIANCHI MUNOi! Director General de Capitanias y Guardacostas

APENDICE "4"
MEMBRETE DE LA EMPRESA PROVEEDORA

CERTIFICADO DE CODIFICACION ylo MANTENIMIENTO DE RADIOBALIZAS MARlTlMAS 4OW21.5 Mhz. PARA EMBARCACIONES DE BANDERA NACIONAL
EMBARCACION: ARMADOR .., CLASE ,.. .,,.,........ MATRICULA .,, .., ,..

MORDAZA EPIRB: ,....,,. C A T E G O R I A .,

DEFENSA
Modifican articulo de las Normas para el uso de radiobalizas maritimas de 406 Mhz
RESOLUCION DIRECTORAL W 0462-9WDCG 5 noviembre de 1998 Vista la Resolucion Directoral N" 0282-96/DCG de fecha 21 de octubre de 1996, que aprueba las normas para

MODELO:.

N"

CERT.C/S

N" SERIE FABRICA.

N" SERIE ID CODIGO H E X A D E C I M A L : Por la presente, CERTIFICAMOS que la Radiobaliza de localizacion de SIniestros se encuentra apta para su operacion inmediata. Ha sido CODIFICADA yio REVISADA en concordancia con el Sistema adoptado por el PERU y esta Inscrito en los registros de la Dtreccion General de Capitanias y Guardacostas, condicion indispensable para pertenecer al Sistema Satelital COSPASSARSAT. Este CERTIFICADO es valido por DOCE (12) meses, tras lo cual debera ser ~nspeccionadadeacuerdoalasnormasestablec¡dasporlaSecretariadeCOSPASSARSAT y el fabricante, asi como verificar su operatlvidad de acuerdo a Normas Internacionales establecidas en un centro de servicio autotizado por la Autoridad Maritima Nacional, remitiendo el Informe Tecmco correspondiente a la Direccion 'Seneral de Capitanias y Guardacostas (`).

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