Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 1998 (27/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

ANEXO D

indecopi
¿Discriminacion en locales abiertos al publico?
En relacion a la resolucion de la Sala de Derecho Publico de la Corte Superior de MORDAZA que declara fundada una accion de MORDAZA interpuesta por las discotecas The Edge y Th? Piano contra el Indecopi a fin de que se abstenga de realizar actos destinados a impedir la discriminacion en locales abiertos al publico, el Indecopi pone en conocimiento de la ciudadania lo siguiente: 1. Lamentamos el sentido del fallo judicial, pero lo acataremos porque somos respetuosos de los mandatos del Poder Judicial. Sin embargo, en ejercrcio de nuestro derecho constitucional de analisrs y critica a las resoluciones judiciales, discrepamos respetuosamente con los criterios expuestos por el referido fallo.
2. Consideramos que el fallo judicial esta refiido con las garantias constitucionales que protegen al consumidor, atentando contra los

prrncipios de la convivencia civilizada y contra los valores de igualdad y respeto de la dignidad humana necesarios para que la MORDAZA y honesta competencia en el MORDAZA genere bienestar para todos.
3. No estamos de acuerdo en que se niegue competencia al Indecopi

para sancionar praciicas discriminatorias en locales abiertos al publico. Esta competencia no solo esta amparada en la Constituckk sino tambien en la Ley de Proteccion al Consumidor que el Indecopi aplica.
4. Tampoco estamos de acuerdo con lo afirmado por la Sala en el sentido que no habria discriminacion si solo se afecta a algunos consumidores y no a todo un grupo social, sin excepciones. Esto llevaria al absurdo,

que bastaria que un integrante de determinado grupo discriminado ingrese a un local, para que se afirme que no hay discriminacion.
5. Consideramos peligroso para el sistema juridico que el citado fallo constituya un precedente de observancia obligatoria. Ello no solo

paralizara el accionar del Indecopi en diversos casos futuros sino que dejaria en total desamparo a los consumidores que son discriminados.
6. El exito empresarial que el Indecopi fomenta y protege no es compatible con la discriminaci&n. Discriminar reduce las opciones del consumidor y

la capacidad de competir de las empresas.

Nos anima la voluntad de seguir trabajando para que en nuestro MORDAZA no se tolere la discriminacion
MORDAZA, 21 de octubre de 1998

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