Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 1998 (27/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, viemcs 27 de noviembre dc 19% EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Continental requiriendo la autorizacion de esta Sunerintendencia oara la apertura de una agencia ubicada en el Centro Comercial San MORDAZA, Edificio Dos - tiendas 1, 2 y 3, Urb. San MORDAZA, distrito de Yanacancha, provincia de Pasto, departamento de Cerro de Pasto; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Intendente de Analisis y Supervision de Intermediarios Financieros "C" medi;mte el Informe N" ASIF"C"-242-OT/98; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30" de la Ley N" 26702 - Ley General del Sistema Financier
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1 apertura de una agencia ubicada en Av. Mexico N" 1296 esquina con Av. Parinacochas, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicit,ada; Estando a lo informado por el Intendente de Analisis y Supervision de Intermediarios Financieros "C" mediante el Informe N" ASIF"C"-247-OT/96; y. De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30" de la Ley N" 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de 13anca y Seguros y la Circular N" B-1996-97; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolucion SBS N" 003-98; RESUELVE: apertura de una agencia ubicada en Av. Mexico N" 1296 esquina con Av. Parinacochas, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta Adjunta de Banca

Articulo Unico.- Autorizar al Banco Continental la

13792

13790 RESOLUCION SBS W 1164-98
MORDAZA, 13 de noviembre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Continental requiriendo la autorizacion de esta Superintendencia para la apertura de una agencia ubicada en MORDAZA Nueva N" 403, distrito, provincia y departamento del Cusco; y. CONSlDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Intendente de Analisis y Supervision de Intermediarios Financieros "C" mediante el Informe N" ASIF"C"-244-OT/98; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30" de la Ley N" 26702 - Ley General del Sistema Financien> y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular N" B-1996-97; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolucion SBS N" 003-98; RESUELVE: apertura de una agencia ubicada en MORDAZA Nueva N" 403. distrito, provincia y departamento del Cusco. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta Adjunta de Banca

Prorrogan plazo otorgado a empresa ibancaria para que proceda a enajenar inmueble adjudicado en pago de (deudas
RESOLUCION SRS N=' 1180-98
MORDAZA, 18 de noviembre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por ol Banco de Comercio, para que se le otorgue prorroga para concretar la venta de un bien iinmueble cuya tenencia ha excedido el plazo de enajenacion (estipulado en el Articulo 215" de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la :Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N" 26702; CONSIDERANDO: Que, el Art~ulo 215" de la Ley General establece que (cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida :previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago Itotal o parcial, bienes muebles e inmuebles. la empresa de tque se trate debe enajenarlos en el plazo de un (ll ano. el -mismo que podra ser prorrogado por la Superintendencia por .una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el referido articulo se precisa que, vencido dicho plazo, sin que se MORDAZA efectuado la venta o el arrendamiento financiero del bien, la empresa debera constituir una provi:;ion hasta nor el monto eauivalcnte al costo en libros de los `bienes no Gendidos, I Que, la Disposickn Transitoria de la Circular N" B-2017. `98 de fecha 23.9.98 establece que. las empresas que hayan recibido bienes adjudicados o recuperados con anterioridad a la vigencia de la misma, no se encuentran obligadas a *cumplir con lo dispuesto en su numeral 5. Sin embargo, #deberan constituir provisiones por el eqmvalente al 100% del valor neto en libros de dichos bienes dentro de los cinco (5) dias posteriores al vencimiento de los plazos senalados en el Articulo 215 de la Ley General; De acuerdo con el Informe N" ASIF "C" 246-OT/98, y con la opinion favorable del Superintendente Adjunto de Banca; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; Ley N" 26702; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS N" 1132-98 del 98.11.9; RESUELVE:

Articulo Unico.- Autorizar al Banco Continental la

13791 RESOLUCION SBS W 1166-98
MORDAZA, 13 de noviembre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Continentai requiriendo la autorizacion de esta Superintendencia para la

Articulo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses, hasta el 99.513, el plazo a que se refiere el Articulo 215" de la Ley

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