Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 1999 (23/09/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de setiembre de 1999

miento contractual, aspectos que garantizan la calidad del trabajo a realizarse; Que, en merito a lo expuesto, resulta pertinente otorgar la autorizacion solicitada, teniendo en cuenta que la firma auditora ha recibido toda la informacion actualizada de las operaciones al haber efectuado la auditoria por los ejercicios 1997 y 1998 y cumplido con las estipulaciones del contrato, aspectos que favorecen la prontitud con la que se requieren los informes; Que, la entidad conformara una Comision Especial que se encargara de cautelar el cumplimiento del contrato, la que mantendra informada a la Contraloria General de la Republica de las incidencias en su ejecucion, ademas alcanzara la evaluacion de su cumplimiento, segun lo previsto en el Articulo 44º del Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria; Que, es necesario encargar a las Unidades de Normas Tecnicas y de Supervision del Sistema Nacional de Control de la Gerencia de Supervision y Desarrollo, las coordinaciones y procedimientos, supletorios que deben aplicarse para formalizar lo autorizado en la presente Resolucion, asi como la supervision del examen a efectuarse, respectivamente; Estando a las conclusiones y recomendaciones del documento de vistos, de conformidad con el Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria, aprobado mediante Resolucion de Contraloria Nº 162-93-CG del 19 de noviembre de 1993 y los Articulos 19º y 24º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Empresa Nacional de Ferrocarriles S.A. - ENAFER S.A., la ampliacion del alcance del servicio de auditoria externa de la Sociedad de Auditoria MORDAZA MORDAZA MORDAZA & ASOCIADOS SOC. CIVIL, para examinar los Estados Financieros y otros aspectos operativos del ejercicio economico de enero-setiembre de 1999, debiendo suscribir la addenda al contrato correspondiente, incluyendo los aspectos senalados en el MORDAZA considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- La entidad autorizada en el articulo anterior, debera conformar la Comision Especial de Cautela a que se refiere el MORDAZA considerando de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Encargar a las Unidades de Normas Tecnicas y de Supervision del Sistema Nacional de Control de la Gerencia de Supervision y Desarrollo, las coordinaciones y procedimientos supletorios que deben aplicarse para formalizar lo autorizado en la presente resolucion, asi como la supervision del examen a efectuarse en la citada entidad, respectivamente. Articulo Cuarto.- La firma auditora designada durante el desempeno de su labor se sujetara a las normas consignadas en el Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria y a las demas disposiciones referidas al Sistema Nacional de Control. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica 12145

tas, para que participe en el MORDAZA Publico Internacional "La Defensoria del Pueblo en Venezuela" que se celebrara en Caracas, Venezuela, el 24 de setiembre de 1999, y asimismo para que participe en la sesion del Consejo MORDAZA de Defensores del Pueblo que se llevara a cabo al dia siguiente del citado seminario; y visto igualmente el Memorando Nº 442-99-DP/GG de la Gerencia General con su correspondiente Anexo 4 A Nº 46; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Caracas, Venezuela, el 24 de setiembre del presente, tendra lugar el MORDAZA Publico Internacional sobre "La Defensoria del Pueblo en Venezuela" organizado por la Comision MORDAZA de Juristas y la Corte Suprema de Justicia de Venezuela, al que ha sido invitado a participar el Defensor del Pueblo por el Director Ejecutivo de la Comision MORDAZA de Juristas, en calidad de expositor del tema "El deber de cooperacion con la Defensoria del Pueblo", con la finalidad de contribuir especificamente a promover la instauracion de la institucion del Ombudsman en Venezuela, en el MORDAZA del MORDAZA constituyente que se viene llevando a cabo en ese pais; Que, asimismo ha sido invitado para que participe en la sesion del Consejo MORDAZA de Defensores del Pueblo que se llevara a cabo el 25 de setiembre, asumiendo la Comision MORDAZA de Juristas, los gastos en pasajes internacionales y viaticos que irrogara la asistencia del titular de la Defensoria del Pueblo; Que, con el fin de asegurar la continuidad de la gestion institucional debe encargarse el Despacho defensorial al Primer Adjunto durante la ausencia del titular, conforme a la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley Nº 26520 y el Articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante la Resolucion Defensorial Nº 32-99/DP; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 135-90PCM, y en concordancia con los Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF y 031-89-EF, en uso de las atribuciones conferidas por los Articulos 5º y 9º inciso 7), de la Ley Nº 26520 y 7º incisos a) y k) del Reglamento aprobado mediante la Resolucion Defensorial Nº 32-99/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ENCARGAR la atencion del Despacho defensorial al senor doctor don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Primer Adjunto al Defensor del Pueblo, del 23 al 25 de setiembre del presente ano, en tanto dure la ausencia del titular. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional, Fuente Financiamiento Recursos Ordinarios segun el detalle siguiente: US$ 200,00 por concepto de gastos de instalacion, y US$ 25,00 por concepto de Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto TUUA - CORPAC, totalizando US$ 225,00 (DOSCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS). Los gastos por concepto de pasajes y estadia, seran de cargo de los organizadores de las actividades referidas en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SANTISTEVAN DE MORDAZA Defensor del Pueblo 12146

Exoneran del pago de multas por omiEncargan Despacho defensorial al Pri- MORDAZA al sufragio en las elecciones genemer Adjunto rales y municipales de 1995 y 1998, a RESOLUCION DEFENSORIAL residentes en el extranjero, por razoNº 46-99/DP nes de salud o causa de fuerza mayor
MORDAZA, 22 de setiembre de 1999 RESOLUCION Nº 1517-99-JNE Vistos; la invitacion remitida al Defensor del Pueblo, por el Director Ejecutivo de la Comision MORDAZA de JurisLima, 21 de setiembre de 1999

DEFENSORIA DEL PUEBLO

JNE

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