Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2000 (13/07/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 13 de MORDAZA de 2000

MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA Rosa. MORDAZA GARBOZA, Teresa. LAM POBLETTE, Celia. MORDAZA MORDAZA, Amanda. MORDAZA MORDAZA, Petronila. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA Rosa. FAYAD MORDAZA, MORDAZA del Rosario.

Legislativo 560 y en el Articulo 118º, inciso 8 de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Reglamento de la Ley de Ejecucion de las Penas de Prestacion de Servicios a la Comunidad y de Limitacion de Dias Libres aprobada por Ley Nº 27030, el mismo que consta de cinco (05) capitulos, veintiocho (28) articulos y una (01) Disposicion Complementaria, que forma parte integrante del presente dispositivo. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Justicia y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de junio del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia REGLAMENTO DE LA LEY DE EJECUCION DE LAS PENAS DE PRESTACION DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD Y DE LIMITACION DE DIAS LIBRES CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1°.- Objeto El presente Reglamento establece las normas especificas para la aplicacion de las disposiciones contenidas en la Ley de Ejecucion de las Penas de Prestacion de Servicios a la Comunidad y de Limitacion de Dias Libres. Articulo 2°.- Denominacion A efecto del presente Reglamento se entendera por Ley, la Ley Nº 27030 que contiene las normas para la ejecucion de las penas de prestacion de servicios a la comunidad y de limitacion de dias libres, y cuando se haga referencia a un articulo sin mencionar el dispositivo al cual corresponde, se entendera referido al presente Reglamento. Articulo 3°.- Organismo responsable La administracion, supervision y control de la ejecucion de las penas de prestacion de servicios a la comunidad y limitacion de dias libres, estara a cargo de la Direccion de Penas Limitativas de Derechos, de las Direcciones Regionales del Instituto Nacional Penitenciario (INPE). Articulo 4°.- Otras funciones del organismo responsable Ademas de las funciones establecidas en la Ley, el organo responsable de la ejecucion de las penas de prestacion de servicios a la comunidad y de limitacion de dias libres estara encargado de: a) Promover la inscripcion de las entidades asistenciales, hospitalarias, escuelas, orfanatos u otras instituciones similares en el Registro Nacional de Entidades Receptoras. b) Elaborar el plan de prestacion de servicios y de apoyo educativo o psicologico a que estaran sujetas las entidades receptoras. c) Organizar los Registros Regionales de Entidades Receptoras dentro del ambito de su jurisdiccion. d) Proveer de informacion a la Direccion Nacional de Tratamiento en el Medio Libre para los efectos de la organizacion del Registro Nacional de Entidades Receptoras. Articulo 5°.- Clasificacion de las Entidades Receptoras Las entidades receptoras son: a) Entidades Receptoras de Servicios a la Comunidad.- Encargadas de recibir al sentenciado para que preste servicios a la comunidad en forma gratuita. b) Entidades Receptoras de Apoyo Educativo o Psicologico.Encargadas de brindar orientaciones educativas o psicologicas gratuitas para el cumplimiento de las penas de limitacion de dias libres. Dichas entidades deberan ofrecer las condiciones adecuadas para que el sentenciado cumpla la pena satisfactoriamente. Articulo 6°.- Otras funciones de las Entidades Receptoras Ademas de las obligaciones previstas en la Ley, las Entidades Receptoras de Servicios o de Apoyo Educativo o Psicologico asu-

Articulo 2º.- Excluyase de la Resolucion Ministerial Nº 0897-98-IN/0101 de 6.OCT.98, al Personal de Empledos Civiles de Sanidad PNP, por haber presentado Cartas Notariales de DESISTIMIENTO, solicitando acogerse a los beneficios que otorga la Ley Nº 26960; segun relacion nominal que a continuacion se indica: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. Med. Cirujano Enfermera Quim. Farm. Enfermera Quim. Farm. Enfermera Med. Cirujano Med. Cirujano Enfermera Enfermera Asist. Social Enfermera Enfermera Enfermera Enfermera Quim. Farm. Quim. Farm. MORDAZA MORDAZA, Ruth. MORDAZA NIEBUHR MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA E. MORDAZA de MORDAZA, Emma. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA Rosaura. MORDAZA de MORDAZA, Nelly. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Elena. MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA Alicia. HERENCIA MORDAZA, Haydee. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA Mencia. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Susana. MORDAZA JARAMA de MORDAZA, MORDAZA Isabel. MORDAZA MORDAZA de ASMAT, MORDAZA Julia. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA Natividad. MORDAZA SIHUE de MORDAZA, MORDAZA Aurora. MORDAZA SIHUE de MORDAZA, MORDAZA Aurora. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Teodora. IZUSQUI MORDAZA, MORDAZA Marina.

Articulo 3º.- Excluyase de la Resolucion Ministerial Nº 089798-IN/0101 de 6.OCT.98, a la Empleada Civil SPNP Florimer MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de PATRON, por habersele incluido por error material. Articulo 4º.- Dejese sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 0581-00-IN/0103 de 15.MAY.2000, por contener errores materiales. Articulo 5º.- Remitase MORDAZA autenticada de la presente Resolucion al PP/PNP, para su conocimiento y fines legales pertinentes; igualmente, al Director General PNP, para cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 3º de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 0691- y 0692-98-IN/0103. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 7943

JUSTICIA
Aprueban Reglamento de la Ley de Ejecucion de las Penas de Prestacion de Servicios a la Comunidad y de Limitacion de Dias Libres
DECRETO SUPREMO N° 005-2000-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que en la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27030, Ley de Ejecucion de las Penas de Prestacion de Servicios a la Comunidad y de Limitacion de Dias Libres, se establece que el Poder Ejecutivo la reglamentara; Que es necesario desarrollar en detalle algunos aspectos de la Ley Nº 27030 a fin de dar mayor efectividad a la ejecucion de las penas de prestacion de servicios a la comunidad y de limitacion de dias libres; Que entre los aspectos que deben ser materia del referido Reglamento se encuentran la precision sobre el papel que deben cumplir las entidades receptoras; la responsabilidad del condenado en la ejecucion de la pena; las facilidades que debe brindarsele para hacerla efectiva; las modalidades de incumplimiento de la pena o las formalidades que deben observarse en caso de incumplimiento de la misma; De conformidad con lo establecido en la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27030, en el Articulo 3° del Decreto

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