Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2000 (13/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 13 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 190187

Que, por Oficio Nº 731-99-INADE-6501, la Direccion Ejecutiva del Proyecto Binacional Desarrollo Integral de la MORDAZA del Rio Putumayo-PEDICP, ha solicitado la intervencion del Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, dado que se han agotado todos los mecanismos extrajudiciales para el recupero de los montos indebidamente pagados; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones judiciales a que hubiere lugar contra los ex trabajadores a que se refiere el MORDAZA considerando precedente, a fin de recuperar la suma de S/. 16 914,00 (Dieciseis Mil Novecientos Catorce y 00/100 Nuevos Soles) por constituir pago indebido; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, inicie las acciones judiciales correspondientes contra los ex trabajadores del Proyecto Binacional Desarrollo Integral de la MORDAZA del Rio Putumayo-PEDICP, segun el siguiente detalle: Nombre MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA Oliveira MORDAZA MORDAZA MORDAZA Baos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Romelio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/. Monto 171,00 2 942,00 114,00 2 386,00 1 265,00 5 215,00 761,00 1 118,00 2 942,00

precedente, motivo por el cual mediante Acuerdo Nº 031-11-2000ITP/CD adoptado en la Sesion Ordinaria Nº 11-2000-ITP/CD del 13 de junio de 2000, se dejo sin efecto el Acuerdo Nº 021-08-2000ITP/CD que autorizo la participacion de los citados funcionarios del ITP en el referido evento, por lo que resulta necesario dejar sin efecto la Resolucion Suprema Nº 023-2000-PE; De conformidad a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejese sin efecto la Resolucion Suprema Nº 023-2000-PE del 28 de MORDAZA del 2000, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria 8008

Modifican articulo de resolucion mediante la cual se acepto donacion en favor del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 194-2000-PE MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2000 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 121-2000-PE, del 10 de MORDAZA del 2000, el Ministerio de Pesqueria -Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita-CEP-PAITA acepto la donacion de equipos y repuestos efectuada por la Overseas Fishery Cooperation Foundation - OFCF del Japon, en el MORDAZA de ejecucion del Proyecto de Mejoramiento de las instalaciones para el Desarrollo Pesquero en la Republica de Peru, por un valor total de ¥ 4 089 900 00 (Cuatro millones ochenta y nueve mil novecientos yenes) equivalente a US$ 37 660,22. Treinta y siete mil seiscientos sesenta con 22/100 dolares americanos; Que a traves del Oficio Nº 451-2000-PE/CEP-PAITA-DE del 5 de junio del 2000, el Centro de Entrenamiento Pesquero Paita comunico a la Oficina General de Planificacion y Presupuesto que al realizar el Levante de la Poliza, se solicito a la Aduana la apertura del Container verificando que contenia repuestos para motores marinos y un camion grua, por lo que es necesario incluir las caracteristicas del mismo en el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 121-2000-PE, citada en el considerando anterior; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719 - Ley de Cooperacion Tecnica Internacional, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-92-PCM y la Ley Nº 26894 - Ley de Presupuesto de la Republica para el 2000; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incluyase un MORDAZA parrafo al Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 121-2000-PE, cuyo texto sera el siguiente: "Dichos equipos comprenden repuestos para motores marinos y un camion grua con sus accesorios, con las siguientes caracteristicas: Marca: Modelo: Color: Ano: Chasis: Carroceria: Motor: ISUZU 4HF1 - 2 MORDAZA 1999 JAANKR66LY7100222 NKCGSF Nº 708856"

La suma total asciende a S/. 16 914,00 (Dieciseis Mil Novecientos Catorce y 00/100 Nuevos Soles), mas sus intereses, por pago indebido, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 7965

PESQUERIA
Dejan sin efecto resolucion mediante la cual se autorizo viaje de funcionarios del ITP a Tailandia, para participar en evento sobre acuicultura
RESOLUCION SUPREMA Nº 040-2000-PE MORDAZA, 12 de MORDAZA del 2000 Vistos, los Oficios Nº 224-2000-ITP/PCD y Nº 245-2000ITP/DE del 3 de MORDAZA y 15 de junio del 2000, respectivamente, cursados por el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Nº 023-2000-PE del 28 de MORDAZA del 2000, se autorizo el viaje de los ingenieros MORDAZA Nishio Nisio y MORDAZA Gallo MORDAZA, Presidente del Consejo Directivo y Director de Transferencia Tecnologica y Capacitacion del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, respectivamente, a la MORDAZA de Bangkok, Tailandia, del 30 de MORDAZA al 5 de MORDAZA del 2000, para participar en la Reunion Regional de Trabajo sobre "La Respuesta y Receptividad de la Mujer en las Politicas de Acuicultura"; Que con los documentos del visto, el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP ha informado que debido a imponderables no atribuibles a dicha entidad, no fue posible dar cumplimiento a lo dispuesto por la Resolucion Suprema citada en el considerando

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria 7916

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