Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2000 (13/07/2000)


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NORMAS LEGALES
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MORDAZA, jueves 13 de MORDAZA de 2000

Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y Oficina de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 262-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER la medida disciplinaria de CESE TEMPORAL, sin goce de remuneraciones, por el termino de cinco (5) meses al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA ANDONAYRE AREVALO. Articulo 2º.- ABSOLVER a los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de los cargos formulados en la Resolucion de Apertura. Articulo 3º.- Notifiquese la presente Resolucion a traves de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario y/o Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE 7972

Jefe de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao

RPM
Disponen publicar relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de junio del ano 2000
RESOLUCION JEFATURAL Nº 02406-2000-RPM/J MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Registro Publico de Mineria publicara mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visacion de la Directora General (e) de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y el Articulo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- PUBLIQUESE, en el Diario Oficial El Peruano, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de junio del 2000, de acuerdo a la relacion adjunta que forma parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los Articulos 125º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 25º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese y comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARTIEDA Jefe Institucional 7934

OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO
Declaran desierto concurso publico de meritos convocado para crear MORDAZA en el Tribunal Registral de la ORLC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 744-2000-ORLC/JE MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2000 VISTOS, el acta del resultado final del Concurso Publico de Meritos Nº 001-2000-ORLC, de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; CONSIDERANDO: Primero.- Que mediante aviso publicado en el Diario Oficial El Peruano, publicado el 18 de junio del 2000, se convoco al Concurso Publico de Meritos Nº 001-2000-ORLC, para crear dos MORDAZA en el Tribunal Registral de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, integradas por seis vocales, con la conformidad de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, mediante Oficio Nº 272-2000-SUNARP/ECR-SN; Segundo.- Que, mediante acuerdo sentado en acta de resultado final del Concurso Publico de Meritos Nº 001-2000-ORLC, el MORDAZA Calificador ha declarado desierto al indicado concurso, por cuanto en este se han presentado los supuestos previstos en el Articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Concurso Publico de Meritos, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 097-96-SUNARP, modificado por resoluciones de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nºs. 039-99/SUNARP y 054-99/SUNARP; Tercero.- Que en consecuencia, es necesario declarar desierto el concurso a fin de proceder a realizar una nueva convocatoria, de acuerdo a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Concurso Publico de Meritos MORDAZA citado; Cuarto.- En uso de las facultades conferidas por el Articulo 4º de la Ley Nº 26366, Ley de Creacion del Sistema y de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, en concordancia con los Articulos 28º y 29º del Estatuto aprobado por Decreto Supremo Nº 004-95-JUS y los Articulos 7º, y 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 185-96-SUNARP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR desierto el Concurso Publico de Meritos Nº 001-2000-ORLC. Articulo Segundo.- ORDENAR la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, para su conocimiento. Registrese y comuniquese. C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

SUNASS
Aprueban lista de servicios administrativos y precios de publicaciones de la SUNASS
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 185-2000-SUNASS MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 057-2000-EF, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento ­ SUNASS; Que, la SUNASS presta al publico algunos servicios administrativos que no estan contenidos en el MORDAZA debido a que no involucran un pronunciamiento y que deben ser conocidos por el publico; Que, el Articulo 69º literal c) del Decreto Supremo Nº 2494-PRES, que aprueba el Reglamento de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, establece que es ingreso propio de la SUNASS el monto recaudado por las publicaciones, estudios especiales u otros materiales impresos o en archivos magneticos que se difundan o que se utilicen en apoyo a la prestacion de servicios de saneamiento; siendo atribucion de la SUNASS fijar el costo de los mismos; Que, en consecuencia, es necesario aprobar la lista de servicios administrativos que la SUNASS presta al publico, asi como los precios de las publicaciones u otros materiales impresos que difunde la SUNASS conforme a lo indicado en el considerando precedente;

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