Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2000 (29/07/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2000

tura de la Gerencia de Capacitacion, Promocion del Empleo y Colocacion. De la Subgerencia de Promocion del Empleo y Colocacion Articulo 56º.- Es el organo encargado de promover, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las politicas, planes, programas y proyectos en asuntos de Promocion del empleo e Integracion social, con enfoque de genero e igualdad de oportunidades;Elaborar y proponer normas, metodos e instrumentos tecnicos que promuevan el desarrollo de actividades, posibilitando la eficiencia en la ejecucion de acciones en beneficio de las personas con discapacidad; Promover acciones al fortalecimiento y desarrollo de la familia para asegurar la integracion familiar de las personas con discapacidad: Cautelar el cumplimiento, en coordinacion con la Defensoria del Pueblo de la nulidad de los actos discriminatorios sustentados en la discapacidad que impida la matricula, afecte la asistencia a la educacion y rehabilitacion, los servicios sociales o el acceso al empleo de las personas con discapacidad; Coordinar con el sector educacion, trabajo y salud para la implementacion de un Programa de Insercion Integral. Otras funciones que le encomiende la Jefatura de la Gerencia de Capacitacion, Promocion del Empleo y Colocacion. DE LA GERENCIA DE BIENESTAR Articulo 57º.- Es el organo encargado de disenar, dirigir, organizar, supervisar y evaluar las acciones y actividades de promocion, fomento y apoyo a los planes, proyectos y programas orientados a las personas con discapacidad con enfoque y perspectiva de genero, relacionados con la prevencion, atencion, intervencion temprana, rehabilitacion, estabilidad educativa y laboral, accesibilidad, salud, seguridad social, recreacion, deporte, turismo, suministros especiales, tecnicas y ayudas compensatorias, asi como la orientacion de padres y familiares; en busca de la elevacion de los indices de calidad de MORDAZA de la poblacion objetivo. Depende de la Secretaria Ejecutiva y esta a cargo de un Gerente, mantiene relaciones funcionales con los organismos de la Administracion Publica y Privada vinculadas a su competencia. Articulo 58º.- Son funciones de la Gerencia de Bienestar: a) Apoyar programas, eventos y publicaciones sobre prevencion, sustentadas en las politicas del Ministerio de Salud, con enfoque de genero e igualdad de oportunidades, b) Establecer con el Ministerio de Salud los metodos de apoyo de las politicas de Prevencion, orientadas a evitar el incremento de la poblacion con discapacidad; c) Cautelar el cumplimiento de la Ley Nº 27050 y su Reglamento, en relacion con lo dispuesto en el articulo anterior; d) Promover la accesibilidad a los servicios de tratamiento y recuperacion de la salud, suscribiendo convenios con el Ministerio de Salud, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Empresas Prestadoras de Salud y ESSALUD; e) Promover y apoyar el desarrollo de actividades y eventos para gremios de personas con discapacidad, sociedades cientificas, colegios profesionales y la institucionalidad relacionada con la especialidad; para fines de informacion, capacitacion y afianzamiento de la rehabilitacion en actividades de la MORDAZA diaria e inclusion social; f) Promover la celebracion de convenios con las Municipalidades para especializar el funcionamiento de las Oficinas Municipales de Atencion a las Personas con Discapacidad, OMPED; g) Fomentar la investigacion cientifica en prevencion, tratamiento e inclusion social de la discapacidad, con participacion y apoyo tecnico - financieros de organismos nacionales e internacionales de la especialidad, el Ministerio de Salud y la Universidad Peruana; h) Coordinar con el Instituto Peruano del Deporte, asi como con instituciones publicas y privadas, la promocion, difusion, organizacion y supervision de las actividades deportivas, nacionales e internacionales, asi como la capacitacion y promocion de personal tecnico profesional de la especialidad; i) Establecer un servicio de abastecimiento de ayudas y tecnicas compensatorias, facilitando el acceso a los medios compensatorios que requieran las personas con discapacidad; j) Otras funciones que se le encomiende.

Articulo 59º.- Estructura organica es la siguiente: ORGANOS DE DIRECCION Gerencia de Bienestar ORGANOS DE LINEA Subgerencia de Bienestar Subgerencia de Promocion Social De la Subgerencia de Bienestar Articulo 60º.- Es el organo encargado de proponer, ejecutar y fiscalizar la politica a seguir en materia de Promover, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las politicas, planes, programas y proyectos en asuntos de Prevencion, atencion de la Deteccion oportuna, Intervencion temprana, Rehabilitacion medico-funcional, de las personas con discapacidad, con enfoque y perspectiva de genero e igualdad de oportunidades. Elaborar y proponer normas, metodos e instrumentos tecnicos que promuevan el desarrollo de actividades de su competencia, posibilitando la eficiencia en la ejecucion de acciones en beneficio de las personas con discapacidad. Promover la accesibilidad de la persona con discapacidad, proponiendo y haciendo cumplir las normas de eliminacion de barreras arquitectonicas. Otras funciones que le encomiende la Jefatura de la Gerencia de Bienestar. De la Subgerencia de Promocion Social Articulo 61º.- Es el organo encargado de Promover, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las politicas, planes, programas y proyectos relacionados a optimizar los servicios que brindan las diferentes instituciones involucradas en el tema de las personas con discapacidad, con enfoque y perspectiva de genero e igualdad de oportunidades; Elaborar y proponer normas, metodos e instrumentos tecnicos que promuevan el desarrollo de los servicios posibilitando la eficiencia en la ejecucion de acciones en beneficio de las personas con discapacidad; Coordinar y supervisar a los servicios de salud del Estado en todas sus especialidades, que brindan atencion de acuerdo a sus recursos, incluyendo el tratamiento de rehabilitacion integral y de medicamentos, a la persona con discapacidad sin recursos economicos para sufragar sus gastos. Dicha situacion debera ser sustentada con el respectivo estudio socioeconomico que realizaran los establecimientos de salud. Coordinar con el Ministerio de Salud para que los alumnos con deficiencia mental, de los Centros de Educacion Especial y talleres del Estado, no tengan como impedimento la edad para acceder al beneficio del Seguro Escolar Gratuito. Fomentar y apoyar la participacion de la familia y la comunidad en la prestacion de servicios educativos, culturales y sociales. Coadyuvar a la creacion de programas y servicios orientados a su atencion integral, en los aspectos de evaluacion, aprendizaje, recreacion y deportes. Otras funciones que le encomiende la Jefatura de la Gerencia de Bienestar. CAPITULO VII DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS DE LAS UNIDADES OPERATIVAS Articulo 62º.- Las Unidades Operativas son las encargadas de administrar y ejecutar las actividades en beneficio de las personas con discapacidad, de acuerdo al ambito de competencia del CONADIS, estan a cargo de un Gerente y dependen de la Secretaria Ejecutiva, son funciones de las Unidades Operativas: a) Ejecutar las acciones de acuerdo a las normas y directivas impartidas por la Secretaria Ejecutiva y/ o las Gerencias de Linea; b) Coordinar y concertar acciones con las organizaciones de base, entidades publicas o no publicas, religiosas, empresariales y otras de su jurisdiccion; con la finalidad de atender a la poblacion objetivo; c) Formular, proponer y ejecutar los planes, programas, proyectos y actividades de acuerdo a las necesidades identificadas de la poblacion discapacitada en su ambito de accion y compatibles con los Lineamientos de Politica del CONADIS, coordinando permanentemente con la Secretaria Ejecutiva y/o las Gerencias de Linea;

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