Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2000 (02/06/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 2 de junio de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 187441

Sancionan con cese temporal a servidor de la Subprefectura de la provincia MORDAZA MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0646-2000-IN-1300 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2000 Vista el Acta Nº 011-2000-IN-1300 del 26 de MORDAZA del 2000 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior relativa a la conclusion del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico Administrativo I, nivel STC de la Subprefectura de la provincia MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Prefectura del departamento de Pasco de la Direccion General de Gobierno Interior. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0374-2000-IN1300 del 30.MAR.2000 se instaura MORDAZA administrativo disciplinario al mencionado servidor por haber incurrido presuntamente en grave falta de caracter disciplinario tipificada en el inciso a) del Articulo 21º, incisos a) y k) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobado con Decreto Legislativo Nº 276, e inciso a) del Articulo 7º del Reglamento Interno de Personal Civil del Ministerio del Interior aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0548-96-IN-010900000000 del 20.MAY.1996; Que, con fecha 5.ABR.2000 fue publicada la Resolucion Ministerial por la que se le instaura MORDAZA Administrativo Disciplinario; Que, el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante documento de fecha 19.ABR.2000 presento su descargo escrito y pruebas en su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior; Que, analizados los actuados y examinadas las pruebas, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior ha establecido que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA no ha desvirtuado los cargos imputados como causal del MORDAZA Administrativo Disciplinario instaurado y teniendo en consideracion que es reincidente en cometer este MORDAZA de faltas; De conformidad a lo establecido en los Articulos 127º, 150º, 151º, 154º, 163º y 170º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior ha recomendado por unanimidad se sancione al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA con cese temporal por noventa (90) dias, debiendo expedirse la Resolucion correspondiente; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar con cese temporal por noventa (90) dias al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico Administrativo I, nivel STC de la Subprefectura de la provincia MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Prefectura del departamento de Pasco de la Direccion General de Gobierno Interior, por las causales expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Hacer de conocimiento al servidor sancionado que de reincidir en faltas de caracter disciplinarios de la misma naturaleza y/o analogas se le impondran sanciones de mayor nivel. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 6013

Vistos, el Expediente Nº 003115-2000-MITINCI, presentado por la empresa RECREATIVOS DEL MORDAZA S.A. solicitando Autorizacion para Explotar Juegos de Maquinas Tragamonedas en el establecimiento denominado "Salon Damasco" ubicado en la Avda. San MORDAZA Nº 597, distrito, provincia y departamento de Tacna; el Informe Legal Nº 157-2000-MITINCI/VMT/DNT/ DE-JCMT/a.g.; el Informe Economico Financiero Nº 020-2000MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/LAT. y el Informe Tecnico Nº 099-2000-MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/AT-e.b.; CONSIDERANDO: Que, con fecha 29 de febrero del 2000 la empresa RECREATIVOS DEL MORDAZA S.A. solicita autorizacion para explotar juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "Salon Damasco" ubicado en la Avda. San MORDAZA Nº 597, distrito, provincia y departamento de Tacna; Que, la Ley Nº 27153, "Ley que regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas", le otorga a la Direccion Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorizacion vinculadas a la aplicacion de dicha Ley, estableciendose en el inciso a) del Articulo 25º que a la Direccion Nacional de Turismo le corresponde expedir y revocar las autorizaciones de explotacion de juegos de maquinas tragamonedas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI se le faculta a la Direccion Nacional de Turismo a permitir hasta el 31 de MORDAZA del 2000, la explotacion de maquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspondan a modelos y programas de juego autorizados y registrados; Que, de la evaluacion del Expediente Nº 003115-2000-MITINCI se advierte que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos para obtener la Autorizacion Expresa exigidos en la Ley Nº 27153 como en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; De conformidad con la Ley Nº 27153, su modificatoria Ley Nº 27232, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, el Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI y el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa RECREATIVOS DEL MORDAZA S.A. la explotacion de juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "Salon Damasco" ubicado en la Avda. San MORDAZA Nº 597, distrito, provincia y departamento de Tacna, con giro principal de funcionamiento correspondiente a Discoteca. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa RECREATIVOS DEL MORDAZA S.A. a instalar y explotar en su sala de juegos, Ochentiseis (86) maquinas tragamonedas y Veintidos (22) programas de juego cuyas caracteristicas aparecen descritas, respectivamente, en el Anexo I y Anexo II de la presente Resolucion, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual estan siendo autorizados. Articulo 3º.- Los modelos de maquinas tragamonedas y aquellas memorias de solo lectura que conforman los programas de juego autorizados en la presente Resolucion, que no se encuentren autorizados ni registrados por la Direccion Nacional de Turismo, unicamente podran ser explotados hasta el 31 de MORDAZA del 2000 fecha en la cual de no haber obtenido la Autorizacion y Registro correspondiente tendran que ser retirados o reemplazados, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones establecidas en la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- Debido a que la empresa RECREATIVOS DEL MORDAZA S.A. se encontraba explotando juegos de maquinas tragamonedas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 27153 y a fin de no perjudicar el normal desarrollo de dicha actividad, deberan cumplir con presentar la documentacion y requisitos descritos en el procedimiento establecido en el Articulo 23º de la Ley Nº 27153 y el Articulo 30º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, en el plazo de 20 dias habiles de publicada la presente Resolucion. Articulo 5º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada a la empresa RECREATIVOS DEL MORDAZA S.A. es desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion hasta el 31 de diciembre del 2002. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA Directora Nacional de Turismo 6128 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 166-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 29 de MORDAZA del 2000 Vistos, el Expediente Nº 002798-2000-MITINCI, presentado por la empresa MASARIS S.A. solicitando Autorizacion para

MITINCI
Autorizan a empresas la explotacion de juegos de maquinas tragamonedas en establecimientos ubicados en las provincias de Tacna, Sullana y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 165-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 29 de MORDAZA del 2000

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.