Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2000 (02/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, viernes 2 de junio de 2000

NORMAS LEGALES

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resolucion y hasta que culminen las funciones como Embajador del Peru ante la Republica Dominicana del senor Embajador MORDAZA MORDAZA DE RIVERO, de siete (7) pinturas coloniales de su propiedad, detallados en el MORDAZA considerando de la presente resolucion, para ser exhibidas en la residencia diplomatica del Peru en la Republica Dominicana, cuya descripcion tecnica forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptara las medidas mas adecuadas para verificar las caracteristicas, estado de conservacion y autenticidad de los bienes culturales a los que se contrae la presente resolucion, tanto a su salida como a su retorno al pais. Articulo 3º.- Al culminar sus funciones diplomaticas como Embajador del Peru ante la Republica Dominicana, el senor Embajador MORDAZA MORDAZA DE RIVERO queda obligado a reingresar al MORDAZA, los bienes culturales a los que se refiere la presente resolucion, comunicando tal hecho al Instituto Nacional de Cultura para su respectiva verificacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 6230

Visto, el Expediente Nº 14221-2000 presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante el cual interpone recurso de apelacion contra la Resolucion de Secretaria General Nº 161-2000-ED del 4 de MORDAZA del 2000 y demas documentos que se acompanan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Secretaria General Nº 0402000-ED, de fecha 1 de febrero del 2000, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina General de Administracion del Instituto Peruano del Deporte, por presunta responsabilidad en las irregularidades administrativas que se le atribuyen en el Informe Largo Nº 006-OAI/IPD-99, resultante del Examen de Auditoria a los Estados Financieros e Informacion Presupuestaria al 31 de diciembre de 1998, llevado a cabo en dicha entidad; Que, mediante Resolucion materia del presente recurso de apelacion se resuelve sancionar con Amonestacion a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en negligencia en el desempeno de sus funciones durante el tiempo que ejercio el cargo de Jefe de la Oficina General de Administracion del Instituto Peruano del Deporte - IPD; Que, el recurso impugnativo presentado por el recurrente no fundamenta la controversia del fondo de la apelacion, por cuanto manifiesta que se le ha recortado el derecho al debido MORDAZA, precisando que la Resolucion materia de impugnacion se le ha dado una interpretacion diferente a las pruebas y por cuestiones de puro derecho; argumentos que resultan ser subjetivos y que no enervan los considerandos de la Resolucion recurrida; Que, la Resolucion materia de la presente impugnacion ha sido emitida despues de un exhaustivo analisis e investigacion de los hechos, los mismos que no han sido desvirtuados por el recurrente con nuevos elementos de prueba que haga variar su situacion administrativa; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25762 modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de Apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion de Secretaria General Nº 161-2000-ED,

Declaran infundada impugnacion contra resolucion mediante la cual se inicio procedimiento disciplinario a ex Jefe de la Oficina General de Administracion del IPD
RESOLUCION SUPREMA Nº 067-2000-ED MORDAZA, 1 de junio del 2000

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CONTRALORIA GENERAL
COMUNICADO Nº 008-2000

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