Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2000 (02/06/2000)


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NORMAS LEGALES
VISTOS:

MORDAZA, viernes 2 de junio de 2000

Convocan a candidatos proclamados y no proclamados para que asuman cargos de MORDAZA y regidor de los Concejos Distritales de Cascapara, San MORDAZA y Las MORDAZA
RESOLUCION Nº 844-2000-JNE MORDAZA, 1 de junio de 2000 VISTO: El Oficio Nº 140-2000-MDC, recibido el 2 de MORDAZA del 2000, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pacpac, informando la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el concejo distrital de Cascapara, provincia de Yungay, departamento de Ancash; asimismo los escritos recibidos el 8 y 17 de MORDAZA del presente ano, solicitando nombramiento de MORDAZA del distrito, en reemplazo de la autoridad fallecida; y, CONSIDERANDO: Que, se advierte de las copias certificadas de fojas 18, que el concejo distrital de Cascapara, en sesion de fecha 16 de MORDAZA del presente ano, al MORDAZA de lo dispuesto en el numeral 10 del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, ha declarado la vacancia del cargo de MORDAZA que ejercia en el mencionado distrito, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mendez; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 61º del Codigo Civil, la muerte pone fin a la personalidad; Que, con los certificados de defuncion de fojas 14 y 17, expedidos por los Registros de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cascapara, se ha acreditado que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha fallecido en el referido distrito, a consecuencia de un accidente de MORDAZA ocurrido en el Callejon de Huaylas el dia 11 de MORDAZA del presente ano, segun se advierte de los documentos de fojas 5 a 10 y nota periodistica de fojas 11; Que, segun lo establece el numeral 1) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en caso de vacancia reemplaza al MORDAZA, el MORDAZA alcalde; y revisada la lista respectiva de candidatos proclamados en el concejo distrital de Cascapara, corresponde asumir el cargo de MORDAZA, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pacpac; asimismo, para completar la lista de regidores corresponde convocar a la regidora suplente, MORDAZA MORDAZA Monte MORDAZA de MORDAZA, candidata no proclamada de la agrupacion "Movimiento Independiente Somos Peru"; Al MORDAZA de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la ley, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pacpac, para que asuma el cargo de MORDAZA del concejo distrital de Cascapara, en reemplazo del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mendez. Articulo Segundo.- Convocar a MORDAZA MORDAZA Monte MORDAZA de MORDAZA, candidata no proclamada de la agrupacion "Movimiento Independiente Somos Peru", para que asuma el cargo de regidora, en el concejo distrital de Cascapara. Articulo Tercero.- Otorgar las credenciales correspondientes, al MORDAZA y regidora convocados, quienes deberan jurar y asumir los cargos mencionados, para completar el periodo municipal 1999 a 2002. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 6240 RESOLUCION Nº 847-2000-JNE MORDAZA, 1 de junio de 2000

El Expediente Nº 341-2000, iniciado con la solicitud de vacancia del cargo de MORDAZA que ostenta el senor MORDAZA Revoredo MORDAZA MORDAZA, en el concejo distrital de San MORDAZA, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, presentada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 6 de MORDAZA del 2000, bajo acusacion de tener el MORDAZA nombrado condena por delito doloso; Los escritos recibidos con fechas 17, 19 y 26 de MORDAZA del 2000, del senor MORDAZA Revoredo MORDAZA MORDAZA mediante los cuales nombra a sus abogados, reconoce la condena dictada en su contra, contradice la solicitud de vacancia de su cargo presentada y solicita se declare improcedente dicha solicitud; El Oficio Nº 19-97-RZH, recibido el 19 de MORDAZA del 2000, remitido por la Jueza del 35º Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, doctora MORDAZA MORDAZA Llaves, mediante el que informa la situacion juridica del senor MORDAZA Revoredo MORDAZA Duran; El escrito recibido el 27 de MORDAZA del 2000, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del concejo distrital de San MORDAZA, quien comunica la vacancia del cargo de MORDAZA que ostenta el senor MORDAZA Revoredo MORDAZA MORDAZA en el referido concejo, bajo las causales de ausencia de la localidad, inconcurrencia a sesiones de concejo y por no haber cumplido dicho MORDAZA con sus funciones; solicitando se proceda conforme con la ley; CONSIDERANDO: Que de la MORDAZA certificada del acta de la sesion de fecha 21 de MORDAZA del 2000, corriente a fojas 32, el concejo distrital de San MORDAZA, con el MORDAZA de la mayoria del numero legal de sus miembros, acordo declarar la vacancia del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA Revoredo MORDAZA MORDAZA, por ausentarse de la localidad en varias oportunidades; por no concurrir a sesiones de concejo en varias fechas; y, por no cumplir funciones propias de su cargo; y, que el concejo distrital de San MORDAZA, no ha remitido pruebas que sustenten los hechos mencionados, los cuales no estan previstos como causales de vacancia de cargos municipales; Que de la sentencia de fecha 13 de agosto de 1998, expedida por el 35º Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, cuyas copias certificadas obran de fojas 34 a 38, el senor MORDAZA Revoredo MORDAZA MORDAZA fue declarado autor del delito contra el patrimonio, en la modalidad de fraude en la administracion de personas juridicas, en agravio del centro social San MORDAZA, y como tal condenado a cuatro anos de pena privativa de la MORDAZA, cuya ejecucion se suspende condicionalmente por el termino de tres anos, sentencia que ha sido confirmada por la Sala Penal Superior Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, mediante resolucion de fecha 26 de MORDAZA de 1999, que corre en copias certificadas a fojas 42 y 43; tal como lo certifica, a su vez, la Jueza del 35º Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, senora doctora MORDAZA MORDAZA Llaves, mediante informe emitido por el Secretario del Juzgado, de fecha 19 de MORDAZA del 2000, recibido el 27 de MORDAZA del 2000 y que aparece de fojas 26 a 29; Que se ha acreditado que el senor MORDAZA Revoredo MORDAZA MORDAZA se encuentra incurso en el numeral 9) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, que establece que no puede desempenar los cargos de MORDAZA y de regidor aquel que MORDAZA sufrido condena por delito doloso, siendo este hecho causal de vacancia de los cargos senalados, tal como se preve en el numeral 3) del Articulo 26º de la ley acotada; Que son principios y derechos de la administracion de justicia, la unidad, exclusividad e independencia de la funcion jurisdiccional; el MORDAZA Nacional de Elecciones no puede interpretar, revisar y modificar resoluciones emitidas por el Poder Judicial, ni retardar la ejecucion de las mismas, todo ello de conformidad con lo establecido por el Articulo 139º, incisos 1) y 2), del Articulo 139º de la Constitucion Politica del Estado; Que, estando acreditada la causal de vacancia de condena por delito doloso, procede la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA Revoredo MORDAZA Duran; por lo que, el MORDAZA Nacional de Elecciones, facultado por el Articulo 5º, inciso u), de su Ley Organica de Elecciones Nº 26486 y, en aplicacion del MORDAZA de celeridad procesal, debe resolver en cumplimiento de la normatividad vigente; por tanto, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28º, numerales 1 y 2, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia del cargo de MORDAZA, debe ocupar dicho cargo el MORDAZA MORDAZA, que es el primer regidor habil; y, para completar el numero legal de miembros del concejo, debe incorporarse al suplente de la respectiva lista del regidor que asume el cargo de alcalde; y, que revisada la lista de candidatos remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Yauyos, correspondiente al concejo distrital de San MORDAZA con relacion a las elecciones municipales de 1998; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;

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