Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2000 (02/06/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

Pag. 187478
TABLA Nº 10: ESTADO DEL TEJIDO CODIGO 1 2 DESCRIPCION NORMAL SALDO/RETAZO

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 2 de junio de 2000

RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 565/INC MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2000 VISTO, el Acuerdo Nº 198 tomado por la Comision Tecnica de Arqueologia en su Sesion 7 de fecha 30 de junio de 1997; y, CONSIDERANDO: Que, los sitios arqueologicos forman parte de la herencia y riqueza cultural de nuestra Nacion y de la Humanidad, y son considerados Bienes Culturales; Que, los Bienes Culturales son Patrimonio Cultural de la Nacion, y se hallan protegidos por el Estado, y de acuerdo a los terminos de la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria Ley Nº 24193 son intangibles, inalienables e imprescriptibles; Que, es competencia del Instituto Nacional de Cultura desarrollar las acciones orientadas a la preservacion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, los sitios arqueologicos del departamento de MORDAZA, son de importancia cultural y cientifica; Que, mediante el Acuerdo Nº 198 de la Sesion 7 de fecha 30 de junio de 1997, la Comision Tecnica de Arqueologia acordo aprobar la propuesta de delimitacion de los sitios arqueologicos de Pedreros y Cerro Gallo, ubicados en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Estando a lo acordado y con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion; Decreto Supremo Nº 050-94-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; y Resolucion Suprema Nº 004-2000ED, Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR Patrimonio Cultural de la Nacion los sitios arqueologicos Pedreros y Cerro Gallo, ubicados en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- APROBAR el plano titulado "Plano Topografico del Complejo Arqueologico Pedreros, MORDAZA Arqueologica de Cerro Gallo y Sector VI - "B" a escala 1:500, realizado en MORDAZA de 1994 por el Arql. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los topografos F. MORDAZA M. y B. MORDAZA R., que comprende los siguientes sectores: - Complejo Arqueologico Pedreros, que comprende un area de 173.80546 hectareas y un perimetro de 9 474.02 metros lineales. - MORDAZA Arqueologica Cerro Gallo, que comprende un area de 48.74858 hectareas y un perimetro de 2 841.712 metros lineales. - MORDAZA Arqueologica Sector VI - B, que comprende un area de 0.50566 hectareas y un perimetro de 289.88 metros lineales. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. BENZA PFLUCKER Director Ejecutivo Encargado de la Direccion Nacional Instituto Nacional de Cultura 6123 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 569/INC MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2000 VISTO, el Acuerdo Nº 121 tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion 14 de fecha 12 de MORDAZA del 2000; y, CONSIDERANDO: Que, los sitios arqueologicos forman parte de la herencia y riqueza cultural de nuestra Nacion y de la Humanidad, y son considerados Bienes Culturales; Que, los Bienes Culturales son Patrimonio Cultural de la Nacion, y se hallan protegidos por el Estado, y de acuerdo a los terminos de la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria Ley Nº 24193 son intangibles, inalienables e imprescriptibles; Que, es competencia del Instituto Nacional de Cultura desarrollar las acciones orientadas a la preservacion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, los sitios arqueologicos del departamento de MORDAZA, son de importancia cultural y cientifica; Que, mediante el Acuerdo Nº 121 de la Sesion 14 de fecha 12 de MORDAZA del 2000, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo declarar Patrimonio Cultural de la Nacion el Complejo Arqueologico Garu, ubicado en la provincia de Yarowilca, departamento de Huanuco;

TABLA Nº 11: SEXO CODIGO 1 2 3 4 5 6120 DESCRIPCION MASCULINO FEMENINO UNISEX MORDAZA MORDAZA

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran diversos sitios arqueologicos ubicados en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, como Patrimonio Cultural de la Nacion
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 564/INC MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2000 VISTO, el Acuerdo Nº 136 tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion 15 de fecha 26 de MORDAZA del 2000; y, CONSIDERANDO: Que, los sitios arqueologicos forman parte de la herencia y riqueza cultural de nuestra Nacion y de la Humanidad, y son considerados Bienes Culturales; Que, los Bienes Culturales son Patrimonio Cultural de la Nacion, y se hallan protegidos por el Estado, y de acuerdo a los terminos de la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y su modificatoria Ley Nº 24193 son intangibles, inalienables e imprescriptibles; Que, es competencia del Instituto Nacional de Cultura desarrollar las acciones orientadas a la preservacion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, los sitios arqueologicos de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, son de importancia cultural y cientifica; Que, mediante el Acuerdo Nº 136 de la Sesion 15 de fecha 26 de MORDAZA del 2000, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nacion de las siguientes Zonas Arqueologicas: - Incahuasi, ubicada en el distrito de Lunahuana, provincia de Canete, departamento de Lima. - San MORDAZA, ubicada en el distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash. Estando a lo acordado y con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion; Decreto Supremo Nº 050-94-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; y Resolucion Suprema Nº 004-2000ED, Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR Patrimonio Cultural de la Nacion las siguientes Zonas Arqueologicas: - Incahuasi, ubicada en el distrito de Lunahuana, provincia de Canete, departamento de Lima. - San MORDAZA, ubicada en el distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. BENZA PFLUCKER Director Ejecutivo Encargado de la Direccion Nacional Instituto Nacional de Cultura 6122

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.