Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2001 (25/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 25 de enero de 2001

NORMAS LEGALES

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Queja presentado se desprende que a traves del mismo se estaria pretendiendo que se revise lo resuelto en la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 550-4-2000; Que, de acuerdo con lo senalado en el Articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, el Recurso de Queja se presenta cuando existan actuaciones o procedimientos que afecten directamente o infrinjan lo establecido en dicho cuerpo legal; mas no contra resoluciones formalmente emitidas por el Tribunal Fiscal, contra las que - de conformidad con lo previsto en el Articulo 153º del citado Codigo - no cabe recurso alguno en la via administrativa; Que, de lo senalado en dichas normas se entiende que si la quejosa discrepaba con el sentido del fallo contenido en la Resolucion Nº 550-4-2000, debio hacer uso de su derecho a interponer una Demanda Contencioso - Administrativa, como lo establece el Articulo 157º del Codigo Tributario, y no un Recurso de Queja; De conformidad con lo establecido en el Articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar IMPROCEDENTE el Recurso de Queja interpuesto por Comercial Century S.R.L. contra la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 550-4-2000 Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 17036

mentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 17037

Aprueban normas para la simplificacion del sistema remunerativo de trabajadores de entidades bajo el ambito del FONAFE que se encuentren sujetos al regimen laboral de la actividad privada
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 038-2001-EF/10 MORDAZA, 24 de enero del 2001 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 11º del Decreto de Urgencia Nº 11-99 establece que la politica remunerativa durante el ejercicio 1999 para el personal sujeto y no sujeto a negociacion colectiva de las entidades comprendidas en el Articulo 12º de la Ley Nº 27013, se regira a traves del otorgamiento de una Bonificacion Unica por Productividad que no tendra caracter remunerativo; Que, el Decreto de Urgencia Nº 009-2001 ha dispuesto la aplicacion, para el ejercicio 2001, de lo establecido en el Articulo 11º del Decreto de Urgencia Nº 011-99 para las entidades comprendidas en el Articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 909-2000; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 009-2001, es necesario aprobar las normas para su correcta aplicacion; Que, asimismo, es necesario aprobar las normas que permitan una simplificacion del sistema remunerativo de los trabajadores de las Entidades bajo el ambito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE y que se encuentran sujetos al regimen laboral de la actividad privada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 009-2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- El Directorio o Consejo Directivo de las Entidades bajo el ambito del FONAFE, podra otorgar la Bonificacion Unica por Productividad, a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 011-99, al personal sujeto y no sujeto a negociacion colectiva, siempre y cuando cumplan con lo siguiente: a) El monto a otorgar debera establecerse tomando en cuenta los siguientes criterios, que en todos los casos deberan ser orientados a lograr una mayor productividad y ser objetivamente verificables: 1. Cumplimiento de metas de la Entidad, del area de trabajo y del propio trabajador. 2. Puntualidad y asistencia. 3. Incremento de productividad en comparacion con trabajadores o areas que desempenen la misma labor o tengan similar responsabilidad, respectivamente. 4. Incremento en la cantidad de trabajo realizado a tiempo y que no sea enmendado por el superior. Los criterios de evaluacion deberan ser aprobados por el Directorio o Consejo Directivo de la respectiva Entidad y remitidos, a su vez, a FONAFE para su aprobacion definitiva por parte de la Direccion Ejecutiva, de manera previa a la distribucion de la Bonificacion Unica por Productividad. b) El monto resultante podra efectivizarse en pagos parciales trimestrales, semestrales o anuales, en un plazo que no exceda el ultimo dia del trimestre, semestre o ano, respectivamente, previa evaluacion en cada pago.

Declaran que carece de objeto queja interpuesta contra el Tribunal Fiscal, sobre levantamiento de embargos trabados por la Intendencia Regional MORDAZA de la SUNAT
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 037-2001-EF/10 MORDAZA, 24 de enero del 2001 Vista, la Queja interpuesta por MORDAZA MORDAZA UMIYAURI MORDAZA contra el Tribunal Fiscal; CONSIDERANDO: Que, con fecha 3 de agosto del 2000, el Ministerio de Economia y Finanzas recibe la Queja interpuesta por MORDAZA MORDAZA UMIYAURI MORDAZA contra el Tribunal Fiscal, por no resolver dentro del plazo legal establecido la Queja que esta ha interpuesto contra la Intendencia Regional MORDAZA de la SUNAT para que se levanten los embargos trabados en su contra mediante las Resoluciones Coactivas Nºs. 09307002240 y 02-9701564; Que, el objeto de la Queja es que se levanten las medidas de embargo trabadas por la Intendencia Regional MORDAZA de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria; Que, de acuerdo a lo informado por el Tribunal Fiscal a traves del Oficio Nº 4112-2000-EF/41.01 las medidas de embargo ya han sido levantadas, lo que motivo que el Tribunal Fiscal emitiera la Resolucion Nº 829-4-00 del 12 de setiembre de 2000, en el que resuelve que la Queja presentada por MORDAZA MORDAZA UMIYAURI MORDAZA contra la Intendencia Regional MORDAZA de la SUNAT carece de objeto en el extremo referido al no levantamiento de los embargos; De conformidad con lo establecido en el Articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar que la Queja interpuesta por MORDAZA MORDAZA UMIYAURI MORDAZA contra el Tribunal Fiscal CARECE DE OBJETO por los funda-

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